Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 2011 (30/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 30 de setiembre de 2011

Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modificatorias, la Ley Nº 26920 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PE y sus modificatorias y normas complementarias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 0082009-PRODUCE y la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, autorizacion de incremento de flota para construir una embarcacion pesquera de MORDAZA de 96.99 m3 de capacidad de bodega, via sustitucion de las embarcaciones pesqueras no siniestradas denominadas MALVI MORDAZA con matricula TA-13897CM (48.97 m3) y MORDAZA MORDAZA con matricula CO17914-CM ( 48.02 m3) de capacidad de bodega, para la extraccion de los recursos anchoveta con destino para el consumo humano directo e indirecto, y sardina con destino al consumo humano directo, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgada (38 mm) y fuera de las cinco (05) millas adyacentes a la costa en el ambito del litoral. Articulo 2°.- La autorizacion de incremento de flota otorgado en el articulo 1º de la presente Resolucion, se confiere de conformidad con el Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y demas modificatorias; asi como, en concordancia con lo que establece el Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE. Articulo 3º.- La autorizacion de incremento de flota otorgada por el articulo 1° de la presente Resolucion, tendra vigencia por un plazo de dieciocho (18) meses, contados desde la publicacion de la Resolucion Directoral. Los armadores pesqueros que por razones de caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditada, pueden por unica vez solicitar la ampliacion del plazo para ejecutar la construccion o adquisicion de la embarcacion pesquera por doce (12) meses improrrogables. La referida ampliacion debe ser solicitada con treinta (30) dias de anticipacion al vencimiento del plazo original; y, declarada, expresamente por la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero. Vencido el plazo inicial, o la prorroga, si esta hubiese sido otorgada; y de no haberse acreditado la construccion total o la adquisicion de la embarcacion pesquera dentro del plazo, la autorizacion de incremento de flota caducara de pleno derecho, sin que sea necesaria notificacion al titular por parte del Ministerio de la Produccion. La inspeccion tecnica puede ser efectuada de oficio o a pedido del administrado. En este ultimo caso la solicitud debe presentarse, necesariamente, dentro del plazo original o su ampliacion, de ser el caso. Articulo 4.- Ejecutada la autorizacion de incremento de flota otorgada por el articulo 1° de la presente Resolucion, los administrados deberan solicitar el respectivo permiso de pesca, dentro del plazo de un (01) ano, contados a partir de la acreditacion del termino de construccion de la correspondiente embarcacion pesquera. Vencido dicho plazo, la autorizacion de incremento de flota caduca en pleno derecho. Mediante Resolucion Directoral se declarara la caducidad de la autorizacion de incremento de flota otorgada. Articulo 5º.- La embarcacion pesquera MALVI MORDAZA con matricula TA-13897-CM y la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA con matricula CO-17914-CM, consignada en el Anexo I, del listado de embarcaciones pesqueras de MORDAZA de mayor escala, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE, podran operar solo hasta el momento en que se presente la solicitud del permiso de pesca de la nueva embarcacion. Articulo 6º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion

del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 696207-1

Aprueban cambio de titularidad de permiso de pesca de embarcacion pesquera de matricula PL-28539-PM a favor de persona natural
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 546-2011-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 25 de agosto del 2011 Visto; el escrito de Registro N° 00046026-2011, de fecha 30 de MORDAZA de 2011, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA CHAPONAN; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 1° de la Resolucion Directoral N° 443-2008-PRODUCE/DGEPP, de fecha 14 de agosto de 2008, se otorgo a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyuge MORDAZA CHAPONAN DE MORDAZA, permiso de pesca a plazo determinado para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada MORDAZA MORDAZA MS-1, de matricula PL-28539-PM, con 73.79 m3 de capacidad de bodega, via sustitucion de sus embarcaciones MORDAZA MORDAZA MS 1 de matricula PL-2758-CM, con 38.50 m3 de capacidad de bodega y MORDAZA MORDAZA MS 2 de matricula PL-11431-CM con 36.00 m3 de capacidad de bodega, para dedicarse a la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta con destino al consumo humano indirecto, utilizando red de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm), en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa; Que, mediante el articulo 1° de la Resolucion Directoral N° 640-2009-PRODUCE/DGEPP, de fecha 24 de agosto de 2009, se otorgo a favor de la EMPRESA PESQUERA FERDASA S.R.L., el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada MORDAZA MORDAZA MS-1, de matricula PL-28539-PM y 73.79 m 3 de capacidad de bodega, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado por Resolucion Directoral N° 4432008-PRODUCE/DGEPP; Que, mediante el articulo 1° de la Resolucion Directoral N° 794-2010-PRODUCE/DGEPP, de fecha 28 de diciembre de 2010, se resolvio modificar la Resolucion Directoral N° 443-2008-PRODUCE/DGEPP de fecha 14 de agosto de 2008, con la que otorgo permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MS-1 de matricula PL-28539-PM, solo en el extremo de su capacidad de bodega, entendiendose que la citada embarcacion cuenta con 110.00 m3 de capacidad de bodega, para dedicarla a la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta con destino al consumo humano indirecto, utilizando redes de cerco con tamano minimo de malla de ½ pulgada (13 mm), en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa; Que, mediante la Resolucion Directoral N° 053-2011PRODUCE/DGEPP, de fecha 01 de febrero de 2011, en su articulo 1° se establecio modificar el Listado de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion - PMCE, aprobado por Resolucion Directoral N° 843-

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