Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2012 (26/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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OPUS 50 Compact, MORDAZA portatil, ano 2001 con Ficha de Homologacion Nº 001-D, Codigo de Homologacion D-0012003-DGASA-MTC, con Certificado Nº 001, cuyo plazo se extendio por el periodo de dos anos, contados a partir de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano; Que, en igual sentido la empresa Z. FLEISCHMAN Y CIA. S.A.C., obtuvo mediante Resolucion Directoral Nº 072-2005-MTC/16 de fecha 14 de diciembre de 2005, la MORDAZA renovacion de la homologacion del equipo Opacimetro, MORDAZA OPUS Prodox AB (Suecia), modelo OPUS 50 Compact, MORDAZA portatil, ano 2001, con Ficha de Homologacion Nº 006-D(R), Codigo Nº D(R)-001-2003DGASA-MTC, con Certificado Nº 016, cuyo plazo se extendio por el periodo de dos anos, contados a partir de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano; Que, de la misma manera, la empresa Z. FLEISCHMAN Y CIA. S.A.C., obtuvo mediante Resolucion Directoral Nº 0105-2007-MTC/16 de fecha 13 de noviembre de 2007, la tercera renovacion de la homologacion del equipo Opacimetro, MORDAZA OPUS Prodox AB (Suecia), modelo OPUS 50 Compact, MORDAZA portatil, ano 2001, con Ficha de Homologacion Nº 010-D(R), Codigo Nº D(R)-001-2003DGASA-MTC, con Certificado Nº 024, cuyo plazo se extendio por el periodo de dos anos, contados a partir de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano; Que, con Resolucion Directoral Nº 155-2010-MTC/16, publicada con fecha 27 de marzo de 2011 se aprobo la renovacion de la vigencia de homologacion del equipo Opacimetro, MORDAZA Opus Prodox AB (Suecia), modelo OPUS 50 Compact, MORDAZA portatil, ano 2001, con Certificado de Equipo Homologado para la medicion de emisiones vehiculares Nº 032, Ficha de Homologacion Nº 014-D(R) y Codigo de Homologacion D(R)-001-2003-DGASA-MTC, a favor de la empresa Z. FLEISCHMAN Y CIA. S.A.C., teniendo esta una vigencia de dos (02) anos, contados a partir de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano; Que, del Informe Nº 019-2012-MTC/16.01.odet, el mismo que cuenta con la conformidad de la Direccion de gestion Ambiental se desprende que la empresa Z. FLEISCHMAN Y CIA. S.A.C. ha cumplido con presentar adjunto a su solicitud de renovacion, la declaracion jurada exigida en la que conste que el solicitante mantiene su condicion de fabricante o representante autorizado y que el equipo no ha sufrido modificacion de las caracteristicas tecnicas con las cuales fue homologado, cumpliendo lo exigido por el articulo 12º del Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC; De conformidad con la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, Decreto Supremo Nº 047-2001-MTC, Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC; y, Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APROBAR la renovacion de la vigencia de homologacion del equipo Opacimetro, MORDAZA Opus Prodox AB (Suecia), modelo OPUS 50 Compact, MORDAZA portatil, ano 2001, con Certificado de Equipo Homologado para la medicion de emisiones vehiculares Nº 032, Ficha de Homologacion Nº 014-D(R) y Codigo de Homologacion D(R)-001-2003DGASA-MTC, a favor de la empresa Z. FLEISCHMAN Y CIA. S.A.C. Esta aprobacion tendra una vigencia de dos (02) anos, contados a partir de la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- PUBLICAR en el Diario Oficial El Peruano la presente Resolucion Directoral, cuyo costo, de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC, debera correr por cuenta de la empresa Z. FLEISCHMAN Y CIA. S.A.C. Articulo 3º.- El uso de los equipos homologados para el control oficial de los limites maximos permisibles, requerira de la previa autorizacion de uso, emitida por esta Direccion General, de conformidad con los articulos 15º y siguientes del Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC. Articulo 4º.- El titular esta obligado a comunicar los cambios o modificaciones que puedan sufrir los presentes modelos de equipos en su conformacion o funcionamiento, asi como en la informacion presentada para esta aprobacion, pudiendo ser revocada conforme a Ley. Comuniquese, registrese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora General Direccion General de Asuntos Socio Ambientales

Autorizan a JJ Talleres y Conversiones Sociedad Anonima como taller de conversion a gas natural vehicular en local ubicado en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1475-2012-MTC/15
MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2012 VISTOS: Los partes Diarios Nºs. 033479 y 039542 presentados por la empresa denominada JJ TALLERES Y CONVERSIONES SOCIEDAD ANONIMA y; CONSIDERANDO: Que, la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 modificada por las Resoluciones Directorales Nº 7150-2006-MTC/15, Nº 4284-2008-MTC/15 y elevada al rango de Decreto Supremo mediante articulo 2 del Decreto Supremo 016-2008-MTC sobre "Regimen de autorizacion y funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y Talleres de Conversion a GNV" en adelante la Directiva, establece el procedimiento y requisitos que deben presentar las personas juridicas para ser autorizadas como Talleres de Conversion a Gas Natural Vehicular-GNV; Que, de acuerdo al numeral 6 de la Directiva, el Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular, es el establecimiento autorizado por la Direccion General de Transporte Terrestre para realizar la conversion del sistema de combustion de los vehiculos originalmente disenados para la combustion de gasolina, diesel o GLP al sistema de combustion de GNV mediante la incorporacion de un kit de conversion, para cuyo efecto dispone de personal tecnico capacitado, instalaciones, equipos, herramientas para la instalacion, mantenimiento y reparacion de los equipos de conversion del motor dedicado instalado y del vehiculo convertido en general; Que, mediante Parte Diario Nº 033479 de fecha 19 de marzo de 2012, la empresa denominada JJ TALLERES Y CONVERSIONES SOCIEDAD ANONIMA en adelante La Empresa, solicita autorizacion como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV, para operar en el inmueble ubicado en Cerro MORDAZA Mz. M, Lt. 01, Urbanizacion San MORDAZA de Monterrico, San MORDAZA de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, a fin de realizar la conversion del sistema de combustion de los vehiculos originalmente disenados para la combustion de gasolina, diesel o GLP al sistema de combustion de GNV, para cuyo efecto manifiesta disponer de personal tecnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalacion, mantenimiento y reparacion de los equipos de conversion; Que, mediante Oficio Nº 2370-2012-MTC/15.03 de fecha 28 de marzo de 2012 y notificado el 29 de marzo del presente ano, esta administracion formulo las observaciones pertinentes de la solicitud presentada por La Empresa, requiriendole la subsanacion correspondiente, para el cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles a fin de que subsane adecuadamente los defectos advertidos y mediante Parte Diario Nº 039542 de fecha 02 de MORDAZA de 2012, La Empresa presento diversa documentacion con la finalidad de subsanar las observaciones senaladas en el oficio indicado; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial en el Informe Nº 234-2012MTC/15.03.A.LEGAL.rgy, resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con la Ley Nº 29370, Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modificatorias; y la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 sobre el "Regimen de Autorizacion y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversion a GNV", aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 y modificada por las Resoluciones Directorales Nº 71502006-MTC/15 y Nº 4284-2008-MTC/15 y elevado al rango de Decreto Supremo conforme Articulo 2 del Decreto Supremo Nº 016-2008 MTC. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la empresa JJ TALLERES Y CONVERSIONES SOCIEDAD ANONIMA, como Taller

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