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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2012 (27/04/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 59

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de abril de 2012 465085 Participativos anuales, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la Ley de la materia y en concordancia con los Planes de Desarrollo Concertado de su jurisdicción; Que, según lo dispuesto en el artículo 20° de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, los Gobiernos Regionales y Locales se sustentan y rigen por Presupuestos Participativos Anuales como instrumentos de Administración y Gestión, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a Ley, y en concordancia con los Planes de Desarrollo Concertados; Que, la Ley del Marco Presupuesto Participativo N° 28056, establece disposiciones que aseguran la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de la programación participativa del Presupuesto de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; Que, por Ley Nº 29298 modifi ca los artículos 4º,5º,6º y 7º de la Ley Nº 28056, referidos a las instancias, alcances, fases y ofi cialización de compromisos del proceso de Presupuesto Participativo, precisando además, que cada instancia del proceso de programación participativa formula su presupuesto participativo, respetando el marco de las competencias establecidas en la Constitución Política del Perú y en la correspondiente leyes orgánicas; Que, mediante Resolución Directoral Nº007-2010- EF/76.01 la Dirección Nacional del presupuesto Público - DNPP del Ministerio de Economía y Finanzas, Aprueban el Instructivo Nº01-2010-EF/76.01-Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, aprobado el 26 de Marzo del 2010 es cual tiene carácter general y permanente; y multianual; debiéndose precisar que el Presupuesto Participativo Basado en Resultados se enmarca dentro del nuevo enfoque de la Gestión Pública, en el cual los recursos públicos se asignan, ejecutan y evalúan en función a cambios específi cos que se deben alcanzar para mejorar el bienestar de la población, ello con el fi n de lograr estos cambios supone producir resultados que mejoren notoriamente las condiciones de vida de las personas, comprendiendo la incorporación al proceso del presupuesto participativo, de las corrientes renovadoras del presupuesto y la gestión por resultados en los que el ciudadano y los resultados que estos requieren y valoran se constituyen en el eje del accionar público, siendo que para tal fi n, se estructuran los presupuestos en función a los productos, entendidos como conjuntos de bienes y servicios, que la población recibe para lograr los resultados; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los Artículos 9º, 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades- Ley Nº 27972, con el voto favorable de diez miembros del concejo presentes (Palomino Huayta, Rojas Pumacayo, Orreaga Vivanco, Bravo Díaz, Kjumoo Loayza, Chumbiriza Tapia, Tarazona Fernández, Faris Huuerta, Carhuaricra Uscuchagua y Zúñiga Cano) y dos abstenciones (Zapaylle Lazaro y Vidal Medina) y con dispensa del trámite de comisiones y la lectura y aprobación de Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA DE REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2013 DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Artículo Primero.- APROBAR EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2013 DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO, que consta de 54 Artículos, 07 Disposiciones Complementarias y Finales, 03 anexos y cronograma, que como Anexos forman parte de la presente Ordenanza y cuyo texto íntegro será publicado en la página web de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo www.munivmt.gob.pe. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y en la Página Web de la Entidad. POR TANTO: Regístrese, publìquese, comuníquese y cúmplase. SILVIA BARRERA VASQUEZ Alcaldesa 781992-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Aprueban Reglamento de Organización y Funciones de la Sociedad de Beneficencia Pública del Callao RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 041-2012-SBP-C/P Callao, 15 de marzo de 2012 VISTOS: El Informe Nº 034-2012-SBP-C-GG de la Gerencia General, el Informe Nº 038-2012-SBP-C-OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 048-2012-SBP-C-GG de la Gerencia General y el Informe Nº 044-2012-SBP-C-OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y el Acuerdo de Directorio Nº 011-2012-D/SBP-C, adoptado en Sesión Ordinaria Nº 006- 2012-D/SBP-C del 29 de febrero de 2012, sobre aprobación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Sociedad de Benefi cencia Pública del Callao; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 043-2006- PCM publicado el 26 de julio del 2006, se aprueban los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, dentro de este contexto la Ofi cina de Planifi cación, conjuntamente con la Ofi cina de Asesoría Legal de la Sociedad de Benefi cencia Pública del Callao expidieron el Informe Técnico Legal N° 001-2011-SBP-C/OPP/OAJ del 06/10/11 remiten a la Presidencia de la SBP-C un proyecto de Reglamento de Organización y Funciones para la SBP-C, el mismo que se remite a la Municipalidad Provincial del Callao para su opinión y aportes pertinentes. Que, mediante Ofi cio N° 721 y 729-2011-MPC-SG del 19 y 26 de octubre de 2011 respectivamente, la Secretaría General de la Municipalidad Provincial del Callao remite el Memorándum N° 953-2011-MPC/GGAJC de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación en la que dicha Ofi cina emite opinión favorable, alcanzando algunas aportaciones; asimismo, se remite el Memorando N° 672- 2011-MPC/GGSSC de la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales, que igualmente concluye que el proyecto de ROF de la SBP-C es viable; mediante Informe N° 663-2011-SBP-C-GPAS la Gerencia de Producción y Asistencia Social de la SBP-C alcanza algunas apreciaciones respecto al proyecto de ROF en comento. Que, mediante Nota N° 015-2012-SBP-C/OAJ del 31/01/12 la Ofi cina de Asesoría Jurídica remite el Informe Legal N° 030-2012-SBP-C/OAJ y el Informe N° 003-2012- SBP-C/OPP en el que se acogen la mayoría de los aportes de las mencionadas dependencias administrativas, exponiendo los fundamentos técnico legales de cada una de las modifi caciones estructurales y marco legal respectivo. Que, en Sesión del Directorio N° 004-2012-D/SBP-C del 07 de febrero del 2012, el Directorio realizó algunas precisiones y modifi caciones estructurales al proyecto alcanzado, devolviendo los actuados a las Ofi cinas de Planifi cación y Asesoría Jurídica; y, mediante Informe N° 006-2012-SBP-C/OP del 21 de febrero de 2012, la Ofi cina de Planifi cación integra al proyecto del ROF los alcances formulados por los miembros del Directorio de la SBP-C, y mediante Informe Legal N° 038-2012-SBP-C/OP-OAJ del 21/02/12 se emite opinión legal favorable, informes que mediante Nota N° 021-2012-SBP-C/OAJ del 21/02/12 se remiten conjuntamente con todos los actuados a la Presidencia de la SBP-C. Que, mediante Acuerdo de Directorio Nº 011-2012- D/SBP-C, adoptado en Sesión Ordinaria Nº 006-2012- D/SBP-C del 29 de febrero de 2012, se ha aprobado por unanimidad el Reglamento de Organización y Funciones - ROF para la Sociedad de Benefi cencia Pública del Callao.