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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de abril de 2012 464960 DECRETA: Artículo Único.- Ratifícase el “Convenio sobre el Traslado de Personas Condenadas entre la República del Perú y Suiza” suscrito el 18 de noviembre de 2010, en la ciudad de Lima, República del Perú, y aprobado por Resolución Legislativa Nº 29842 de 14 de marzo de 2012. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de abril del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 781911-1 Ratifican la “Convención sobre Municiones en Racimo” DECRETO SUPREMO Nº 021-2012-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la “Convención sobre Municiones en Racimo” fue hecha el 30 de mayo de 2008, en la ciudad de Dublín, Irlanda y suscrita por el Estado Peruano el 3 de diciembre de 2008, en la ciudad de Oslo, Reino de Noruega, y aprobada por Resolución Legislativa Nº 29843 de 14 de marzo de 2012; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 56º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647; DECRETA: Artículo Único.- Ratifícase la “Convención sobre Municiones en Racimo” hecha el 30 de mayo de 2008, en la ciudad de Dublín, Irlanda y suscrita por el Estado Peruano el 3 de diciembre de 2008, en la ciudad de Oslo, Reino de Noruega, y aprobada por Resolución Legislativa Nº 29843 de 14 de marzo de 2012. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de abril del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 781911-2 Ratifican el “Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República Oriental del Uruguay” DECRETO SUPREMO Nº 022-2012-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, el “Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República Oriental del Uruguay” fue suscrito el 9 de julio de 2007, en la ciudad de Lima, República del Perú y aprobado por Resolución Legislativa Nº 29844 de 14 de marzo de 2012; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 56º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647;DECRETA: Artículo Único.- Ratifícase el “Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República Oriental del Uruguay” suscrito el 9 de julio de 2007, en la ciudad de Lima, República del Perú y aprobado por Resolución Legislativa Nº 29844 de 14 de marzo de 2012 Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de abril del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 781911-3 Designan Fedatario del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0431/RE-2012 Lima, 24 de abril de 2012 Vista la Resolución Ministerial Nº 0115-2012-RE, que designó al Servidor Administrativo, nivel SPD, Rubén Hermógenes Barreto Romero, como Fedatario del Ministerio de Relaciones Exteriores, por el período de dos (02) años, a partir del 07 de febrero de 2012; CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 0214- 2012-RE, se traslada, entre otros funcionarios y servidores administrativos nombrados de carrera del Ministerio de Relaciones Exteriores, al citado servidor administrativo, para que desempeñe el cargo de profesional contable en la Embajada del Perú en los Estados Unidos Mexicanos; Que, por Resolución Viceministerial Nº 0102-2012- RE, se fi ja el 15 de abril de 2012, como la nueva fecha en la que el citado servidor administrativo deberá asumir funciones en la Embajada del Perú en los Estados Unidos Mexicanos; Que, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que cada entidad designará Fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención, quienes, sin exclusión de sus labores ordinarias, brindarán gratuitamente sus servicios a los administrados; Que, asimismo, el Fedatario tiene como labor personalísima, comprobar y autenticar, previo cotejo entre el original que exhibe el administrado y la copia presentada, la fi delidad del contenido de esta última para su empleo en los procedimientos de la entidad, así como certi fi car fi rmas previa veri fi cación de la identidad del suscriptor, para las actuaciones administrativas concretas en que sea necesario; Que, en tal sentido, se requiere designar a un nuevo Fedatario del Ministerio de Relaciones Exteriores, que cumpla con lo dispuesto en el artículo 127º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con los artículos 17º y 127º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar término a la designación del Servidor Administrativo, nivel SPD, Rubén Hermógenes Barreto Romero, como Fedatario del Ministerio de Relaciones Exteriores, con e fi cacia anticipada, con fecha 14 de abril de 2012. Artículo 2°.- Designar al Servidor Administrativo, nivel STF, Juan Carlos Salazar Cruzado, quien desempeña funciones en la Dirección de Promoción del Turismo, de la Dirección General de Promoción Económica, como Fedatario del Ministerio de Relaciones Exteriores, por el período de dos (02) años, con e fi cacia anticipada, a partir del 15 de abril de 2012. Artículo 3°.- El citado Fedatario desempeñará sus funciones en forma ad-honorem y el servicio que brinda será totalmente gratuito.