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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 11 de abril de 2012 463880 Pasajes Aéreos Seguros de Viaje Viáticos Gastos de Instalación y Traslado US$ 1393.66 US$ 75.00 US$ 880.00 US$ 220.00 Artículo Tercero.- La rendición de cuentas se efectuará dentro de los quince (15) días calendarios de efectuado el viaje. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente resolución, a la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú, Gerencia General y Gerencias Centrales de Logística y Finanzas, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 774775-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 811-2012-MP-FN Mediante Ofi cio N° 6843-2012-MP-FN-SEGFIN, el Ministerio Público solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 811-2012-MP- FN, publicada en la edición del día 31 de marzo de 2012. DICE: Artículo Segundo.- NOMBRAR a la doctora IDA ROMERO ANCHIRAICO, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Junín, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Satipo. DEBE DECIR: Artículo Segundo.- NOMBRAR a la doctora IDA ROMERO ANCHIRAICO, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Junín, designándola en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Mixta de Satipo 774724-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan viaje de funcionario a Colombia para participar en la Reunión de Trabajo sobre Banca Móvil en Latinoamérica RESOLUCIÓN SBS Nº 2305-2012 Lima, 10 de abril de 2012 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES (a.i.) VISTA: La invitación cursada por la Asociación de Supervisores Bancarios de las Américas (ASBA) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fi n de participar en la Reunión de Trabajo sobre Banca Móvil en Latinoamérica, evento organizado en forma conjunta con la Federación Latinoamericana de Bancos (FELABAN), la misma que se llevará a cabo los días 12 y 13 de abril de 2012, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones es miembro de la Asociación de Supervisores Bancarios de las Américas (ASBA), por lo que su participación en las actividades de la citada Asociación brindará la oportunidad de tomar conocimiento y contribuir con la adopción de acuerdos entre los países miembros destinados a mejorar la regulación y la supervisión del sistema fi nanciero en la región; Que, este evento tiene como principal propósito identifi car los objetivos y defi nir el alcance del trabajo a desarrollar por los países miembros de ASBA, con el fi n de establecer las bases para la regulación de las operaciones de la banca móvil y condiciones mínimas de operación, para lo cual se revisará y analizará, entre otros temas, la evolución de la banca móvil en el mundo y en los países de la región, la seguridad de la transparencia como un factor de competitividad, el rol de los reguladores y supervisores, entre otros; Que, en tanto los temas que se desarrollarán en la citada reunión de trabajo, redundarán en benefi cio del ejercicio de las funciones de su competencia, se ha considerado conveniente designar al señor Diego Cisneros Salas, Superintendente Adjunto de Banca y Microfi nanzas, para que en representación de esta Superintendencia, participe en el citado evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-15, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2012, estableciéndose en el Numeral 4.3.1., que se autorizarán los viajes al exterior de los funcionarios para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones ofi ciales que comprometan la presencia de sus trabajadores, así como para el ejercicio de funciones o eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar el viaje del citado funcionario, para participar en el referido evento, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos, alimentación y alojamiento serán cubiertos por la Asociación de Supervisores Bancarios de las Américas (ASBA), en tanto que los viáticos complementarios serán asumidos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2012; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros” y de la Resolución SBS Nº 2170-2012, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2012, Nº SBS-DIR-ADM-085- 15; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Diego Cisneros Salas, Superintendente Adjunto de Banca y Microfi nanzas de la SBS, del 11 al 13 de abril de 2012 a la ciudad de Bogotá, República de Colombia para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasajes aéreos, alimentación y alojamiento por los días de la duración del evento, serán fi nanciados por la Asociación de Supervisores Bancarios de las Américas (ASBA), en tanto que los gastos por concepto de viáticos complementarios serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2012, conforme a lo establecido por la Directiva SBS Nº SBS-DIR-ADM- 031-08, de acuerdo al siguiente detalle: