NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (30/09/2011)
CANTIDAD DE PAGINAS: 84
TEXTO PAGINA: 79
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de setiembre de 2011 450909 04.- (1) Una copia Literal de Dominio; expedida por el Registro Público (SUNARP) con una antigüedad no mayor a 30 días naturales (donde conste área, linderos y medidas perimétricas del terreno y rubro de cargas y gravámenes), y/o documentación que acredite derecho a edifi car, y poder en caso de representación del titular cuando quien solicite la licencia no sea el propietario. 05.- Certifi cado de Habilidad de los Profesionales que suscriben la documentación técnica a la fecha de presentación, y/o Declaración Jurada de Habilidad para los Colegios de Lima, y Callao con información publicada vía página web. 06. - Documentación Técnica conformada por: - Plano de Localización, y Ubicación en Dos (2) originales en Escala 1/500 y 1/5000, fi rmados y sellados por el profesional, y el propietario o su representante legal según formato establecido. - Planos de Arquitectura en Escala 1/50; en Dos (2) originales, fi rmados y sellados por el profesional, y el propietario o su representante legal según formato establecido. - Memoria Descriptiva - Estudios de Mecánica de Suelos, y otros según la Ley 29090 (en vías de regularización de estimarse convenientes) 07.- Comprobantes de Pago de los Derechos. 08.- Declaración Jurada de Autovalúo del predio sujeto a procedimiento de regularización. DE SER EL CASO: 09.- Declaración Jurada que indique su Condición de Propietario del Inmueble a la fecha de construcción. Artículo Sexto.- PROCEDIMIENTO. a) El plazo para el Procedimiento del Régimen Especial de Regularización aprobado por la presente ordenanza, se establece en observancia a lo regulado por las modalidades establecidas en la Ley Nº29090 y sus normas reglamentarias, y lo dispuesto en la presente ordenanza; el plazo puede ser renovado cada vez que se efectúen observaciones dentro de la fecha límite de vigencia de la ordenanza y su prórroga. b) Se ingresará el expediente ante la Ofi cina de Tramite Documentario adjuntando los requisitos de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo anterior, verifi cándose que la documentación presentada se encuentre completa, y conforme al marco técnico y legal. c) La Subgerencia de Obras Privadas, Asentamientos Humanos, y Habilitaciones Urbanas procede a liquidar los derechos de trámite debiendo el administrado abonar el pago para el respectivo Ingreso Ofi cial a través de la Mesa de Partes de la Ofi cina de Trámite Documentario. d) La Subgerencia de Obras Privadas, Asentamientos Humanos, y Habilitaciones Urbanas realizará la verifi cación técnica administrativa, e inspección ocular del predio, si el resultado es “NO CONFORME”, se emitirá el acto administrativo correspondiente el cual será notifi cado al administrado, y si las observaciones son subsanables a su discrecionalidad otorgará al administrado un Plazo entre Cinco (05) y Veinte (20) días útiles para que lo subsane, vencido esté plazo se declarará el abandono del expediente. e) Si el resultado de la verifi cación técnica administrativa “ES CONFORME”, la Subgerencia de Obras Privadas, Asentamientos Humanos, y Habilitaciones Urbanas remitirá informe a la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural para que emita la Licencia de Habilitación Urbana, y/o la Licencia de Edifi cación y/o Obra en regularización. Artículo Séptimo.- PAGOS Y DERECHOS. La presente ordenanza de regularización genera las siguientes obligaciones y benefi cios: POR REGULARIZACIÓN DE LA LICENCIA DE HABILITACIÓN URBANA: a) Derecho por Carpeta de Tramite S/. 5.00 b) Derecho de la Licencia de Habilitación Urbana equivalente al 0.02% de la UIT por m2 de área vendible. c) Evidenciada la inexistencia de las áreas de aportes reglamentarios, los administrados deberán proceder al pago de una redención en dinero por el área no transferida regulado por la Primera Disposición Final de la presente ordenanza municipal. POR REGULARIZACIÓN DE LA LICENCIA DE EDIFICACIÓN Y/O OBRA USO RESIDENCIAL: a) Derecho por Carpeta de Trámite S/. 5.00 b) Derecho para Licencia de Edifi cación y/o Obra equivalente al 1.5% del Valor de Obra. USO COMERCIAL: a) Derecho por Carpeta de Trámite S/. 5.00 b) Derecho para Licencia de Edifi cación y/o Obra equivalente al 2.0 % del Valor de Obra. EXONERACIÓN DE MULTA.- Los administrados se encuentran exonerados de multa por habilitar y/o edifi car sin contar con autorización municipal, conforme a lo regulado en la Cuarta Disposición Final del presente dispositivo municipal. Artículo Octavo.- CARGAS Y/O GRAVÁMENES. En el procedimiento podrán otorgarse Licencias de Habilitación Urbana, y/o Licencia de Edifi cación y/o Obra en vía de regularización registrándose cargas y/o gravámenes respecto a los parámetros urbanísticos, y que el administrado deberá subsanar posteriormente al procedimiento de regularización, con el objeto de lograr su saneamiento físico legal y su inscripción en los registros públicos, la promoción de la propiedad, y la inversión privada previo informe de la Subgerencia de Obras Privadas, Asentamientos Humanos, y Habilitaciones Urbanas, a discrecionalidad y determinación de la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano, y Rural. DISPOSICIONES FINALES Primera.- FIJACIÓN DE APORTES Ante el incumplimiento de la reserva de las áreas de aportes reglamentarios por parte de los propietarios y/o responsables de la habilitación urbana, fíjese a partir de la fecha el pago de una redención en dinero indemnizatoria valorizado sobre el 150% Valor Predial Declarado por metro cuadrado (m2) a la fecha de acogimiento respecto al área por regularizar, ó Valorización Técnica sujeto a discrecionalidad de la Subgerencia de Obras Privadas, Asentamientos Humanos, y Habilitaciones Urbanas, y aprobación de la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural. Segunda.- ZONIFICACIÓN 1) ZONIFICACIÓN 1.- Asignar a partir de la fecha a los predios ubicados en zona de: Peligro Geológico y/o Geotécnico Medio y Bajo, Riesgo Alto y/o Riesgo Muy Alto, y Suelo Urbano con Restricciones y/o Suelo Urbano con Riesgo según Planos 16, 26, y 27 elaborado por INDECI (y ratifi cado por la Ordenanza Nº033-2008-MPC de fecha 21.Nov.2008), la siguiente zonifi cación: Zonifi cación Tipo Lote Mín. Frente Altura Edif. A. libre Retiro RDB Uso Residencial 70 m2 S/ diseño 2 Pisos + Azotea 30% 0 m. RDB Uso Comercial 70 m2 S/ diseño 2 Pisos + Azotea - 0 m. 2) ZONIFICACIÓN 2.- Asignar a partir de la fecha a los predios ubicados en zona de: Peligro Geológico