NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (30/09/2011)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de setiembre de 2011 450844 Dejan sin efecto la R.M. Nº 167-2011- MC y designan nuevos representantes del Ministerio ante la Comisión Multisectorial constituida mediante R.S. Nº 131-2011-PCM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 362-2011-MC Lima, 28 de setiembre de 2011 Visto, el Ofi cio Nº 559-2011-MEM /OGGS de la Ofi cina General de Gestión Social del Ministerio de Energía y Minas; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución Suprema Nº 131-2011-PCM se constituye la Comisión Multisectorial encargada de estudiar y proponer las acciones pertinentes respecto a las concesiones mineras en las provincias de Chucuito y Yunguyo, departamento de Puno; Que, la citada Comisión Multisectorial se encuentra integrada, entre otros, por un representante del Ministerio de Cultura, cuya designación deberá realizarse por Resolución del Titular del Sector; Que, sobre el particular, a través de la Resolución Ministerial Nº 167-2011-MC del 24 de mayo de 2011 se designó como representantes del Ministerio de Cultura ante dicha Comisión, a los señores Bernardo Roca Rey Miró Quesada, representante titular, y a José Carlos Vilcapoma Ignacio, como representante alterno; Que, mediante el documento del visto, la Ofi cina General de Gestión Social del Ministerio de Energía y Minas, solicita designar a los nuevos representantes del Ministerio de Cultura ante la Comisión Multisectorial en mención; Que, en tal sentido, corresponde designar a los nuevos representantes, titular y alterno, del Ministerio de Cultura ante la referida Comisión; De conformidad con la Ley Nº 29565, el Decreto Supremo Nº 001-2011-MC y la Resolución Suprema Nº 131-2011-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 167-2011-MC de fecha 24 de mayo de 2011, mediante la cual se designó como representantes del Ministerio de Cultura ante la Comisión Multisectorial constituida mediante Resolución Suprema Nº 131-2011-PCM, a los señores Bernardo Roca Rey Miró Quesada, representante titular, y a José Carlos Vilcapoma Ignacio, como representante alterno. Artículo Segundo.- Designar como nuevos representantes del Ministerio de Cultura ante la Comisión Multisectorial constituida mediante Resolución Suprema Nº 131-2011-PCM, a los siguientes funcionarios: - Señor Luis Javier Luna Elías, Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, representante titular. - Señor Clemente Vicente Otta Rivera, Viceministro de Interculturalidad, representante alterno. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA BACA DE LA COLINA Ministra de Cultura 697573-2 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban modificación de la escala remunerativa del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, en lo que se refiere a los Vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado DECRETO SUPREMO Nº 177-2011-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 048- 2011, se establecieron medidas extraordinarias y excepcionales en materia económica y fi nanciera orientadas a fortalecer el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, a fi n de mejorar sus procedimientos internos relacionados, entre otros, a su función de solución de controversias, a efectos de asegurar la transparencia y la competencia en los procesos de contratación; Que, en ese sentido, el Decreto de Urgencia Nº 048- 2011, dispuso que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, en un plazo que no excederá de tres (3) meses contados a partir de la vigencia de la citada norma, realice las acciones necesarias para fortalecer sus procedimientos internos con el objeto de mejorar su nivel de eficiencia y eficacia operativa, comprendiendo en el proceso de fortalecimiento a los Vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado; Que, el numeral 4.2 del Decreto de Urgencia Nº 048- 2011, establece que para la mejor implementación del desarrollo y resultados del proceso de fortalecimiento dispuesto en la citada norma, se exceptúa al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE de las limitaciones previstas en el artículo 6º y el numeral 9.1 del artículo 9º de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; Que, la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en su numeral 1 establece que las escalas remunerativas y benefi cios de toda índole, así como los reajustes de las remuneraciones y bonifi caciones que fueran necesarios durante el Año Fiscal para los Pliegos Presupuestarios comprendidos dentro de los alcances de la Ley General, se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, a propuesta del Titular del Sector; Que, el artículo 57º del Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, prescribe que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE es un organismo público adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera cuyo personal se encuentra sujeto al régimen laboral de la actividad privada; Que, teniendo en cuenta el alto grado de responsabilidad que tienen los Vocales para ejercer dicho cargo, así como los montos involucrados en las controversias que resuelven los Vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado se hace necesario que estos se encuentren bien remunerados, a efectos que accedan a dichos cargos profesionales de primer nivel; Que, en el marco de los dispositivos legales antes citados, es necesario aprobar el reajuste de la escala remunerativa del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 077-99-EF, en lo que se refi ere a la remuneración de los vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado;