NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (30/09/2011)
CANTIDAD DE PAGINAS: 84
TEXTO PAGINA: 82
El Peruano Lima, viernes 30 de setiembre de 2011 450912 Gestión que serán aplicadas por la EPS EMAPAT S.R.L en el próximo quinquenio y, (ii) los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los Precios de los Servicios Colaterales que presta a sus usuarios, y su Exposición de Motivos. Los anexos del referido proyecto serán publicados en la página web de la SUNASS: www.sunass.gob.pe, sin perjuicio de ser notifi cados a la EPS EMAPAT S.R.L. Artículo 2°.- Convocar a audiencia pública para el día, hora y lugar que la Gerencia General oportunamente señale en el aviso de convocatoria, la cual se realizará de acuerdo con las reglas consignadas en la página web: www.sunass.gob.pe, encargándose a la Gerencia de Usuarios efectuar las coordinaciones necesarias para el desarrollo de la referida audiencia. Artículo 3°.- Los interesados podrán formular comentarios sobre el proyecto a que se refi ere el Artículo 1º, en el local de la SUNASS: Av. Bernardo Monteagudo N° 210-216, Magdalena del Mar, o por vía electrónica a audienciaemapat@sunass.gob.pe, hasta cinco (05) días hábiles siguientes a la fecha de realización de la audiencia pública. Artículo 4°.- Declarar que los documentos que sustentan la presente Resolución son: (i) el Estudio Tarifario; y, (ii) el Informe Nº 037-2011-SUNASS- 110 que incluye la conformidad a la propuesta de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades que componen los precios de los servicios colaterales, elaborados por la Gerencia de Regulación Tarifaria. Con la intervención de los señores consejeros José Salazar Barrantes, Jorge Olivarez Vega, Marlene Inga Coronado y Julio Durand Carrión. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ SALAZAR BARRANTES Presidente Consejo Directivo RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N°__ -2011- SUNASS-CD Lima, __ de ______ de 2011 VISTO: El Informe Nº____-2011-SUNASS-110 emitido por la Gerencia de Regulación Tarifaria, que presenta el Estudio Tarifario Final de la Fórmula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestión que serán aplicadas por la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Tambopata S.R.L. (EPS EMAPAT S.R.L.), para el próximo quinquenio; así como los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales que serán de aplicación por la EPS EMAPAT S.R.L. para el próximo quinquenio. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 008-2010-SUNASS-GRT del 31 de agosto del 2010 se iniciaron los procedimientos de aprobación de la Fórmula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestión así como la determinación de precios de servicios colaterales; Que, según el informe de vistos –el cual forma parte integrante de la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto por el artículo 6.2 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444– se ha procedido a publicar en el Diario Oficial El Peruano el proyecto de Resolución que aprueba la Fórmula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestión y los costos máximos de las unidades de medida de las actividades que componen los precios de los servicios colaterales; además se realizó la Audiencia Pública, y se ha presentado el Estudio Tarifario Final y el Informe de conformidad a la propuesta final de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades que componen los precios de los servicios colaterales (que contienen la evaluación de los comentarios realizados a los proyectos publicados y los expresados con ocasión de la Audiencia Pública), por lo que corresponde emitir la resolución que dé por concluido el procedimiento; El Consejo Directivo en su sesión del DD/MM/2011; HA RESUELTO: Artículo 1°.- Aprobar la Fórmula Tarifaria que será de aplicación por la EPS EMAPAT S.R.L. para el próximo quinquenio regulatorio 2011 - 2016, y que se detalla a continuación: 1. Por el Servicio de Agua Potable 2. Por el Servicio de Alcantarillado T1 = To (1 + 0,060) (1 + ĭ) T1 = To (1 + 0,050) (1 + ĭ) T2 = T1 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T2 = T1 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T3 = T2 (1 + 0,021) (1 + ĭ) T3 = T2 (1 + 0,021) (1 + ĭ) T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T5 = T4 (1 + 0,020) (1 + ĭ) T5 = T4 (1 + 0,020) (1 + ĭ) Donde: To : Tarifa media de la estructura tarifaria vigente T1 : Tarifa media que corresponde al año 1 T2 : Tarifa media que corresponde al año 2 T3 : Tarifa media que corresponde al año 3 T4 : Tarifa media que corresponde al año 4 T5 : Tarifa media que corresponde al año 5 ĭ : Tasa de crecimiento del Índice de Precios al por Mayor Artículo 2°.- Aprobar la Estructura Tarifaria para el próximo quinquenio regulatorio, y que se detallan a continuación. Por los servicios de Agua Potable y Alcantarillado. A. LOCALIDAD DE TAMBOPATA a. Cargo fi jo (S/. /Mes): 4,11. Se reajusta por efecto de la infl ación de acuerdo a lo establecido en el Reglamento General de Tarifas. El Cargo Fijo no es aplicable para el caso de la facturación a los usuarios de la categoría Social y cuyo volumen consumido se encuentra dentro del primer rango (0 a 10 m3). b. Cargo por volumen de agua potable CLASE RANGOS m3/mes TARIFA (S/./m3) CATEGORÍA Año 1(1) Año 2 Año 3 (2) Año 4 Año 5(3) RESIDENCIAL Social 0 a 10 1,515 1,515 1,547 1,547 1,578 10 a más 1,800 1,800 1,838 1,838 1,875 Doméstico 0 a 8 1,515 1,515 1,547 1,547 1,578 8 a 20 1,703 1,703 1,739 1,739 1,774 20 a más 3,658 3,658 3,735 3,735 3,810 PROYECTO