Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 2011 (30/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, viernes 30 de setiembre de 2011

NORMAS LEGALES

450845

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 4.2 del Decreto de Urgencia Nº 048-2011 y la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto Apruebase el reajuste de la escala remunerativa del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 077-99EF, en lo que se refiere a la remuneracion de los Vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado, de acuerdo al Anexo adjunto que forma parte del presente decreto supremo. Articulo 2º.- Del Financiamiento El reajuste de la escala remunerativa aprobado en el articulo 1º de la presente MORDAZA, se financia con cargo al Presupuesto Institucional aprobado del Pliego Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico. Articulo 3º.- De la Publicacion El Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo sera publicado en el MORDAZA institucional del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE (www.osce.gob.pe), en la misma fecha de publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4º.- De la Vigencia El presente decreto supremo entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 5º.- Del Refrendo El presente decreto supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de septiembre del ano dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 697578-1

con excepcion de los jueces de todas las instancias, disponiendo en el articulo 5º que para efectos de la aplicacion de dicho reglamento el personal auxiliar jurisdiccional y administrativo del Poder Judicial sea dividido en 32 grupos: a) Una Unidad Administrativa, b) 30 Cortes Superiores de Justicia y c) La Corte Suprema de Justicia; Que, mediante la Resolucion Administrativa del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial Nº 396-2010-CEPJ se creo la Corte Superior de Justicia de Sullana; asimismo, mediante Resolucion Administrativa Nº 1562011-CE-PJ, se dispuso su instalacion y funcionamiento a partir del 1º de MORDAZA del ano en curso, incluyendola dentro del numero de Cortes Superiores de Justicia del Poder Judicial; Que, es necesario incluir como beneficiario del otorgamiento del MORDAZA de productividad a que se hace referencia en el primer considerando del presente Decreto Supremo al personal auxiliar jurisdiccional y administrativo de la Corte Superior de Justicia de Sullana, agrupandolos junto con las 30 Cortes Superiores de Justicia y establecer las metas asociadas a los indicadores seleccionados para la Corte Superior de Justicia de Sullana, acorde con lo dispuesto en el reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 0452011-EF; Que, por otro lado, la Corte Superior de Justicia de MORDAZA ha modificado su competencia territorial debido a la implementacion de la Corte Superior de Justicia de Sullana, teniendo en cuenta que MORDAZA Cortes Superiores de Justicia se ubican dentro de la region MORDAZA, es necesario realizar ajustes a las metas establecidas para la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, con la finalidad de generar las condiciones que permitan evaluar adecuadamente el cumplimiento de las metas por parte de dicha Corte Superior de Justicia; De conformidad con lo establecido por el articulo 118º numeral 8) de la Constitucion Politica del Peru, el articulo 8º el numeral 2) inciso e) de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, y la Vigesima Octava Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011; DECRETA: Articulo 1º.- Inclusion de la Corte Superior de Justicia de Sullana en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 045-2011-EF Incluir dentro de los alcances del Decreto Supremo Nº 045-2011-EF, Reglamento del otorgamiento del MORDAZA de productividad a favor del personal del Poder Judicial, sujeto a los Decretos Legislativos Nºs 276,728 y 1057, al personal de la Corte Superior de Justicia de Sullana, conforme al periodo de evaluacion que corresponda segun el citado Decreto Supremo. Articulo 2º.- Metas para la Corte Superior de Justicia de Sullana Las metas que debe cumplir la Corte Superior de Justicia de Sullana seran evaluadas unicamente en dos periodos de evaluacion:
1er periodo de evaluacion: 2do periodo de evaluacion: Del 1 de MORDAZA al 30 de Setiembre Del 1 de Octubre al 30 de Noviembre

Inclusion de la Corte Superior de Justicia de Sullana en el alcance del Decreto Supremo Nº 045-2011-EF
DECRETO SUPREMO Nº 178-2011-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Vigesima Octava Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011 autorizo al Poder Judicial a otorgar, durante el ano 2011, un MORDAZA de productividad por las acciones efectuadas en el MORDAZA de la mejora de la gestion, y dispone que mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, se establecen los lineamientos para su otorgamiento en coordinacion con el Poder Judicial; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 045-2011-EF se aprobo el Reglamento del otorgamiento del MORDAZA de productividad a favor del personal del Poder Judicial, sujeto a los Decretos Legislativos Nºs 276, 728 y 1057,

Articulo 3º.- Metas para la Corte Superior de Justicia de Sullana Las metas para la Corte Superior de Justicia de Sullana son las siguientes: Para el 1er periodo de evaluacion
Aprobacion, mediante resolucion administrativa de la Jefatura de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura ­ ODECMA de la Corte Superior de Justicia, del Plan de Visitas Judiciales Ordinarias.

META 1

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