Norma Legal Oficial del día 06 de abril del año 2012 (06/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, viernes 6 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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c) Cancelacion de la resolucion de autorizacion. d) Cancelacion del paradero autorizado. e) Suspension temporal del certificado de operacion del vehiculo menor y/o credencial del conductor. Articulo 49º.- Las sanciones por infracciones a la presente Ordenanza seran impuestas por los Inspectores Municipales y/o personal autorizados por la Municipalidad, pudiendo tener el apoyo de la Policia Nacional del Peru, tal como lo dispone el D.S Nº 055-2010-MTC. (Vease el ANEXO I ­ Cuadro de Infracciones y Sanciones) Articulo 50º.- El conductor o propietario que despues de retirar el vehiculo del deposito, cometiera al dia siguiente una infraccion igual o similar a la anterior, tendra la calidad de reincidente, sera sancionado con el doble de la infraccion cometida, su vehiculo permanecera en el deposito autorizado por la municipalidad por 7 dias, aun cuando MORDAZA cancelado la infraccion, asumiendo tambien los pagos por cada dia del internamiento, esto se aplicara en las infracciones muy graves y graves. En las infracciones leves, solo se aplicara el doble de la infraccion. El conductor y/o propietario reincidente, que siga cometiendo las mismas infracciones, se le aplicara con mayor gravedad como lo disponga la autoridad competente. Articulo 51º.- Con motivo de su intervencion y cuando el caso lo amerite, el Inspector Municipal o personal autorizado elaborara el Informe que servira para la aplicacion de la resolucion de sancion que sera emitida por la Gerencia de Desarrollo Urbano. TITULO VI DE LOS PROCEDIMIENTOS Articulo 52º.- Para la aplicacion de las infracciones, el Inspector Municipal o personal autorizado, constatara la comision de la infraccion prevista en la presente Ordenanza, solicitara al conductor la credencial, certificado de operacion, y verificara el sticker de identificacion del vehiculo. Los documentos seran devueltos con la correspondiente papeleta de infraccion, al que debera ser firmada por el conductor. En caso que el infractor se negara a firmar la papeleta de infraccion, motivara que el Inspector Municipal y/o personal autorizado deje MORDAZA de ese hecho en la misma papeleta, sin que ello invalide o reste eficacia en modo alguno a la sancion impuesta. Articulo 53º.- Si en el momento de la intervencion, el conductor se negase a presentar o no tuviera consigo los documentos requeridos por el inspector municipal y/o personal autorizado, motivara que este disponga que el vehiculo menor sea trasladado e internado en el deposito municipal, aplicando la papeleta segun corresponda. Articulo 54º.- El infractor con la MORDAZA de la papeleta de infraccion debera acercase a la ventanilla de la Sub Gerencia de tesoreria de esta Municipalidad, para cancelar el importe establecido, previa orden de pago girado por la Sub Gerencia de Transporte, MORDAZA y Seguridad Vial. Articulo 55º.- Si el monto de la multa impuesta a traves de la papeleta de infraccion, es cancelado dentro de los (5) dias habiles siguientes a la fecha en que se impuso, tendra un descuento equivalente al cincuenta por ciento (50%) de la misma. Dicho beneficio no se aplicara si el infractor tiene la calidad de reincidente. Articulo 56º.- Si la papeleta de infraccion correspondiente, no es cancelada en el plazo de 60 dias calendarios de impuesta, se procedera de conformidad a la ley de ejecucion coactiva, dicho tramite sera realizado por la Sub Gerencia de Ejecucion Coactiva de la Municipalidad. Articulo 57º.- Los recursos impugnatorios contra los actos administrativos que se generen como producto de la aplicacion de la presente Ordenanza, seguira el procedimiento siguiente: a) Recurso de Reconsideracion, en primera instancia sera resuelto por la Gerencia de Desarrollo Urbano. b) Recurso de Apelacion, en MORDAZA instancia sera resuelta por la Gerencia Municipal.

Articulo 58º.- Para recuperar los vehiculos internados en el deposito autorizado por la municipalidad se requiere: a) La Orden de MORDAZA firmada por el Gerente de Desarrollo MORDAZA, luego que el infractor presente el (los) pago cancelado(s) por concepto de: 1. Guardiania. 2. Multa de la papeleta de infraccion. 3. Traslado del vehiculo menor al deposito autorizado por la municipalidad en caso que se MORDAZA necesitado hacer uso de otro medio movil para trasladar dicho vehiculo al deposito municipal. b) La resolucion que declare fundado el recuso impugnativo presentado. Los vehiculos internados en el deposito autorizado por la municipalidad seran retirados por sus propietarios o representantes debidamente facultados, para lo cual presentaran como minimo los siguientes documentos: 1. MORDAZA de la tarjeta de propiedad (o contrato de compra- venta legalizada y MORDAZA del documento nacional de identidad y carne de identificacion personal del propietario. 2. MORDAZA de la boleta de internamiento. 3. Original de la Orden de MORDAZA o la Resolucion correspondiente. Articulo 59º.- El (los) vehiculo (s) internado (s) en el deposito autorizado por la municipalidad, debera (n) ser puestos a disposicion de la Policia Nacional del Peru o del Juzgado Competente, cuando sea solicitados de conformidad a los procedimientos legales respectivos. Cuando el vehiculo menor internado permanezca mas de sesenta (60) dias calendarios en el deposito autorizado por la municipalidad sin ser reclamado por su propietario, la Municipalidad procedera mediante Subasta Publica de acuerdo a Ley. Articulo 60º.- El importe correspondiente a los gastos por traslado del vehiculo al deposito municipal y guardiania es como sigue: - Traslado del vehiculo menor al deposito (0.90% UIT) - Costo diario por guardiania del vehiculo menor al (0.24% UIT) deposito autorizado por la municipalidad. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- Para la prestacion del servicio especial en la jurisdiccion de San MORDAZA de Miraflores de conformidad a la Ley de Creacion del Distrito Nº 15382 se realizara en tres (3) zonas de Trabajo las cuales son: a) MORDAZA de Trabajo Nº I (Pamplona- Ciudad) con Codigo PC-ZOTRA I con los limites siguientes: Por el Este: Jr. Miraflores, Oeste: Panamericana Sur, Norte: Cementerio Senor de los MORDAZA, Sur: Av. Los Heroes. b) MORDAZA de Trabajo Nº II (San Juan) con Codigo: SJZOTRA II con los limites siguientes: Por el Este Av.28 de MORDAZA y Distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, Oeste: Av. Panamericana Sur, Norte: Av. Los Heroes, Sur; Av. MORDAZA Pumacahua. c) MORDAZA de Trabajo Nº III (Panamericana Sur) con Codigo: PASUR- ZOTRA III con los limites siguientes: Por el este: Panamericana Sur, Oeste: Distrito de Chorrillos, Norte: Av. MORDAZA MORDAZA, Sur: Panamericana Sur KM 22. Segunda.- El pago de los derechos y multas se efectuaran en la Sub Gerencia de Tesoreria y la recaudacion de las sanciones por infracciones que genera la presente Ordenanza, se destinara exclusivamente a las acciones de mantenimiento de infraestructura Vial y al equipamiento de la Sub Gerencia de Transporte, MORDAZA y Seguridad Vial. Tercera.- Las infracciones tipificadas en la presente Ordenanza, seran sancionadas con una escala de multas, teniendo como referencia la unidad impositiva tributaria vigente.

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