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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ABRIL DEL AÑO 2012 (14/04/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 29

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de abril de 2012 464095 Procurador Público Especializado en asuntos de la Fuerza Aérea del Perú; Que, mediante Ofi cio Nº 475-2012-MINDEF/DM, de fecha 9 de marzo de 2012, el Ministro de Defensa somete a consideración la propuesta de designación del señor abogado Coronel FAP Álvaro Javier Guerra Carrillo, como Procurador Público Especializado en asuntos de la Fuerza Aérea del Perú; Que, conforme al Ofi cio de visto, la Secretaría Técnica del Consejo de Defensa Jurídica del Estado informa que el citado Consejo ha propuesto dar por concluida la designación del señor abogado Coronel FAP Félix David Geng Chau, como Procurador Público Especializado en asuntos de la Fuerza Aérea del Perú, quien ha pasado a la situación militar de retiro, y que se designe en su reemplazo al señor abogado Coronel FAP Álvaro Javier Guerra Carrillo, resultando pertinente emitir el acto correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Legislativo Nº 1068 por el cual se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017- 2008-JUS; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del señor abogado Coronel FAP Félix David Geng Chau, como Procurador Público Especializado en asuntos de la Fuerza Aérea del Perú, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor abogado Coronel FAP Álvaro Javier Guerra Carrillo, como Procurador Público Especializado en asuntos de la Fuerza Aérea del Perú. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Ministro de Justicia y Derechos Humanos LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa 776573-8 Designan Directora General Adjunta de la Oficina General de Administración del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0101-2012-JUS Lima, 13 de abril de 2012 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de confi anza de Director de Sistema Administrativo III, Nivel F-4, Plaza Nº 83, Director General Adjunto de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, a fi n de garantizar el normal desarrollo de las actividades de la citada dependencia, resulta necesario designar a la persona que desempeñará las funciones de dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 27594, Ley que regula la Participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora CPC Sofía María Patricia Rodríguez Soto, en el cargo de Directora de Sistema Administrativo III, Nivel F-4, Director General Adjunto de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Ministro de Justicia y Derechos Humanos 776545-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Decreto Supremo que aprueba el “Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia – PNAIA 2012-2021” y constituye Comisión Multisectorial encargada de su implementación DECRETO SUPREMO Nº 001-2012-MIMP EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Convención sobre los Derechos del Niño, ratifi cada por el Perú mediante Resolución Legislativa Nº 25278, es el instrumento internacional de mayor relevancia en materia de infancia y adolescencia, constituyéndose en el referente para la construcción de políticas públicas nacionales en esta temática; Que, el artículo 4º de la citada norma internacional, establece que los Estados Partes adoptarán todas las medidas administrativas, legislativas y de otra índole para dar efectividad a los derechos reconocidos en la referida Convención. De igual modo en el artículo 6º dispone que los Estados Partes garantizarán en la máxima medida posible la supervivencia y el desarrollo del niño; Que, la Constitución Política del Perú, en el artículo 4º, recoge los preceptos de la Convención al disponer que la comunidad y el Estado protegen especialmente al niño y al adolescente. Asimismo, el artículo II del Título Preliminar del Código de los Niños y Adolescentes, aprobado mediante Ley Nº 27337, señala que el niño y el adolescente son sujetos de derechos, libertades y de protección específi ca; Que, en el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM se prevén las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, estipulando en el artículo 2, numeral 6), en materia de inclusión, que es política nacional de obligatorio cumplimiento, entre otros, desarrollar programas destinados a reducir la mortalidad infantil, prevenir las enfermedades crónicas y mejorar la nutrición de los menores de edad; adoptar medidas de erradicación de las peores formas del trabajo infantil y apoyar la promoción de la paternidad responsable, así como garantizar el respeto de los derechos de grupos vulnerables, erradicando toda forma de discriminación; Que, en armonía con las normas mencionadas, los gobiernos regionales y locales también han asumido responsabilidades en materia de protección y apoyo a la infancia y la adolescencia, como se plasma en el artículo