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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (30/09/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 65

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de setiembre de 2011 450895 h) Facilitar la obtención de apoyo para proyectos que contribuyan al desarrollo del Turismo Sostenible, a través de organismos e instituciones del sector público y privado que brindan cooperación técnica y/o fi nanciera. i) Otras funciones afi nes que se sometan a su consideración. Artículo Tercero.- El CCRT de Piura estará conformado por: 1. La Asamblea General. 2. El Comité Directivo. Artículo Cuarto.- La Asamblea General del CCRT de Piura estará integrada por: 1. Un representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico 2. Un representante de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo Piura 3. Un representante de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente 4. Un representante de la Dirección Regional de Cultura Piura 5. Un representante de la Dirección Regional de Educación Piura 6. Un representante del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - Piura (SERNANP Piura). 7. Un representante de los Centros de Innovación Tecnológica Turístico Artesanal de la Región. 8. Un representante de cada una de las Municipalidades Provinciales de la Región. 9. Un representante de la Policía Nacional del Perú – Piura. 10. Un representante de la Cámara Regional de Turismo de Piura (CARETUR). 11. Un representante de las Cámaras de Comercio, Producción y Turismo de la Región. 12. Un representante de la Asociación de Hoteles, Restaurantes y Afi nes (AHORA Piura). 13. Un representante de la Asociación Peruana de Agencias de Viaje y Turismo de Piura (APAVIT). 14. Un representante de la Asociación de Guías Ofi ciales de Turismo de Piura (AGOTUR). 15. Un representante de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo (PROMPERÚ). 16. Un representante de cada una de las Universidades de Piura. 17. Un representante de cada uno de los Institutos Superiores con especialidad en Turismo. 18. Un representante de Empresas de Transporte Terrestre de pasajeros. 19. Un representante de Empresas de Transporte Aéreo de pasajeros. 20. Un representante de la Ofi cina Regional del INDECOPI - Piura. Se podrán integrar a nuevos miembros al CCRT por acuerdo de la mayoría de la Asamblea del CCRT, de conformidad lo establezca su Reglamento. Artículo Quinto.- El Comité Directivo es el órgano ejecutivo del CCRT de Piura y actuará como órgano de apoyo técnico del mismo, estará integrado por: 1. El Gerente Regional de Desarrollo Económico, o su representante, quien presidirá el CCRT de Piura. 2. Un representante del sector privado, integrante del CCRT, quien asumirá la Vicepresidencia del CCRT de Piura. 3. Un representante de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo, quien asumirá las funciones de la Secretaría Técnica. 4. Cuatro (04) vocales que serán elegidos por la Asamblea General. Artículo Sexto.- Son funciones de la Asamblea General del CCRT de Piura: 1. Aprobar los planes del CCRT de Piura. 2. Aprobar su Reglamento de organización interior. 3. Elegir a los Vocales y al Vicepresidente del Comité Directivo. Artículo Séptimo.- Las funciones del Comité Directivo del CCRT de Piura son: 1. Ejecutar y hacer cumplir los acuerdos de la Asamblea. 2. Representar al CCRT de Piura cuando las condiciones lo ameriten. 3. Desarrollar las funciones de gestión, coordinación y evaluación que impulsen el efectivo desarrollo del PERTUR. 4. Proponer a la Asamblea el Plan Anual del CCRT de Piura. 5. Fortalecer y lograr acuerdos de competitividad en la actividad turística regional. 6. Otras actividades, que dentro de su ámbito de competencia, le encargue o solicite la Asamblea. Artículo Octavo.- Las funciones de la Secretaria Técnica son: 1. Apoyar en las funciones asignadas al Comité Directivo. 2. Convocar en coordinación con el Presidente del CCRT de Piura, a las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias. 3. Organizar el trabajo del Comité Directivo. 4. Proponer las medidas necesarias para el buen funcionamiento del Comité Directivo. 5. Llevar las Actas de la Asamblea y Comité Directivo del CCRT de Piura. 6. Asumir la función de Comité Electoral en la elección para la Vicepresidencia del CCRT de Piura. 7. Otras actividades, que dentro de su ámbito de competencias, le encargue o solicite la Asamblea y el Comité Directivo.” Artículo Segundo.- El CCRT de Piura elaborará su Reglamento Interno en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles. Artículo Tercero.- La Gerencia Regional de Desarrollo Económico deberá informar semestralmente al Consejo Regional sobre el cumplimiento de las funciones que desarrolle el CCRT, y propiciará que los presupuestos institucionales que se asignen a la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo contemplen las metas para el trabajo del CCRT. Artículo Cuarto.- Alcanzar la presente Ordenanza Regional a Gerencia General Regional para la implementación correspondiente. Artículo Quinto.- Déjese sin efecto todas aquellas normas que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional Piura para su promulgación. En Piura, a los catorce días del mes de setiembre del año dos mil once. PORFIRIO NICOLAS VALLADOLID FRIAS Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional Piura, a los diecinueve días del mes de setiembre del año dos mil once. JAVIER ATKINS LERGGIOS Presidente 696968-1