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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2012 (27/04/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 60

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de abril de 2012 465086 Con las visaciones de los titulares de la Gerencia General, Gerencia de Producción y Asistencia Social, Ofi cina de Asesoría Jurídica, Ofi cina de Planifi cación, Ofi cina de Administración, en uso de las facultades conferidas mediante Resolución de Alcaldía N° 119-2012- MPC/AL del 08 de febrero de 2012 y del Decreto Supremo N° 004-2010-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones de la Sociedad de Benefi cencia Pública del Callao, el mismo que consta de cinco (05) títulos, ochenta y cuatro (84) artículos, seis (06) disposiciones complementarias, transitorias y fi nales y un anexo en el que obra el organigrama de la institución. Artículo 2º.- Dejar sin efecto todas las normas administrativas que se opongan al presente Reglamento de Organización y Funciones de la Sociedad de Benefi cencia Pública del Callao. Artículo 3°.- Publicar la presente Resolución Presidencial en el Diario Ofi cial El Peruano, de acuerdo a la normatividad vigente. Artículo 4º.- Publicar la presente Resolución Presidencial y el texto del Reglamento de Organización y Funciones aprobado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Web Institucional de la Sociedad de Benefi cencia Pública del Callao (www. sbpcallao.gob.pe). Artículo 5º.- Remitir copia de la presente Resolución y del Reglamento de Organización y Funciones aprobado, a la Municipalidad Provincial del Callao y al Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar INABIF, para conocimiento. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GEORGE VICTOR COLLANTES FERNÁNDEZ Presidente Soc. Benefi cencia Pública del Callao 782069-1 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del Acuerdo con la Confederación Suiza relativo al “Apoyo al Programa de Mejoramiento Continuo de la Gestión de las Finanzas Públicas del Perú” Entrada en vigencia del “Acuerdo entre la Confederación Suiza, representada por la Embajada de Suiza - Ofi cina de Cooperación Suiza en Perú y la República del Perú, representada por el Ministerio de Relaciones Exteriores relativo al “Apoyo al Programa de Mejoramiento Continuo de la Gestión de las Finanzas Públicas del Perú”, hecho el 18 de noviembre de 2011, en la ciudad de Lima, República del Perú y ratifi cado por Decreto Supremo 017-2012-RE de fecha 16 de abril de 2012, publicado el 17 de abril de 2012. Entró en vigencia el 17 de abril 2012. 782249-1 Entrada en vigencia del Acuerdo de Cooperación en Materia de Desarrollo del Transporte Fluvial en los Ríos Amazónicos, suscrito con el Gobierno de la República Federativa del Brasil Entrada en vigencia del “Acuerdo de Cooperación en Materia de Desarrollo del Transporte Fluvial en los Ríos Amazónicos entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Federativa del Brasil”, suscrito el 11 de diciembre de 2009, en la ciudad de Lima, República del Perú y ratifi cado por Decreto Supremo 016- 2012-RE de fecha 16 de abril de 2012, publicado el 17 de abril de 2012. Entró en vigencia el 11 de diciembre 2009. 782221-1 Entrada en vigencia del Acuerdo de Cooperación en Materia de Medio Ambiente entre la República de Honduras y la República del Perú Entrada en vigencia del “Acuerdo de Cooperación en Materia de Medio Ambiente entre la República de Honduras y la República del Perú” fi rmado el 08 de marzo de 2011, en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, República de Honduras y ratifi cado por Decreto Supremo 118- 2011-RE de fecha 17 de octubre de 2011, publicado el 18 de abril de 2012. Entró en vigencia el 06 de marzo 2012. 782240-1 Entrada en vigencia del Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable “Plan de Desarrollo del Sistema Hidroviario del Amazonas” Entrada en vigencia del “Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable Nº ATN/OC-12056-PE “Plan de Desarrollo del Sistema Hidroviario del Amazonas”, suscrito el 12 de octubre de 2011, en la ciudad de Lima, República del Perú y ratifi cado por Decreto Supremo 014- 2012-RE de fecha 16 de abril de 2012, publicado el 17 de abril de 2012. Entró en vigencia el 17 de abril 2012. 782227-1 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL