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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 1 de abril de 2012 463532 MUNICIPALIDAD DE LINCE Modifican TUPA de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2012-MDL Lince, 29 de marzo del 2012 Vistos: El Informe Nº 023-2012-OPP/MDL mediante el cual la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, propone la modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA en el marco de la Resolución de Consejo Directivo Nº 042-2011-SUNASS-CD; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal las funciones normativas y fi scalizadoras y a la Alcaldía las funciones ejecutivas; Que, el Artículo 36º de la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General”, dispone que las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplifi cación de los mismos, así como el supuesto de disminución de plazos para la tramitación de los procedimientos y/o servicios administrativos que presta la Municipalidad, estas podrán efectuarse a través de Decreto de Alcaldía; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 042- 2011-SUNASS-CD publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 28 de octubre del 2011, se modifi có el Reglamento de Calidad de Prestación de Servicios de Saneamiento”, en virtud al cual el Ministerio de Economía y Finanzas en el Decreto Supremo Nº 004-2012-EF ha fi jado la reducción del plazo para la tramitación del procedimiento de conexiones domiciliarias de agua y desagüe; Que, con la Ordenanza Nº 272-MDL que contiene los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Lince, ratifi cado por Acuerdo de Concejo Nº 328 del 31 de Agosto del 2010 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en el que se considera el procedimiento 01.14 “Autorización de Conexión Domiciliaria (Agua, Desagüe, Energía Eléctrica)”, a cargo de la Gerencia de Desarrollo Urbano - Sub Gerencia de Infraestructura Urbana con 4 requisitos y que incluye el derecho de trámite por S/. 36.00, de califi cación previa con silencio administrativo positivo y para su atención dentro de un plazo de 10 días; procedimiento que mediante el Decreto de Alcaldía Nº 003-2012-MDL publicado el 15 de febrero del 2012 en el Diario Ofi cial El Peruano, se modifi có con la numeración 01.15 manteniendo el monto de la tasa por derecho de trámite en S/. 36.00 equivalente a 0.986% de la UIT, sustentado en las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM; Que, en virtud a la consulta formulada ante el Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima, del Ofi cio Nº 001-090-00006605 se concluye que teniendo en consideración que el cumplimiento de la meta es la reducción del plazo para la tramitación del procedimiento de conexiones domiciliarias de agua y desagüe establecida en el Decreto Supremo Nº 004-2012-EF, este debe efectuarse mediante Decreto de Alcaldía, en atención a lo previsto en el Artículo 36 de la Ley Nº 27444, siempre que el referido procedimiento haya sido ratifi cado con anterioridad por la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, por su parte, la Sub Gerencia de Infraestructura Urbana en el Informe Nº 057-2012-MDL-GDU/SIU, se pronuncia señalando que debe modifi carse el plazo para resolver el procedimiento de Autorización de Conexión Domiciliaria de 10 días hábiles a 05 días hábiles, toda vez que en la práctica dicha Autorización se viene emitiendo en un plazo inferior a lo establecido; Que, en tal razón, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto mediante el Informe Nº 023-2012-OPP/MDL sustenta la necesidad de aprobar la modifi cación del mencionado procedimiento, reduciendo el plazo del trámite a 5 días, en el contexto de la simplifi cación administrativa y mejor atención que se debe brindar al ciudadano, así como en virtud a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 004-2012- EF; Estando a las consideraciones expuestas; contando con el visto bueno de la Gerencia Municipal y de la Secretaría General; y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETA: Artículo Primero.- MODIFICAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Lince, en el procedimiento signado con el número de orden 01.15, conforme al Formato Anexo que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano, en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas y en el portal Institucional www.munilince.gob. pe de la Municipalidad Distrital de Lince. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Secretaría General, Gerencia de Desarrollo Urbano, Sub Gerencia de Infraestructura Urbana y demás Unidades Orgánicas el cumplimiento del presente dispositivo municipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARTIN PRINCIPE LAINES Alcalde 771632-1 NUMERO DE PREDIOS POR CONTRIBUYENTE NUMERO DE CONTRIBUYENTE NUMERO DE PREDIOS DERECHO DE EMISION (S/.) 1/. INGRESO TOTAL (S/.) [1] [2] [3]=[1]*[2] [4] = [Ci+(n-1) x (CPU+CHLA)] [5]=[2]*[4] 358 1 358 583.20 583.20 368 1 368 599.40 599.40 374 1 374 609.12 609.12 378 1 378 615.60 615.60 385 1 385 626.94 626.94 426 1 426 693.36 693.36 616 1 616 1,001.16 1,001.16 Total Predios 45,054 81,695 Total Ingresos 278,320.86 Monto (S/.) Costo Anual 278,450.80 Ingreso Anual 278,320.86 Diferencia 129.94