Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 2011 (30/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, viernes 30 de setiembre de 2011

NORMAS LEGALES

450857

Que, el Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE, mediante el Oficio Nº DE-100-166-2011-PRODUCE/ IMP del 7 de junio de 2011, senala la empresa ANGLO AMERICAN MICHIQUILLAY S.A. en la version final de su proyecto de investigacion "Estudio Hidrobiologico en el proyecto Michiquillay ­ Cajamarca" ha realizado de manera adecuada el levantamiento de las observaciones al proyecto de investigacion; por lo que sugiere aprobar lo solicitado por dicha empresa para que pueda ejecutar el proyecto de investigacion ejecutado; Que, de acuerdo a la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se determina que la empresa ANGLO AMERICAN MICHIQUILLAY S.A., ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 12 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, por lo que resulta procedente lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 475-2011PRODUCE/DGEPP-Dch y el Informe Legal Nº 722-2011PRODUCE/DGEPP; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y en el Procedimiento Nº 12 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la empresa ANGLO AMERICAN MICHIQUILLAY S.A., para realizar investigacion pesquera a traves de la realizacion del proyecto de investigacion "ESTUDIO HIDROBIOLOGICO EN EL PROYECTO MICHIQUILLAY ­ CAJAMARCA", en la MORDAZA ubicada en las subcuencas de los MORDAZA Namora, Cantange y Miriles, y parte alta de las subcuencas de los MORDAZA Azufre y Sendamal, ubicadas dentro de los distritos de La Encanada, Sucre, Sorochuco, Oxamarca y Namora, en el departamento de MORDAZA, sin utilizacion de embarcacion pesquera, con o sin extraccion de muestras de especimenes hidrobiologicos sin valor comercial; a fin de caracterizar las comunidades de organismos de los cuerpos de agua asociados al proyecto en el area de estudio, haciendo especial referencia a la estimacion de parametros poblacionales y comunitarios como: abundancia, riqueza y diversidad, asi como caracterizar el estado del habitat acuatico en las estaciones de muestreo, por el periodo de doce (12) meses, contados a partir de la fecha de notificacion de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Una vez cumplido el plazo otorgado en el articulo 1º de la presente Resolucion, la empresa ANGLO AMERICAN MICHIQUILLAY S.A., debera, presentar a la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, para su evaluacion y posterior derivacion al Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE, el informe sobre los resultados de las acciones de investigacion realizadas en el desarrollo del proyecto de investigacion "ESTUDIO HIDROBIOLOGICO EN EL PROYECTO MICHIQUILLAY ­ CAJAMARCA", asi como MORDAZA de las publicaciones que pudieran generarse de las mismas. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral al Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE, a la Direccion Regional de la Produccion de la Region MORDAZA y publicarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 696207-6

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican el "Acuerdo entre el Gobierno del Peru y el Gobierno de Japon para la Incorporacion de Programas Especificos de Cooperacion Tecnica al Programa de Cooperacion Tecnica Peru-Japon correspondiente al Ano Fiscal 2011"
DECRETO SUPREMO Nº 107-2011-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el "Acuerdo entre el Gobierno del Peru y el Gobierno de Japon para la Incorporacion de Programas Especificos de Cooperacion Tecnica al Programa de Cooperacion Tecnica Peru-Japon correspondiente al Ano Fiscal 2011", fue formalizado mediante Intercambio de Notas, Nota O1-A/177/11, de fecha 17 de junio de 2011 de la Embajada de Japon y Nota APCI/6-18/017, de 17 de junio de 2011 del Ministerio de Relaciones Exteriores de la Republica del Peru - Agencia Peruana de Cooperacion Internacional; Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento juridico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los articulos 57º y 118º de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar Tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso. DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase el "Acuerdo entre el Gobierno del Peru y el Gobierno de Japon para la Incorporacion de Programas Especificos de Cooperacion Tecnica al Programa de Cooperacion Tecnica Peru-Japon correspondiente al Ano Fiscal 2011", formalizado mediante Intercambio de Notas, Nota O1-A/177/11, de fecha 17 de junio de 2011 de la Embajada de Japon y Nota APCI/6-18/017, de 17 de junio de 2011 del Ministerio de Relaciones Exteriores de la Republica del Peru - Agencia Peruana de Cooperacion Internacional. Articulo 2º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de septiembre del ano dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RONCAGLIOLO MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 697433-3

Ratifican el "Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica de Colombia por el que se da inicio al MORDAZA de Articulacion del Plan Peruano - Colombiano para el Desarrollo Integral de la MORDAZA del Rio Putumayo (PPCP) con el Plan de Desarrollo de la MORDAZA de Integracion Fronteriza (ZIF) Peruano Colombiana"
DECRETO SUPREMO Nº 108-2011-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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