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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de abril de 2012 465079 MUNICIPALIDAD DE LINCE Establecen la obligatoriedad de poner en práctica los planes de seguridad y/o contingencia en los ejercicios de simulacros establecidos por el Poder Ejecutivo o la Municipalidad de Lince ORDENANZA Nº 309-MDL Lince, 20 de abril del 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE VISTOS: en Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 01, de fecha 16 de Abril del 2012, emitido por la Comisión de Servicios a la Ciudad, Seguridad Ciudadana y Participación Vecinal, con votación por MAYORIA de los señores regidores, abstención del regidor Manuel Antonio Ato del Avellanal Carrera, y con dispensa del trámite de Lectura y Aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LA OBLIGATORIEDAD DE PONER EN PRÁCTICA LOS PLANES DE SEGURIDAD Y/O CONTINGENCIA EN LOS EJERCICIOS DE SIMULACROS ESTABLECIDOS POR EL PODER EJECUTIVO O POR LA MUNICIPALIDAD DE LINCE CAPÍTULO I DIPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Objeto La presente Ordenanza tiene por objeto establecer la obligatoriedad de poner en práctica los Planes de Seguridad y/o Contingencia de los establecimientos públicos y privados en los ejercicios de simulacros programados por el Poder Ejecutivo, o por la Municipalidad de Lince, en resguardo de la vida y la salud de las personas que laboran y/o concurren a los mismos. Artículo 2.- Ámbito de Aplicación El ámbito de aplicación de la presente Ordenanza es la Jurisdicción del distrito de Lince, quedando obligados a cumplir las disposiciones contenidas en la misma, los propietarios, representantes legales, administradores, conductores, cuyos establecimientos cuenten con un aforo mínimo de 05 personas estando obligadas a poner en práctica el Plan de Seguridad y/o Contingencia, en los ejercicios de simulacros programados por el Poder Ejecutivo o la Municipalidad de Lince. Artículo 3.- Defi niciones Establecimiento.- Todo inmueble, edifi cación, recinto, local, o instalación donde labore o concurra público y que se encuentra completamente implementada para la actividad a desarrollar, siendo considerado objeto de inspección de seguridad en defensa civil. Plan de Seguridad en Defensa Civil.- Documento que constituye un instrumento de gestión preventivo de fácil implementación por los administrados, que contiene procedimientos específi cos destinados a planifi car, organizar, preparar, controlar y mitigar una emergencia que se presenta en el objeto de inspección, con la fi nalidad de reducir los posibles daños a las personas, su patrimonio y entorno. Incluye directivas, organización de brigadas, equipamiento de seguridad, capacitación y entrenamiento del personal. Plan de Contingencia.- Instrumento de gestión cuya fi nalidad es evitar o reducir los posibles daños a la vida humana, salud, patrimonio y el entorno, integrado por un conjunto de procedimientos específi cos preestablecidos de tipo operativo, destinados a la coordinación, alerta, movilización y respuesta ante una probable situación de emergencia debido a la ocurrencia de un fenómeno natural o por acción del hombre y que se puede manifestar en una instalación, edifi cación y recinto de todo tipo, en cualquier ubicación y durante el desarrollo de una actividad u operación, incluido el transporte. Este Plan requiere la aprobación específi ca de la autoridad competente en materia de Gestión de Riesgos de Desastre, de la actividad desarrollada. Simulacros.- Actos que se basan en la simulación de una situación real de desastre ya sea para recrearla o para prevenirlas y saber cómo actuar ante ellas. CAPÍTULO II ACCIONES DE PREVENCIÓN Artículo 4.- Tarea educativa e informativa La municipalidad contribuirá y facilitará la tarea educativa e informativa de promoción: a) Establecerá en el distrito, políticas y estrategias para promover en los ciudadanos el conocimiento y buen cumplimiento de la legislación nacional y local. b) Fomentar actividades de educación ciudadana para que ayuden a la comunidad a tomar conciencia de la importancia de participar en los simulacros programados por el Poder Ejecutivo y la Municipalidad de Lince. c) Organizará y participará en campañas informativo educativas que preparen a la población para reaccionar en un escenario de trabajo, local comercial, entre otros, a fi n que practiquen como actuar en una emergencia. Considerando que deben prepararse y organizarse para reaccionar individual y en conjunto, conociendo cada uno sus posibilidades, así como sus responsabilidades y obligaciones. CAPÍTULO III DE LA FISCALIZACIÓN Y APLICACIÓN DE LAS SANCIONES Artículo 5.- De la labor de Fiscalización La Municipalidad Distrital de Lince realizará inspecciones para verifi car el cumplimiento de la presente Ordenanza, a través de la Sub. Gerencia de Defensa Civil y la Sub. Gerencia de Fiscalización y Control Administrativo. Artículo 6º.- Del Régimen de Infracciones y Sanciones Incorpórese a la Tabla de Infracciones y Sanciones Administrativas aprobado mediante Ordenanza Nº 215- MDL, y modifi cado por la Ordenanza Nº 264-MDL la siguiente infracción: CÓ- DI- GO INFRACCIÓN Sanción (% UIT) o lo Indicado MEDIDA COMPLE- MENTARIA RAN- GO (*)(**) MARCO LEGAL 14.33 Por no contar y/o poner en práctica el Plan de Seguridad y/o Contingencia, en el ejercicio del simulacro programado, por el ejecutivo y/o la Municipalidad de Lince, poniendo en Riesgo la Vida y la Salud de las personas que laboran y/o concurren al establecimiento. 50% Clausura Temporal hasta subsanar la Infracción. Clausura Defi nitiva (Continuidad o Reincidencia) G LEY Nº 29664 D.S. Nº 048- 2011-PCM D.S. Nº 066- 2007-PCM DISPOSICIONES FINALES COMPLEMENTARIAS Primera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, por un período indefi nido. Segunda.- Encargar a la Subgerencia de Fiscalización y Control Administrativo y Sub Gerencia de Defensa Civil, el cumplimiento de la presente Ordenanza de acuerdo a sus competencias. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARTÍN PRÍNCIPE LAINES Alcalde 781437-1