Norma Legal Oficial del día 06 de abril del año 2012 (06/04/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 24

463754
ORDENANZA Nº 366-CDLO

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 6 de MORDAZA de 2012

ORDENANZA PARA LICENCIAS DE REGULARIZACION DE EDIFICACIONES EN EL DISTRITO DE LOS MORDAZA Articulo Primero.- APROBAR la Ordenanza para Licencias de Regularizacion de Edificaciones en el Distrito de los MORDAZA a partir de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y la Pagina Web Institucional hasta el 31 Diciembre del ano 2012, el cual consta de 04 articulos y 05 disposiciones finales, y que en anexo adjunto forma parte del presente. Articulo Segundo.- HACER DE CONOCIMIENTO de la presente ordenanza al EQUIPO RESPONSABLE DE LA FORMULACION DEL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ­ MORDAZA ­ DE LA MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA PARA EL PRESENTE EJERCICIO 2012 para considerarlo dentro de los procedimientos que la Sub Gerencia de Urbanismo y Transporte tienen como competencia. Articulo Tercero.- HACER DE CONOCIMIENTO de lo dispuesto por la presente a la GERENCIA MUNICIPAL, GERENCIA DE DESARROLLO MORDAZA, SUB GERENCIA DE URBANISMO Y TRANSPORTE, para los fines de su competencia funcional, ORDENAR a SECRETARIA GENERAL la publicacion de la presente ordenanza de acuerdo al procedimiento de ley y su difusion a la GERENCIA DE PRENSA e IMAGEN INSTITUCIONAL, a traves del MORDAZA institucional www. munilosolivos.gob.pe POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ORDENANZA PARA LICENCIAS DE REGULARIZACION DE EDIFICACIONES EN EL DISTRITO DE LOS MORDAZA Objeto y Vigencia El objetivo de la presente Ordenanza es brindar la Certificacion de Licencias de Construccion de Regularizacion a las edificaciones existentes que aun no cuentan con Autorizacion Municipal al haber vencido el plazo de la Ley 29476, ley que modifica y complementa la Ley Nª 29090 Ley de Regularizacion de Habilitaciones Urbanas y Edificatorias cuyo plazo vencio el 31 de diciembre del 2010 y que por lo menos cuenten con aprobacion de la Habilitacion Urbana. El plazo para la MORDAZA del Expediente de Regularizacion vence el 31 de Diciembre del 2012 y solo estaran sujetas las construcciones efectuadas hasta el 31 de Marzo de 2012. MORDAZA Normativo Legal Vigente Que, el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru establece que las Municipalidades Distritales y Provinciales son organos de Gobierno local con Autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia: la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico. Que, el articulo 79° de la Ley N° 27972, dispone otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalizacion de construcciones, remodelacion o demolicion de inmuebles y declaratorias de fabrica. Que, el articulo 40° de la Ley N° 27972, dispone que las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y

Distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba, entre otros, las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa. Que, el articulo 74° de la Ley Organica de Municipalidades senala que las Municipalidades ejercen, de manera exclusiva o compartida, una funcion promotora, normativa y reguladora, asi como las de ejecucion y de fiscalizacion y control, en las materias de su competencia, conforme a esta Ley y a la Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley N° 27783. Que, el articulo 79° de la citada Ley, establece que las Municipalidades Distritales, en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, ejercen funciones especificas exclusivas como es normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalizacion de, entre otros, construccion, remodelacion o demolicion de inmuebles y declaratorias de fabrica. Que, mediante Ley N° 29090, Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, se establece la regulacion juridica de los procedimientos Administrativos para la obtencion de licencias de habilitacion MORDAZA y de Edificacion, con la finalidad de facilitar y promover la inversion inmobiliaria; dicha MORDAZA entro en vigencia con la publicacion de sus Reglamentos, el 28 de setiembre de 2008. Que, el articulo 30° de la Ley N° 29090 establecio como plazo de regularizacion de edificaciones construidas sin licencia de obra despues del 20 de MORDAZA de 1999 podran ser regularizadas hasta el 31 de diciembre de 2008; posteriormente, por Ley N° 29300 se modifico el citado articulo indicandose que las Habilitaciones Urbanas y las Edificaciones que hayan sido ejecutadas sin licencia o que no tengan conformidad de obra despues del 20 de MORDAZA de 1999 hasta la publicacion de la Ley N° 29090, Ley de regulacion de las Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, pueden ser regularizadas en el plazo de ciento ochenta (180) dias calendario, contado a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, y por la Primera Disposicion Transitoria de la Ley N° 29476, se amplio este plazo hasta el 31 de diciembre de 2010, habiendo culminado dicho plazo, a la fecha los gobiernos municipales no cuentan con una ley para que se regularicen las construcciones realizadas sin la licencia correspondiente, por lo que se hace necesario que la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA emita una Ordenanza al respecto. Que de acuerdo al Informe N° 0886-2011/MDLO/GDU, de fecha 22 de Agosto 2011, ratificado por los Informes N° 1304-2011/MDLO/OAJ, indican la necesidad de contar con una normativa temporal que apruebe el Tramite de Regularizacion de Licencia de Edificacion. Que el acelerado crecimiento de los ultimos anos ha motivado la inversion privada en materia de viviendas, de lo cual la poblacion ve en su vivienda una inversion a corto plazo a raiz del deficit de viviendas en la MORDAZA de Lima; que en su mayoria las regularizaciones de Viviendas se han dado en viviendas Unifamiliares que a necesidad de nuevos ingresos economicos o por crecimiento familiar se convirtieron en Unidades Independientes de Propiedad ( Edificios Multifamiliares), y muchas de estas se han modificado, remodelado, MORDAZA y/o demolido para ser efectivo este crecimiento aumentando la Densidad y el Coeficiente en muchos casos los que han convertido las viviendas de "unifamiliar" a "plurifamiliar", familias requeridas de cada vez mas espacio constituyendo unidades verticales, aumentando el crecimiento de edificios en nuestro Distrito. Articulo 1° - Ambito de Aplicacion Todos aquellas personas naturales o juridicas propietarios, posesionarios con derecho a edificar y dominio de predio y /o adjudicatarios de edificaciones ubicados en el Distrito de Los MORDAZA, que hayan ejecutado edificaciones despues del 20 de MORDAZA de 1999 hasta el 31 de marzo del 2012, sin licencia de obra respectiva, podran regularizarlas hasta el 31 de Diciembre del 2012 de acuerdo al procedimiento establecido en la presente ordenanza. Solo se acogeran a la REGULARIZACION DE LICENCIA las construcciones, ampliaciones, remodelaciones, solo de Uso Viviendas Unifamiliares,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.