Norma Legal Oficial del día 06 de abril del año 2012 (06/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, viernes 6 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

463759

Cuadro General de Aportes, segun Ordenanza Nº 836-MML. ZONIFICACION : Vivienda Taller - VT. AREA TOTAL BRUTA : 2,562.00 m2 AREA AFECTA A LOS APORTES : 2,562.00 m2
APORTE RECREACION PUBLICA PARQUES ZONALES ­ SERPAR RENOVACION MORDAZA - FOMUR % 7.00 2.00 1.00 ORD 836MML 179.34 m2 51.24 m2 25.62 m2 51.24 m2 51.24 m2 358.68 m2 PROYECTO ------------DEFICIT 179.34 m2 51.24 m2 25.62 m2 51.24 m2 51.24 m2 358.68 m2

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Aprueban Ordenanza del Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y/o Carga en Vehiculos Menores
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 217-2012/MDSJM San MORDAZA de Miraflores, 27 de febrero del 2012 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES VISTO: Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 27 de febrero del 2012, el Proyecto de Ordenanza del servicio de transporte publico especial de pasajeros y/o carga en vehiculos menores en el Distrito de San MORDAZA de Miraflores, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 055-2010MTC publicado en el Diario Oficial El Peruano el 02 de Diciembre del 2010, se aprobo el Reglamento Nacional de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Motorizados o No Motorizados; Que, el articulo 73° y 81° de la Ley Organica de Municipalidades- Ley N° 27972 preceptua que los Gobiernos Locales son competentes en materia de MORDAZA, circulacion y transporte publico; Que, el inciso 29) del articulo 9° de la Ley Organica de Municipalidades es citada en el considerando anterior, dispone que los Concejos Municipales ejercen la atribucion de aprobar el regimen de administracion de los servicios publicos locales; Que, el inciso 18.1) del articulo 18° de la Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre- Ley N° 27181, dispone que son competentes de las Municipalidades Distritales la regulacion del transporte menor; Que, en consecuencia es competencia de las Municipalidades Distritales la administracion y reglamentacion del servicio de transporte publico especial en vehiculos menores; Que, mediante Ordenanza Municipal 0000142004/MDSJM, se aprobo la Ordenanza del servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y/o Carga en Vehiculos Menores, Que, de conformidad a la jerarquia de las normas, si bien es MORDAZA que los decretos supremos son de alcance Nacional, las municipalidades en virtud a su autonomia pueden adecuar mediante ordenanza a su respectiva circunscripcion o determinada realidad; Que, como producto de los trabajos de MORDAZA, de las acciones de control del servicio especial, y de la lectura de los dispositivos que regulan el mismo a nivel nacional y en esta jurisdiccion, se ha determinado la necesidad de adecuar estos a los alcances de la normatividad vigente, asi como dotar a los funcionarios que se encargan de la gestion y de la fiscalizacion de este servicio, de las herramientas administrativas necesarias para lograr el objetivo de esta Municipalidad, que es el de garantizar al usuario del servicio especial , ordenado, seguro ambientalmente compatible con la salud de pobladores del distrito; De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley Organica de Municipalidades- Ley N° 27972, Ley General del Procedimiento Administrativo General- Ley N° 27444, Ley General de Transporte, MORDAZA Terrestre y demas normas pertinentes; se aprobo lo siguiente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el Articulo Nº 9 numeral 9), 38°,39° y 40° de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, por MAYORIA y con dispensa del tramite de aprobacion del acta, se ha aprobado lo siguiente:

Servicios Publicos Complementarios 2.00 (MINISTERIO DE EDUCACION) Servicios Publicos Complementarios 2.00 (MUNICIPALIDAD DISTRITAL) TOTAL 14.00

NOTA.(*) El Deficit de aportes reglamentarios por Recreacion Publica y Servicios Publicos Complementarios (Municipalidad Distrital) ha sido redimido en dinero. (**) El Deficit de aportes reglamentarios por Parques Zonales (SERPAR), Renovacion MORDAZA (FOMUR) y Servicios Publicos Complementarios (Ministerio de Educacion), seran redimidos en dinero.

Articulo Cuarto.- DISPONER que el Sr. MORDAZA Shigetomi Fukusaki y a la Sra. MORDAZA MORDAZA Tantalean de Shigetomi, al concluir con las obras del proyecto de habilitacion MORDAZA debera solicitar la recepcion de obras, de acuerdo a lo indicado en el Numeral c. Articulo 13º de la Ley Nº 29090. Articulo Quinto.- ESTABLECER que la presente licencia de Habilitacion MORDAZA tiene una vigencia de treinta y seis (36) meses, cuyo computo comprende desde el ingreso del presente expediente a la Corporacion Municipal, acorde a lo previsto por el Articulo 11º de la Ley Nº 29090 ­ Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones. Articulo Sexto.- DEJESE, como carga inscrita en el Registro de Predios, el pago pendiente por el deficit de Aportes Reglamentarios correspondientes a Parques Zonales (SERPAR) de 51.24 m2 y Renovacion MORDAZA (FOMUR) de 25.62 m2 y Servicios Publicos Complementarios (Ministerio de Educacion) de 51.24 m2 , dicha carga sera levantada cuando se cumpla con los pagos de los deficit de aportes. Articulo Setimo.- REMITIR el FUHU, MORDAZA de la presente Resolucion Sub. Gerencial, un juego del Plano de Ubicacion y Localizacion, Plano Perimetrico, Plano de Lotizacion y la Memoria Descriptiva, a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, SERPAR MORDAZA y al Fondo Metropolitano de Renovacion y Desarrollo MORDAZA ­ FOMUR y al Ministerio de Educacion, para su conocimiento, segun lo establecido en el Articulo 18º del Decreto Supremo Nº 024 - Reglamento de Licencias de Habilitacion MORDAZA y Licencias de Edificacion. Articulo Octavo.- ENCARGAR, a la Sub Gerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro incorporar la presente Habilitacion MORDAZA en el Plan MORDAZA del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, siendo esta su competencia segun lo establece el ROF vigente. Articulo Noveno.- DISPONER, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano a cargo de los interesados en un plazo no mayor de (30) dias calendario contados a partir de la notificacion de la presente. Articulo Decimo.- DISPONER el cumplimiento y notificacion pertinente y de acuerdo a Ley, al administrado, del contenido de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente de Habilitaciones Urbanas 771838-1

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