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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (30/09/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 72

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de setiembre de 2011 450902 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Autorizan viaje de Regidor a España para participar en la “Gira Internacional para el Desarrollo Local, Fomento productivo: Captación y gestión estratégica de la inversión privada” ACUERDO DE CONCEJO Nº 064-2011-AC-MDMM Magdalena del Mar, 21 de setiembre de 2011 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 20 de la fecha, y; VISTO: El documento S/N de fecha 08 de agosto del 2011 presentado por la Unión Iberoamericana de Municipalistas, el memorando Nº 702-2011-GPP/MDMM de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Memorando Nº 667- 2011-GAF-MDMM de la Gerencia de Administración y Finanzas, el Informe Nº 615-2011-DLOG-GAF-MDMM del Departamento de Logística y el Informe Nº 812-2011- GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoría Jurídica y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, las Municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Documento S/N de fecha 08 de agosto del 2011, la Unión Iberoamericana de Municipalistas remite al Sr. Regidor, Javier Olazabal Raya la invitación y beca parcial del 55% para participar en la “Gira Internacional para el Desarrollo Local, Fomento productivo: Captación y gestión estratégica de la inversión privada”, que con el patrocinio de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), la Junta de Andalucía y la Red UIM de Cooperación Internacional del Desarrollo Local, se realizará en Andalucía, España durante los días 02 al 07 de octubre del 2011; Que, con Informe Nº 615-2011-DLOG-GAF/MDMM del 16 de setiembre del 2011, el Departamento de Logística, remite los gastos que demandará el viaje a la ciudad de Andalucía - España del señor Regidor JAVIER OLAZABAL RAYA, en el cual se incluye costo de pasajes, viáticos y tarifa única por uso de aeropuerto, así como se indica que siendo un viaje que se realiza a otro continente, teniendo en consideración la fecha de salida y regreso del pasaje y en concordancia al artículo 8º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se han adicionado dos días de viaje para el cálculo de viáticos; Que, con memorando Nº 702-2011-GPP/MDMM de fecha 16 de setiembre del 2011, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto informa que a los gastos para la participación del regidor en el evento a realizarse en España, se le otorga Certifi cación de Crédito Presupuestario en la fuente de fi nanciamiento 5 Recursos Determinados, Rubro 08 Impuestos Municipales, específi cas de gastos 2.3.2.1.1.1 Pasajes y gastos de transporte por el monto de S/. 6,599.87 (seis mil quinientos noventa y nueve y 87/00 nuevos soles) y la especifi ca de gastos 2.3.2.1.1.2 Viáticos y Asignaciones por comisión de servicio por el monto de S/. 5,699.20 (cinco mil seiscientos noventa y nueve y 20/100 nuevos soles) haciendo un total de S/. 12.299.07 (doce mil doscientos noventa y nueve y 07/100 nuevos soles); Que, con Memorando Nº 667-2011-GAF-MDMM de fecha 16 de setiembre del 2011, la Gerencia de Administración y Finanzas otorga disponibilidad fi nanciera supeditada a la aprobación del Concejo Municipal; Que, con Informe Nº 812-2011-GAJ-MDMM de fecha 16 de setiembre del 2011, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que es conveniente se apruebe la autorización de viaje al exterior del señor Regidor JAVIER OLAZABAL RAYA, indicando que el mismo constituye de interés institucional y podrá repercutir en benefi cio del distrito al ser un curso con temática relacionada al desarrollo local y fomento productivo, conocimiento que podrán ser difundidos y transmitidos al personal de la Municipalidad así como a nuestra localidad para su aplicación y benefi cio; Que, de la revisión de los actuados se advierte que se ha cumplido con sustentar el interés de la Municipalidad de Magdalena del Mar, y se ha indicado expresamente el motivo del viaje, así como el número de días de duración. El monto de los viáticos ha sido calculado conforme a la tarifa establecida en el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la tarifa Corpac de acuerdo a las indagaciones efectuadas por el Departamento de Logística, conforme al Informe Nº 615-2011-DLOG-GAF/ MDMM de fecha 16 de setiembre del 2011; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM - normas reglamentarias sobre autorización de viaje al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que: “(…) la autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o interés específi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac (…)”; asimismo, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad; Que, el artículo 6ª del mismo cuerpo normativo establece que “los funcionarios y servidores públicos que realicen viajes al exterior debidamente autorizados mediante Resolución Suprema o Ministerial, según el caso, deberán sustentar con documentos hasta por lo menos el setenta por ciento (70%) del monto de viáticos asignado. El treinta por ciento (30%) restante podrá sustentarse mediante Declaración Jurada. El funcionario o servidor público hará devolución del monto correspondiente a los viáticos cuyo gasto no se encuentre debidamente sustentado (…)”, mientras que el artículo 10º establece que dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario o servidor público, deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado; Que, los artículos 2º y 3º de la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que las autorizaciones de viaje al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad; asimismo, deberán de publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, la Ley Nº 28212 - Ley que regula los ingresos de los Altos Funcionarios, Autoridades del Estado y dicta otras medidas, en su artículo 2º, literal k) comprende a los Alcaldes y Regidores Distritales dentro de las autoridades que son reguladas por dicha ley; Que, la Ley Nº 29626 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2011, establece en el numeral 10.1 del artículo 10, que en el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, los viajes al exterior se autorizan mediante acuerdo del consejo regional o