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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ABRIL DEL AÑO 2012 (06/04/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 6 de abril de 2012 463769 COD. INFRACCIÒN TIPO MED.ACCESORIAS B-8 Por prestar el servicio especial utilizando el logotipo y/o Razón Social o numeración correlativa de la Persona Jurídica Autorizada habiendo sido separado o dado de baja o no siendo afi liado a la misma. MG Internamiento del vehículo menor al Depósito Municipal B-9 Transferir el certifi cado de operación o no tener el certifi cado de operación o tener uno que no le corresponde o un certifi cado adulterado y/o fraguado MG Internamiento del vehículo menor al Depósito Municipal B-10 Prestar el servicio en un vehículo menor en mal estado de conservación y/u operatividad MG Internamiento del vehículo menor al Depósito Municipal B-11 Llevar pasajeros en lugar diferente a los asientos de la cabina de pasajeros o fuera de ella, así como movilizar persona (s) en la cabina del conductor. MG Internamiento del vehículo menor al Depósito Municipal B-12 Prestar el servicio especial con audífonos y/o equipos de sonido con alto volumen o música estridente; además tener equipos, parlantes o accesorios u otros que difi culten la visibilidad del conductor y/o pasajero. MG Internamiento del vehículo menor al Depósito Municipal B-13 No pintar el vehículo menor con los colores y/o distintivos establecidos por la municipalidad. MG Internamiento del vehículo al depósito municipal B-14 Conducir sin luces, con defectos en las luces o que tenga baja iluminación de luces en las horas establecidas. MG Internamiento del vehículo menor al Depósito Municipal B-15 No contar con el Sticker vehicular correspondiente. MG Internamiento del vehículo menor al Depósito Municipal B-16 Adelantar vehículos entablando competencia o reto de velocidad MG Internamiento del vehículo menor al Depósito Municipal B-17 Negarse a prestar el servicio a escolares, discapacitados, ancianos y minusválidos MG Internamiento del vehículo menor al Depósito Municipal B-18 Por dejar o tomar pasajeros en el centro de la calzada o en lugares autorizados o esquinas G B-19 Prestar el servicio especial sin cuidar la apariencia y el aseo personal G B-20 Transportar materiales suspendidos en el chasis y/o arrastrarlo en la superfi cie G B-21 No contar con botiquín o maletín de primeros auxilios debidamente implementados para su uso. L B-22 Prestar el servicio especial sin portar el Certifi cado de Operación o credencial de conductor. L 772877-1 Delegan en el Gerente Municipal las facultades que competen al Despacho de Alcaldía en materia presupuestal, así como la facultad de aprobación, modificación y/o ampliación del contenido presupuestario que requieran ser aprobadas por el titular del Pliego RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 208-2012-A-MDSJM San Juan de Mirafl ores, 5 de marzo del 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES. CONSIDERANDO: Que, el numeral 7.1) del artículo 7º de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Nº28411, señala al Titular de la Entidad como la más alta Autoridad Ejecutiva; quien en materia presupuestal es responsable de manera solidaria con el Concejo Municipal; asimismo, establece que dicha autoridad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las leyes de presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, configurándose en este caso responsabilidad solidaria entre el Titular y el delegado; Que, los Calendarios de Compromisos Institucionales son aprobados en los Gobiernos Locales, por Resolución del Titular del Pliego de Presupuesto o de quien éste delegue, a propuesta del Jefe de la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces, a nivel del Pliego, Unidad Ejecutora, de ser el caso. Grupo Genérico de Gastos y Fuente de Financiamiento, según lo establecido en el párrafo 30.2 del artículo 30º de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Nº28411; Que, el numeral 40.2 del artículo 40º de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Nº28411, señala que las modifi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular. El Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”; Que, el numeral 20) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972, establece que es atribución del Alcalde delegar sus funciones administrativas en el Gerente Municipal; por ello en concordancia con las disposiciones citadas, resulta necesario delegar en el Gerente las atribuciones contenidas en el numeral 7.2 del artículo 7º, así como facultad de aprobar las modifi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional, en el Nivel Institucional y demás modifi caciones presupuestarias que requieran ser aprobadas por el Titular del Pliego, a propuesta de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, en aplicación de lo dispuesto en el numeral 40.2) del artículo 40º, 42 y 43 de la Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto Nº28411, así como en las normas complementarias en materia presupuestal vigentes para el Ejercicio Presupuestal 2012; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20ª de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972; RESUELVE: Artículo Primero.- DELEGAR, al Gerente Municipal las facultades que competen al Despacho de Alcaldía en materia presupuestal, contempladas en el numeral 7.2 del artículo 7º de la Ley General de Sistema Nacional de Presupuesto Nº28411, así como la facultad de aprobación, modifi cación y/o ampliación del contenido presupuestario que requieran ser aprobados por el Titular del Pliego, en aplicación de lo dispuesto en los numerales 30.2 y 40.2