Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 2011 (30/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano MORDAZA, viernes 30 de setiembre de 2011

NORMAS LEGALES

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y Distritales dentro del territorio de su jurisdiccion, velar por el uso de la propiedad inmueble en MORDAZA con el bien comun. Que, las Municipalidades respetan el vecindario, promueven la adecuada prestacion de servicios publicos locales, fomentan el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armonico de las circunscripciones de su jurisdiccion en virtud del principal objetivo de la maquinaria administrativa publica: Brindar al ciudadano mejores servicios que propendan la mejora de calidad de vida. Que, el Numeral 5) del Articulo 93º de la LOM, establece que es facultad especial de las Municipalidades Provinciales y Distritales, dentro del ambito de su jurisdiccion, hacer cumplir la obligacion de cercar propiedades, bajo apremio de hacerlo en forma directa y exigir coactiva mente el pago correspondiente, mas la multa y los intereses de ley. Que, por otra parte, la MORDAZA especial en su Titulo III.1, MORDAZA A.010, Capitulo II, Articulo 12º del Reglamento Nacional de Edificaciones establece la finalidad y caracteristicas para la construccion de cercos de terrenos sin construir. Mas aun, la nueva ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones - Ley Nº 29090 y su Reglamento (aprobado por Decreto Supremo Nº 0242008-VlVIENDA) establecen modalidades de aprobacion para el otorgamiento de licencia de cercado de terreno con longitud mayor de 20 metros lineales. Que, de los Informes de vistos fluyen la opiniones tecnicas favorables respecto a la viabilidad de aprobar el proyecto de Ordenanza de Cercado de Terrenos Sin Construir, con Construcciones Paralizadas y/o en Estado de Abandono, a fin de promover la limpieza y seguridad de diversos sectores que alli se detallan. Que, con los documentos de vistos de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Rural y la Sub Gerencia de Obras Privadas respectivamente, sustentan la aprobacion de incrementar un caso especial al procedimiento administrativo Nº 91 del MORDAZA de la Entidad, el cual se denominara Licencia de Edificacion, Caso Especial "CERCOS SIN CONSTRUIR, CONSTRUCCION PARALIZADA Y CONSTRUCCION EN ESTADO DE ABANDONO", precisando la elaboracion de Estructura de Costos, Flujograma, Presupuesto por Metro Lineal de Cerco de Adobe necesarias para su incorporacion en dicho instrumento de gestion administrativa que compendia todos los procedimientos administrativos que realiza esta Entidad. Que. mediante el documento de vistos la Gerencia de Administracion remite la documentacion anexa al Informe Nº 127-11-SGC/MPB elaborado por el CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Sub Gerente de Contabilidad, por el cual se sustenta tecnicamente e incluye la Estructura de Costos, como requisito necesario para la implementacion del proyecto bajo analisis esbozado por la Sub Gerencia de Obras Privadas. Por ultimo, el Sub Gerente de Planeamiento, Organizacion y Metodos con el visto MORDAZA de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, precisa que en el MORDAZA existe el Procedimiento Nº 91 Licencia de Edificacion y que al interior de este item se especifica en el inciso d) de la Modalidad A sobre la Construccion de Cercos; en dicho sentido recomienda desagregar el procedimiento proyectado; asimismo, indica que el responsable de la estructura de costos es la gerencia de administracion. En consecuencia, de todo esto la oficina de Asesoria Juridica de la Entidad a traves del Informe Legal Nº 12572011-OAJ/MPB concluye que la Municipalidad es competente para regular el uso de los terrenos sin construir y establecer obligaciones a los propietarios de construcciones no finalizadas, que se encuentran en estado de abandono, a efectos de evitar focos infecciosos y acumulacion de basura en estos predios, asi como tambien que estos MORDAZA utilizados por gente de mal vivir para cometer sus fechorias y por ultimo evitar el deterioro del aspecto MORDAZA del Distrito; y, siendo politica de la Gestion Municipal, mejorar el aspecto MORDAZA del Distrito, asi como el ornato y la seguridad en beneficio de nuestros vecinos, adoptando disposiciones para el cercado de terrenos sin construir, con construcciones paralizadas y

en estado de abandono; en dicho sentido, de conformidad de lo dispuesto en el Articulo 9º, Numeral 8) de la Ley Organica de Municipalidades - Ley 27972, se debera remitir lo actuado al Pleno del Concejo para la aprobacion correspondiente, contando con el Informes favorables de las areas relacionadas a la Gerencia de Planificacion y Presupuesto. Que, despues de algunas intervenciones, del debate pertinente, el intercambio de ideas y en cumplimiento de lo dispuesto el Articulo 9º, 39º y 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades y el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, el Pleno del Concejo Provincial de Barranca con el MORDAZA UNANIME de los Senores Regidores presentes y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta; ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGLAMENTA EL CERCADO DE TERRENOS SIN CONSTRUIR, CON CONSTRUCCION PARALIZADA O EN ESTADO DE ABANDONO EN EL DISTRITO CAPITAL DE LA PROVINCIA DE BARRANCA Articulo 1º.- APROBAR el REGLAMENTO DE CERCADO DE TERRENOS SIN CONSTRUIR, CON CONSTRUCCION PARALIZADA O EN ESTADO DE ABANDONO EN EL DISTRITO CAPITAL DE LA PROVINCIA DE BARRANCA, el cual consta de 07 Articulos y 06 Disposiciones Transitorias y Disposicion Finales. Articulo 2º.- DEJAR, sin efecto todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Municipal. Articulo 3º.- La presente Ordenanza Municipal entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4º.PUBLIQUESE la presente MORDAZA local en el Diario Oficial El Peruano, y sus anexos en el MORDAZA Institucional www.munibarranca.gob.pe y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas www.psce. gob.pe conforme a los lineamientos descritos en la Ley Nº 29091. POR LO TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. Dado en la MORDAZA Municipal, a los diez dias del mes de agosto del dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (E) MORDAZA Provincial 696439-1

Aprueban el Plan de Desarrollo Rural del distrito de Barranca
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 025-2011-AL/CPB EL MORDAZA DEL HONORABLE CONCEJO PROVINCIAL DE BARRANCA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo, de fecha 24 de agosto del 2011, el proyecto de ORDENANZA MUNICIPAL PARA LA APROBACION DEL PLAN DE DESARROLLO RURAL DEL DISTRITO DE BARRANCA; RV 831811; Memorandum N° 002-2011-GBPP-MPB., Informe N° 055-2011-JBH-SGDE-MPB., Informe N° 061-2011GBPP-MPB., Informe Legal N° 1310-2011-OAJ/MPB., Memorandum N° 1093-2011-GM/NCFLS-MPBTRT/ SGMA-MPB. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada

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