Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ABRIL DEL AÑO 2012 (01/04/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 52

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 1 de abril de 2012 463534 Internacional, indica que para el cumplimiento de la meta en la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho se debe cumplir con entregar las licencias de funcionamiento en un plazo que no supere los 12 días hábiles (no incluye sábados, domingos ni feriados). El plazo se contará a partir del día de ingreso por mesa de partes de la solicitud a la municipalidad, hasta la emisión de la autorización, asimismo se deberá cumplir esta meta a partir del 1 de abril, por lo cual se tendrá que modifi car el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) en los procedimientos de Licencia Municipal de Funcionamiento grupos 2 y 3 y Licencia de Funcionamiento para Cesionarios en lo que respecta al tiempo de entrega de licencias; Que, mediante Informe Nº 125-2012-GAJ/MDSJL la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que luego de revisado el texto del proyecto del Decreto de Alcaldía para la reducción del plazo para el otorgamiento de Licencias de Funcionamiento grupos 2 y 3 y cesionarios en el distrito de San Juan de Lurigancho, se verifi ca que su contenido se encuentra conforme a la normatividad vigente, encontrándose expedito para ser aprobado; Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2012-EF de fecha 12 de Enero del presente año, se aprueba los procedimientos para el cumplimiento de las metas y asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2012, en el cual se establece como uno de las metas, el de expedir las licencias de funcionamiento en un período que no supere los 12 días hábiles; Que, estando lo antes expuesto, en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º, segundo párrafo del artículo 39º y el artículo 42º de la “Ley Orgánica de Municipalidades”, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR la reducción del plazo hasta doce (12) días hábiles en el Texto Único de Procedimientos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, para la expedición de Licencias de Funcionamiento de la Sub Gerencia de Formalización y Promoción Empresarial: Procedimiento N° 2 “Licencia Municipal de Funcionamiento (comercial, industrial y/o de servicios) establecimiento con un área mayor a 100 m2 hasta 500 m2 evaluación EX ante (Grupo 2)”, Procedimiento N° 3 “Licencia Municipal de Funcionamiento (comercial, industrial y/o de servicios) establecimiento con un área mayor a 500 m2 (Grupo 3)” y Procedimiento N° 4 “Licencia de Funcionamiento para cesionarios (venta de loterías, campaña de promoción de instituciones empresariales)”. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Planifi cación y a la Gerencia de Desarrollo Económico a través de la Sub Gerencia de Formalización y Promoción Empresarial, bajo responsabilidad. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente decreto en el Diario Ofi cial “El Peruano” y a la Secretaría de Imagen Institucional la publicación en el portal institucional de la Municipalidad. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS JOSE BURGOS HORNA Alcalde 771560-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotiza@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 3 páginas o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL