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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 25 de abril de 2012 464888 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Aprueban trámite anticipado, inscripción del “Primer Programa de Bonos Corporativos y Certificados de Depósitos Negociables de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A.” y el registro del prospecto marco en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA GENERAL SMV Nº 034-2012-SMV/11.1 Lima, 13 de abril de 2012 EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN DE CONDUCTAS VISTOS: El expediente Nº 2011034877 y el Informe Nº 275-2012- EF/11.1, de fecha 13 de abril de 2012, de la Intendencia General de Supervisión de Conductas; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 221º, numeral 14, de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, aprobada mediante Ley Nº 26702 y sus modifi catorias, las empresas del sistema fi nanciero pueden emitir y colocar instrumentos representativos de obligaciones, siempre que sean de su propia emisión; Que, el artículo 232º de la norma mencionada precedentemente establece que para realizar la emisión de instrumentos fi nancieros que tengan la condición de valores mobiliarios y que se emitan por oferta pública se debe contar previamente con la opinión favorable expedida por resolución de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP; Que, en virtud de la Resolución SBS Nº 8028-2011, de fecha 13 de julio de 2011, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP opinó favorablemente para la emisión del “Primer Programa de Bonos Corporativos y Certifi cados de Depósitos Negociables de Caja Municipal de Ahorro y Crédito Huancayo S.A.” hasta por un monto máximo en circulación de S/. 45´000 000.00 (Cuarenta y cinco Millones y 00/100 Nuevos Soles) o su equivalente en Dólares de los Estados Unidos de América; Que, el 13 de abril de 2012, Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A. completó su solicitud de aprobación del trámite anticipado, inscripción del “Primer Programa de Bonos Corporativos y Certifi cados de Depósitos Negociables de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A.” hasta por un monto máximo en circulación de S/. 45´000 000,00 (Cuarenta y cinco Millones y 00/100 Nuevos Soles) o su equivalente en Dólares de los Estados Unidos de América, así como el registro del prospecto marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, asimismo en dicha fecha completó su solicitud de inscripción de los valores denominados “Certifi cados de Depósito Negociables de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A - Primera Emisión” hasta por un monto máximo en circulación de S/. 10´000 000,00 (Diez Millones y 00/100 Nuevos Soles), así como el registro del prospecto complementario correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, de la evaluación de la documentación presentada, se ha determinado que Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A. ha cumplido con presentar la información requerida por la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861 y sus normas modifi catorias, el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado mediante Resolución CONASEV Nº 141-1998-EF/94.10 y sus normas modifi catorias y complementarias; Que, a la fecha, Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A. no posee la condición de Entidad Califi cada; Que, el artículo 2º, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobadas por Resolución Nº 073-2004-EF- 94.10, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción de los valores mobiliarios objeto de oferta pública y el registro de los prospectos informativos correspondientes en el registro Público del Mercado de Valores deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe), y; Estando a lo dispuesto por los artículos 53º y siguientes de la Ley del Mercado de Valores, así como a lo establecido por el artículo 46º, numeral 4, del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF, que faculta a la Intendencia General de Supervisión de Conductas a resolver las solicitudes formuladas por los administrados vinculadas a las ofertas públicas primarias y evaluar y/o resolver todo trámite vinculado a dichas ofertas. RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el trámite anticipado, inscribir el programa denominado “Primer Programa de Bonos Corporativos y Certifi cados de Depósitos Negociables de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A.” hasta por un monto máximo en circulación de S/. 45´000 000.00 (Cuarenta y cinco Millones y 00/100 Nuevos Soles) o su equivalente en Dólares de los Estados Unidos de América, y disponer el registro del prospecto marco respectivo en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2º.- Disponer la inscripción de los valores denominados “Certifi cados de Depósito Negociables de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A - Primera Emisión” hasta por un monto máximo en circulación de S/.10´000 000,00 (Diez Millones y 00/100 Nuevos Soles), y el registro del correspondiente complemento del prospecto marco en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 3º.- La oferta pública de los valores a que se refi ere el artículo 1º de la presente Resolución deberá efectuarse con sujeción a lo dispuesto por el artículo 25º; y, de ser el caso, por el artículo 29º del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado mediante Resolución CONASEV Nº 141-1998-EF/94.10 y sus normas modifi catorias y complementarias. Asimismo, se deberá cumplir con presentar a la Superintendencia del Mercado de Valores la documentación e información a que se refi eren los artículos 23º y 24º del mencionado Reglamento. Siempre y cuando los plazos del programa y del trámite anticipado no hayan culminado, la colocación de los valores a los que se refi ere el presente artículo se podrá efectuar en un plazo que no excederá de nueve (9) meses, contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores. El plazo de colocación es prorrogable hasta por un período igual, a petición de parte. Para tales efectos, la solicitud de prórroga en ningún caso podrá ser presentada después de vencido el referido plazo de colocación. Artículo 4º.- La inscripción y el registro al que se refi ere el artículo 1º de la presente Resolución no implican que la Superintendencia del Mercado de Valores recomiende la inversión en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e información para una evaluación complementaria están a disposición de los interesados en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 5º.- La presente Resolución deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe), de forma previa a la colocación de los valores. Artículo 6º.- Transcribir la presente Resolución a Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A en su calidad de emisor, al Banco Internacional del Perú