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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 6 de abril de 2012 463770 de los artículos 30º, 40º, 42º, y 43 de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Nº28411, conforme a los considerandos expuestos. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, según corresponda el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Secretaria General la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario Ofi cial “El Peruano” y su notifi cación a la Gerencia Municipal y Gerencia de Planeamiento y Presupuesto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ADOLFO OCAMPO VARGAS Alcalde 772873-1 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Establecen monto de Derecho de Emisión Mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio fiscal 2012 ORDENANZA Nº 134-MDSL San Luis, 6 de febrero de 2012 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN LUIS En Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 004- 2012-CEPAL-SR-MDSL de fecha 02 de febrero de 2012, a través del cual la la Comisión de Economía, Presupuesto y Asuntos Legales, por Unanimidad, Dictaminan Aprobar el Proyecto de Ordenanza que establece el monto por Derecho de Emisión Mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución del Impuesto Predial Y Arbitrios Municipales 2012 para el Distrito de San Luis, Ordenanza que consta de cinco artículos y tres disposiciones fi nales; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley Nº 27630 Ley de la Reforma Constitucional, establece que las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local con autonomía Política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 74º de la Constitución Política del Perú, otorga potestad tributaria a los Gobiernos Locales, la misma que es reconocida de conformidad a lo establecido en la norma III y IV del Título Preliminar del Decreto Supremo Nº 135-99-EF Texto Único Ordenado del Código Tributario modifi cado por Decreto Legislativo Nº 953, así como en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley 27972, los Gobiernos Locales mediante Ordenanzas, pueden crear, modifi car y suprimir los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción, dentro de los límites establecidos por Ley; Que, el artículo 14º del TUO de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por el D.S. Nº 156-2004-EF, establece que la actualización de valores, determinación de tributos, emisión de recibos de pago correspondiente, incluida su distribución a domicilio, los municipios quedan facultados a cobrar por dichos servicios no más el 0.4% de la UIT vigente al 1º de enero de cada ejercicio. Que, la Subgerencia de Logística y Servicios Generales, mediante memorándum Nº 013-2012-MDSL/GAF/SGL informa sobre los costos de los servicios e insumos requeridos para la emisión mecanizada correspondiente al ejercicio fi scal 2012. Asimismo, la subgerencia de personal mediante informe Nº 021-2012-MDSL-GAF-SGP informa sobre las remuneraciones del personal involucrado en la referida emisión. La Subgerencia de Contabilidad, mediante informe Nº 017-2012-MDSL-GAF-SGC remite la estructura de costos respectiva que conllevará la emisión del ejercicio fi scal 2012; Que, atendiendo a que los costos de emisión se han establecido los mismos en la suma ascendente a S/. S/. 50,240.10 nuevos soles y siendo el caso que la cantidad de contribuyentes es de 9,770, corresponde fi jar el monto por derecho de emisión Mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución- Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2012 para el Distrito de San Luis en la suma de S/. 5.10 (Cinco y 10/100 nuevos soles); Que, el Art. 13º de la Ley de Tributación Municipal D.S. 156-2004-EF, establece como monto mínimo del Impuesto Predial el 0.6% de la UIT vigente al ejercicio fi scal aplicable; Estando a lo dispuesto en el artículo 9º numerales 8) y 9) y el artículo 40º de la Ley 29972, Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta por Unanimidad, se aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MONTO DE DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES, DETERMINACION Y DISTRIBUCION DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012. Artículo Primero.- ESTABLEZCASE como monto de Derecho de Emisión Mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución del impuesto predial y arbitrios municipales para el ejercicio fi scal 2012, la suma de S/. 5.10 (Cinco y 10/100 nuevos soles); Artículo Segundo.- Apruébese la estructura de costos y la estimación de ingresos, así como el informe técnico, que determina el costo de derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, y determinación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2012, el cual forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ESTABLEZCASE como mínimo del Impuesto Predial para el año 2012 por cada contribuyente el 0.6% de la UIT vigente para este ejercicio fi scal 2012, de conformidad con el artículo 13º del TUO de la Ley de Tributación Municipal, D.S. 156-2004-EF; Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, así como de la publicación del Acuerdo de Concejo que la ratifi ca. Artículo Quinto.- DISPONGASE la publicación de la Ordenanza y sus anexos en la página web del SAT - Servicio de Administración Tributaria(www.sat.gob.pe) y de la Municipalidad distrital de San Luis(www.munisanluis. gob.pe). DISPOSICIONES FINALES Primero.- Encargar a la Secretaría General la remisión de la presente Ordenanza al Servicio de Administración Tributaria-SAT para conocimiento y fi nes, y a la Gerencia de Rentas su cumplimiento. Segundo.- Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias, para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Tercero.- DEROGESE todas las normas que se opongan a la presente ordenanza Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RICARDO CASTRO SIERRA Alcalde 773481-1