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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 1 de abril de 2012 463541 ser cambiado a uno compatible con fi nes residenciales, modifi caría el Plan de Desarrollo Urbano de la ciudad de Huaral. Que el art. 35 del D.S. N° 027-2003-VIVIENDA, establece que en las áreas urbanas, los requerimientos para fi nes de equipamiento, que se determinen en el Plan de Desarrollo Urbano, formarán parte de los programas de inversión pública. En ningún caso se generarán Áreas de Reserva para fi nes de equipamiento, en los Planos de Zonifi cación correspondientes, sobre terrenos de propiedad privada por lo que conforme se ha acreditado con la Partida P50001825 y Antecedente Registral Partida P01013455 – Zona Registral Nº IX – Sede Lima – SUNARP de la Zona Registral IX – Sede Lima de SUNARP, del Predio Rural Huando Sub Lote 111-B con Código de Predio Nº P50001825, dicho predio al que se le ha asignado la Zonifi cación Usos Especiales (OU) es propiedad privada. Que, de conformidad al Art 13º del Decreto Supremo Nº 027-2003-VIVIENDA, los cambios de Zonifi cación Comercial, Industrial, Pre Urbana, Recreación, Usos Especiales, Servicios Públicos Complementarios, Zona de Reglamentación Especial, y Zona Monumental o impliquen la modifi cación, de Zona Residencial de Baja Densidad, a Densidad Media a Residencial de Alta Densidad se someten al procedimiento establecido en el Art. 11º de la citada norma legal, por cuanto implican Modifi cación al Plan de Desarrollo Urbano, debiendo en consecuencia ser este aprobado por el Concejo provincial. Que, la zonifi cación es el conjunto de normas técnicas urbanísticas contenidas en el Plan de Desarrollo Urbano de la ciudad, que regula el uso del suelo, su función de las demandas físicas, económicas y sociales de la población, siendo los cambios de zonifi cación tramitados ante la Municipalidad Provincial de Huaral por los propietarios de los terrenos objeto de cambio, acreditando la propiedad de los mismos de acuerdo al Decreto Supremo Nº 027- 2003-VIVIENDA y su modifi catoria Decreto Supremo Nº 012-2004-VIVIENDA. Que, mediante Informe Nº 1319-2011-MPH/GDU/ SGEPUYR de fecha 19 de diciembre del 2011, la Sub Gerencia de Estudios Planeamiento Urbano y Rural, señala que el pedido de Cambio de Zonifi cación presentado por la administrada fue realizado a la Vigencia del D.S. Nº 027 -2003-VIVIENDA mediante el cual se Aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, por lo que se deberá seguir el procedimiento establecido en dicha norma para el cambio de zonifi cación. Que así mismo, señala que la administrada ha cumplido con adjuntar los requisitos establecidos en el Artículo 39º de la norma precitada y que revisado el sustento de cambio de zonifi cación del Predio Rural Huando Sub Lote 111-B con Código de Predio Nº P50001825 de 10,008.73 m2 y Antecedente Registral Partida P01013455, a Zona Residencial de Media Densidad(R4), este justifi ca la sufi ciencia de los servicios básicos de energía eléctrica, agua y alcantarillado así como de integración al sistema vial, servicios de limpieza pública, transporte; la dotación de equipamientos de educación, salud y recreación; estudio de la zonifi cación circundante y estudio de suelos con fi nes de cimentación por lo que lo contemplado resulta sustento sufi ciente para atender el Cambio de Zonifi cación a Zona Residencial de Media Densidad (R4) con los parámetros establecidos en el Reglamento de Zonifi cación, el cual forma parte del Plan de Desarrollo Urbano de la Ciudad de Huaral 2010-2015. Que, a través del Informe Nº 0515-2011-MPH/GDU de fecha 28 de diciembre del 2011, la Gerencia de Desarrollo Urbano, señala considerando que la Municipalidad se halla en proceso de adecuación a los alcances del Decreto Supremo Nº 027-2003-VIVIENDA “Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano”, corresponde al Concejo Municipal pronunciarse sobre el Cambio de Zonifi cación de Usos Especiales (OU) a Zona Residencial de Media Densidad (R4) del terreno ubicado en el Predio Rural Huando Sub Lote 111-B con Código de Predio Nº P50001825 de 10,008.73 m2 de Propiedad de la Asociación Pro Vivienda “Los Jardines de Huaral”, Inscrito en la Partida P50001825 y Antecedente Registral Partida P01013455 – Zona Registral Nº IX – Sede Lima -SUNARP. Que, mediante Informe Legal Nº 062-2012-MPH/ OAJ, de fecha 19 de enero del 2012, la Gerencia de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, conforme al Artículo 39º del Decreto Supremo Nº 027-2003-VIVIENDA “Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano”, modifi cado por el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 012-2004-VIVIENDA, que implica evaluación técnica favorable del responsable de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, señala que es procedente el Cambio de Zonifi cación del Predio Rural Huando Sub Lote 111-B con Código de Predio Nº P50001825, y Antecedente Registral Partida P01013455, del Distrito y Provincia de Huaral, Departamento de Lima, debiéndose de resolverse mediante Ordenanza Municipal. Que con Dictamen Nº 02-2012-CDUTYSV-MPH, de fecha 24 de febrero del 2012, la Comisión de Desarrollo Urbano, Transporte, Tránsito y Seguridad, recomienda la Aprobación del Proyecto de Ordenanza de Cambio de Zonifi cación del Predio Rural Huando Sub Lote 111-B con Código de Predio Nº P50001825, y Antecedente Registral Partida P01013455, Distrito y Provincia de Huaral, Departamento de Lima, seguido por la Administrada doña la Señora Teresa María Rueda Ventocilla en representación de la Asociación Pro Vivienda “Los Jardines de Huaral”, que tiene por fi nalidad, Aprobar y modifi car el Plano de Zonifi cación, Aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 007-2010-MPH respecto al Plan de Desarrollo Urbano de la ciudad de Huaral 2010 – 2015, consistente en el Cambio de Zonifi cación del terreno rústico (Usos Especiales OU) a uno Residencial de Media Densidad R4, del Predio Rural Huando Sub Lote 111-B con Código de Predio Nº P50001825, y Antecedente Registral Partida P01013455, Distrito y Provincia de Huaral, Departamento de Lima, de Propiedad de la Asociación Pro Vivienda “Los Jardines de Huaral”. Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 9.8) del Artículo 9º y el numeral 20.5) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, contando con el voto unánime de los Señores Regidores, aprobaron la siguiente: “ORDENANZA QUE APRUEBA EL CAMBIO DE ZONIFICACIÓN DEL SUB LOTE 111-B – PREDIO RURAL HUANDO, DISTRITO Y PROVINCIA DE HUARAL, DEPARTAMENTO DE LIMA” Artículo Primero.- APROBAR LA MODIFICACIÓN del Plano de Zonifi cación aprobado por El Plan de Desarrollo Urbano de la ciudad de Huaral 2010-2015, mediante Ordenanza Municipal Nº 007-2010-MPH, consistente en el Cambio de Zonifi cación de Usos Especiales (OU) a Residencial de Media Densidad (R4), según los parámetros establecidos para en el Reglamento de Zonifi cación, respecto del Predio Rural Huando Sub Lote 111-B, Distrito y Provincia de Huaral, Departamento de Lima, de Propiedad de la Asociación Pro Vivienda “Los Jardines de Huaral”, Inscrito en la Partida Nº P50001825 y Antecedente Registral Partida P01013455 - Zona Registral Nº IX – Sede Lima – SUNARP. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial y a la Sub Gerencia de Estudios y Planeamiento Territorial, en cuanto les corresponda. Artículo Tercero.- DISPONER la Publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal de la Municipalidad Provincial de Huaral (www.munihuaral.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. VÍCTOR HERNAN BAZÁN RODRIGUEZ Alcalde Provincial 771103-1