Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 2011 (30/09/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 68

450898

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 30 de setiembre de 2011

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL MORDAZA VISTO.- El Informe Nº 097-2011 de GAF-MDEA, el informe Nº 149-2011-SGC-GAF-MDEA de la Sub-Gerencia de Contabilidad, el Informe No. 045-2011-CP/SGL-GAFMDEA de la Oficina de Control Patrimonial, Resolucion Directoral Nº 012.2011.EF/93.01 de la Direccion Nacional de Contabilidad Publica del Ministerio de Economia y Finanzas; y, CONSIDERNADO: Que, los incisos a) y b) del articulo 7 de la Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad, senalan como atribuciones de la Direccion Nacional de Contabilidad Publica, entre otras, la de aprobar las normas y procedimientos de contabilidad que deben regir en el sector publico, asi como elaborar la cuenta General de la Republica. Que, mediante Resolucion Directoral Nº 012-2011EF/93-01 del 13.04.2011 de la Direccion Nacional de Contabilidad Publica del Ministerio de Economia y Finanzas, se aprobo la Directiva Nº 003-2011-EF/93.01 ­"Lineamientos Basicos para el MORDAZA de Saneamiento Contable en el Sector Publico", la que tiene por objeto regular la obligatoriedad de las entidades publicas de efectuar las acciones administrativas necesarias para la revision, analisis y depuracion de la informacion contable. Que el numeral 4) de la referida Directiva dispone la "La responsabilidad de las acciones de Saneamiento Contable recae en los titulares de las entidades publicas, de acuerdo a lo senalado en el articulo 3º de la Ley 29608, en tal sentido dispondran la creacion del Comite de Saneamiento Contable, el cual estara constituido de acuerdo a lo siguiente: Gerente de Administracion y Finanzas, quien lo presidira, el Sub-Gerente de Contabilidad, el Sub-Gerente de Tesoreria, el SubGerente de Logistica y un representante del Organo de Control Interno, si lo hubiera, en calidad de veedor. Que, el MORDAZA parrafo del citado numeral, senala que, "El Comite de Saneamiento Contable establecera las acciones que permitira reconocer, clasificar y medir las cuentas contables cuyos saldos actuales ameriten la aplicacion de las acciones de Saneamiento contable". Que, el tercer parrafo del numeral 4) de la acotada Directiva senala que "El Comite de Saneamiento Contable debe informar al titular de la entidad publica de las acciones de Saneamiento ejecutadas y los resultados alcanzados, debiendo el titular de cada entidad remitirlo al Congreso de la Republica y a la Direccion Nacional de Contabilidad Publica segun los plazos establecidos en el articulo 3º de la Ley Nº 29608, asi mismo informara los titulares de las entidades publicas que no ameriten acciones de Saneamiento Contable". Que el MORDAZA parrafo del mencionado numeral senala que "Los integrantes del Comite de Saneamiento Contable seran responsables solidarios con el titular de la entidad publica por la Omision en el uso o el uso indebido de las facultades que la Ley 29608 y la presente Directiva les confiere." Que, de los plazos para el saneamiento y posterior informacion a la Comision de Presupuesto y Cuenta General de la Republica del Congreso y a otras entidades los avances de la implementacion establecida en el Art. 3º de la presente Ley para el primer semestre del ano 2011 y los resultados finales al culminar dicho ano. Que, en uso de las facultades conferidas en el numeral 6 del articulo de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades. RESUELVE: Articulo Primero.- CONFORMAR al Comite de Saneamiento Contable de la Municipalidad Distrital de El MORDAZA, el mismo que estara integrado por los siguientes funcionarios: - El Gerente de Administracion y Finanzas, quien lo presidira.

- El Sub-Gerente de Contabilidad - El Sub-Gerente de Tesoreria. - El Sub-Gerente de Logistica. - El Jefe de Organo de Control Institucional, en calidad de veedor. Articulo Segundo.- El COMITE de Saneamiento Contable, actuara conforme a la Directiva No. 003-2011EF/93.01 "Lineamientos Basicos para el MORDAZA de Saneamiento Contable en el Sector Publico". Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion y Finanzas, la remision de la presente Resolucion a la Direccion Nacional de Contabilidad Publica del Ministerio de Economia y Finanzas para su conocimiento. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 696720-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 368-MDJM, que otorga beneficios para pago de deudas tributarias y administrativas
DECRETO DE ALCALDIA Nº 017-2011-MDJM MORDAZA MORDAZA, 9 de setiembre del 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA VISTO, el Memorando Nº 407-2011-MDJM-GR de fecha 09 de setiembre del 2011, remitido por la Gerencia de Rentas; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, desarrollada por el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Organica de Municipalidades; Que, mediante Ordenanza Nº 368-MDJM, se aprobo el otorgamiento de beneficios para el pago de deudas tributarias y administrativas, beneficios que estan vigentes hasta el 27 de MORDAZA del ano 2011; Que, el Articulo Noveno de la precitada Ordenanza faculta al MORDAZA para dictar las medidas complementarias para su aplicacion, asi como para la prorroga del plazo de vigencia; Que, asimismo, mediante Decretos de Alcaldia Nº 14, 15 y 16-2011, se prorrogo la vigencia de la ordenanza precitada hasta el 10 de setiembre del 2011; Que, la Gerencia de Rentas ha advertido la existencia de un considerable numero de contribuyentes y administrados que han optado en la referida amnistia por regularizar el estado de sus obligaciones administrativas y tributarias, y siendo que en dicho plazo no lograron gozar de los beneficios otorgados la totalidad de deudores, resulta necesario disponer una prorroga del termino de la vigencia de los beneficios establecidos; Estando a las atribuciones conferidas por el Articulo 42º y el numeral 6 del Articulo 20º de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.