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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de abril de 2012 464961 Artículo 4°.- El Fedatario designado queda obligado a llevar un registro de los actos que autentique y de las certi fi caciones que realice en el ejercicio de sus funciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 781438-1 Autorizan viaje de funcionario diplomático a Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0432/RE-2012 Lima,24 de abril de 2012 CONSIDERANDO:Que, es objetivo de la Política Exterior del Perú promover los intereses del país, a nivel bilateral y multilateral, con miras a consolidar su presencia regional e internacional en los diversos foros internacionales como la Unión Suramericana de Naciones (UNASUR); Que, se llevará a cabo la XIV Reunión del Grupo de Trabajo de Integración Financiera de la UNASUR (GTIF), en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 10 al 11 de mayo de 2012; Teniendo en cuenta los Memoranda (DAE) N° DAE0441/2012, de la Dirección General para Asuntos Económicos, de 13 de abril de 2012; y (OPR) N° OPR0246/2012, de la O fi cina de Programación y Presupuesto, de 19 de abril de 2012, que otorga certi fi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modi fi catorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Elmer José Germán Gonzalo Schialer Salcedo, Director de Negociaciones Económicas Internacionales, de la Dirección General para Asuntos Económicos, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 10 al 11 de mayo de 2012, para que participe en la XIV Reunión del Grupo de Trabajo de Integración Financiera de la UNASUR (GTIF). Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 19437: Integración Política y Negociaciones Económico Comerciales Internacionales, debiendo presentar la rendición de cuenta de acuerdo a ley, en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes Clase Económica US$Viáticos por día US$Número de díasTotal Viáticos US$ Elmer José Germán Gon- zalo Schialer Salcedo978.07 200.00 2+1 600.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático presentará ante el Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asista. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 781438-2 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Aprueban la Directiva General N° 002-2012-MTPE/3/18 “Lineamientos para la Atención de los Usuarios de la Ventanilla Única de Promoción del Empleo” y sus anexos RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 109-2012-TR Lima, 25 de abril de 2012 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la recti fi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión recti fi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a recti fi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL