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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ABRIL DEL AÑO 2012 (01/04/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 43

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 1 de abril de 2012 463525 gobiernos locales tienen la potestad de crear, modifi car y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción, con los límites que señale la Ley; Que, asimismo la Norma ll del Título Preliminar del Código Tributario establece que los derechos son aquellas tasas que deben pagar los contribuyentes a las municipalidades por concepto de tramitación de un procedimiento o por el aprovechamiento particular de bienes de propiedad municipal; Que, en esa misma línea, el artículo lV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 –Ley Orgánica de Municipalidades– establece que, los gobiernos locales promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, la Cuarta Disposición Final de la precitada norma faculta a las municipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, un importe no mayor al 0.4% de la U.I.T. vigente al 01 de enero de cada ejercicio; Que, en virtud de lo expuesto y a lo establecido en la sétima disposición fi nal de la Ordenanza 1533-MML, resulta necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del Impuesto Predial, Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2012; Que, en atención a lo expuesto mediante Informe Nº 16-2012-GR-MDLV de fecha 26 de enero de 2012, la Gerencia de Rentas propone la Ordenanza que fi ja el monto de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales por distribución de las cuponeras de pagos del año 2012; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 049-2012-GAJ-GM-MLV de fecha 3 de febrero de 2012, opina por la viabilidad y legalidad de la Ordenanza propuesta por la Gerencia de Rentas, precisando que una vez aprobada debe ser remitida a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su ratificación mediante Acuerdo de Concejo, de conformidad con lo establecido por la Ordenanza Nº 1533-MML; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972 –Ley Orgánica de Municipalidades– el Concejo Municipal, con dispensa del trámite de aprobación y lectura del Acta, por unanimidad aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MONTO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES, DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS Y DISTRIBUCIÓN DE CUPONERA DE PAGOS 2012 EN EL DISTRITO DE LA VICTORIA Artículo 1º.- Aprobar la emisión mecanizada de las declaraciones juradas del Impuesto Predial y de la Hoja de Liquidación de Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo correspondientes al ejercicio 2012. Artículo 2º.- Fíjese en S/. 4.86 nuevos soles, el monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del Impuesto Predial, Hoja de Liquidación de Arbitrios (HLA), Hoja de Actualización de Datos y distribución domiciliaria de la cuponera de pagos correspondiente al ejercicio 2012. Fíjese en S/. 1.62 nuevos soles, por cada predio adicional, el mismo que comprende un formato de PU y HLA. Artículo 3º.- Apruébese el Cuadro de Estructura de Costos, así como el Cuadro de Estimación de ingresos por concepto de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación del Impuesto Predial, Hoja de Liquidación de Arbitrios, Hoja de Actualización de Datos y Distribución Domiciliaria de la Cuponera de pagos correspondiente al ejercicio 2012, que se detallan en los Anexos I y II que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 4º.- Encargar el cumplimiento de la Ordenanza a la Gerencia de Rentas y la Gerencia de Administración Documentaria e Informática, en lo que sea de su competencia. Artículo 5º.- En atención a la transparencia de la Información sobre ordenanzas ratifi cadas, estipulada en el artículo 19º de la Ordenanza Municipal Nº 1533-MML, la información contenida en la presente Ordenanza así como sus anexos pueden encontrarse en la página web del Servicio de Administración Tributaria: www.sat.gob. pe. Artículo 6º.- La presente Ordenanza, el Informe Técnico, la Estructura de Costos y Estimación de Ingresos que la conforman, entrarán en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario ofi cial El Peruano conjuntamente con el Acuerdo de Concejo ratifi catorio de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Regístrese, publíquese y cúmplase. ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde “INFORME TÉCNICO DE DETERMINACIÓN DE COSTOS DE LA EMISIÓN MECANIZADA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2012” MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA VICTORIA PERIODO 2012 La victoria, febrero del 2012 PRESENTACIÓN El presente Informe Técnico constituye el cumplimiento del compromiso adquirido, y al mismo tiempo tiene por objetivo sustentar adecuadamente los costos efectivos globales de los servicios referidos a la Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación del Impuesto Predial, Compaginación, y la respectiva distribución al domicilio fi scal del contribuyente correspondiente al ejercicio 2012. Asimismo, el presente Informe Técnico guarda los lineamientos de la Directiva SAT/MML Nº 001-006- 00000015: Directiva sobre determinación de los costos de los servicios aprobados en Ordenanzas Tributarias Distritales de la provincia de Lima, emitida por el Servicio de Administración Tributaria – SAT, con sus respectivas modifi caciones, fundamentadas en sentencias, resoluciones e informes de entes reguladores, como son: Defensoría del Pueblo, Tribunal Constitucional, Tribunal Fiscal del MEF, Indecopi, etc.; cumpliendo de esta forma, la Municipalidad Distrital de La Victoria con lo dispuesto por el Artículo 40º, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, norma legal que dispone que: Las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratifi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción, para que pueda cumplir con los requisitos de validez y vigencia. La determinación de los costos por el derecho de emisión mecanizada por el Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2012, en la jurisdicción distrital de LA VICTORIA está basada en los costos reales que demanda el servicio prestado y en absoluto cumplimiento a lo dispuesto por la Cuarta Disposición Final de la Ley de Tributación Municipal señala que, las Municipalidades que brindan el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y de recibos de pagos correspondientes, incluida su distribución al domicilio fi scal que declara el contribuyente, quedan facultadas a cobrar y recaudar por dichos servicios como monto máximo hasta el 0.4%