Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2012 (27/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, viernes 27 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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los protestantes a fin de que se imposibilite el ingreso de trabajadores, contribuyentes y usuarios a nuestra institucion; en tal sentido el servidor impidio el funcionamiento del servicio publico causando graves perjuicios a nuestra entidad. En consecuencia, la conducta desarrollada por el servidor constituye falta grave, que contraviene la normatividad que regula los deberes y obligaciones a que estan sujetos los servidores del Estado; Que, el autor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en su Obra "Soluciones Laborales para el Sector Publico" en el tema Las Faltas Graves en el Sector Publico ­ Un analisis exegetico del articulo 28 del Decreto Legislativo Nº 276 senala que para la sancion de las faltas laborales en el sector publico la garantia de un debido MORDAZA exige que se siga un tramite denominado procedimiento administrativo disciplinario que permita al servidor ejercer su derecho de defensa frente a las imputaciones de la administracion y del mismo modo se exige como garantia que las faltas imputadas se encuentren debidamente tipificadas en la ley. MORDAZA garantias se han cumplido en el presente procedimiento, conforme se aprecia de lo actuado. En cuanto a la concurrencia de varias faltas senala el autor: "(.....) la gravedad del hecho ilicito se determina en funcion de que se configuren o tipifiquen varias faltas, para lo cual deberemos aplicar la teoria de la absorcion al momento de determinar la sancion, aplicando asi la mas grave de las sanciones configuradas"; Que, el autor referido en el considerando precedente senala respecto de los actos de violencia que no es necesario que el acto conlleve consecuencias daninas graves para la persona agredida: la violencia, para que sea tal, no tiene que ser grave, pues de por si reviste la gravedad suficiente para justificar la sancion; Que, por otro lado la Comision senala que del analisis del descargo analizado en los puntos 7, 8 y 9 se advierte que a pesar de las actuaciones de los medios probatorios tales como las manifestaciones de los senores MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA obrantes en autos, asimismo su propia manifestacion no desvirtuan los cargos imputados en el proceso; Que, acorde a los fundamentos de hecho y derecho que expone la Comision Permanente de Procesos Administrativos concluye que existe la comision de faltas de naturaleza grave; en consecuencia en uso de sus facultades y por mayoria, recomienda se imponga al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA la sancion de Destitucion; Que, en el numeral VIII del Informe Nº 005-2012-MDLO/ CPPAD 2012 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos y Disciplinarios obra el MORDAZA discordante del Senor Loguino MORDAZA MORDAZA representante titular de los servidores que se detalla expresamente: "Senala que su MORDAZA es en contra, en razon de que de acuerdo a informacion obrante en el presente expediente y otros, video y MORDAZA fotograficas que visualizo en su oportunidad, asi como de las manifestaciones de los supuestos agredidos no observe ninguna falta que se pueda catalogar como grave que amerite lo que en mayoria se ha decidido, mas aun teniendo conocimiento de otros casos anteriores que ha tratado la CPPAD de faltas gravisimas que han merituado sanciones menores. Precisa ademas que de acuerdo a ley, el plazo para resolver la sancion a imponer a dicho servidor es de treinta (30) dias utiles posterior a la notificacion al servidor investigado, por lo que la accion ha prescrito, por lo tanto en el presente caso procede el archivamiento definitivo."; Estando a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el articulo 20º, inciso 6, de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Articulo Primero.- SANCIONAR al servidor publico contratado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARINOS con la sancion de DESTITUCION por la comision de faltas administrativas previstas y tipificadas en el inciso a) c) y e) del articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 que aprueba la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; conforme a los fundamentos expuestos esgrimidos en la presente Resolucion. Articulo Segundo.La GERENCIA DE ADMINISTRACION accionara conforme a su competencia, acorde con la Resolucion Ministerial Nº 017-2007-PCM que aprueba la Directiva para el uso, registro y consulta del

Sistema Electronico del Registro Nacional de Sanciones de Destitucion y Despido ­ RNSDD. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la SUB GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion, haciendose de conocimiento la presente a la GERENCIA MUNICIPAL, PROCURADURIA PUBLICA MUNICIPAL para los fines de su estricta competencia. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

782136-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Modifican el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 003-2012-DA-MDMM
MORDAZA MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA VISTOS: El Informe Nº 136-2012-DOPT-GDUO-MDMM de fecha 09 de MORDAZA del 2012, emitido por el Departamento de Obras Publicas y Transportes; el Informe Nº 034-2012GPP/MDMM de fecha 13 de MORDAZA del 2012, emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 302-2012-GAJ-MDMM de fecha 20 de MORDAZA del 2012, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, y; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 establece que las Municipalidades son Organos de Gobierno Local con personeria juridica de derecho publico, con Autonomia Politica, Economica y Administrativa en asuntos de su competencia, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, a traves de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 042-2011-SUNASS-CD, se modifica el Reglamento de Calidad de la Prestacion de Servicios de Saneamiento; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2012-EF, se aprueban los procedimientos para el cumplimiento de metas y asignacion de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal del ano 2012; estableciendo en el Anexo Nº 02, que se debera modificar el MORDAZA en el MORDAZA a la Resolucion del Consejo Directivo Nº 042-2011-SUNASS-CD, MORDAZA del 30 de MORDAZA del 2012, asimismo, en el Anexo Nº 04 del Decreto Supremo referido se establece como meta al 31 de diciembre del 2012, autorizar en un plazo MORDAZA de cinco (05) dias habiles las solicitudes de conexiones de servicios domiciliarios de agua potable; Que, mediante Informe Nº 136-2012-DOPT-GDUOMDMM el Departamento de Obras Publicas y Transporte, valida la propuesta de modificar el procedimiento 9.02 "Autorizacion para obras de conexion domiciliaria de agua, desague, electricidad, cable, fibra optica o gas en la via publica" de acuerdo a lo dispuesto en la Resolucion de Consejo Directiva Nº 042-2011-SUNASS-CD, asi como en cumplimiento de lo establecido en el Decreto Supremo Nº 004-2012-EF; Que, mediante Informe Nº 034-2012-GPP/MDMM de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto e Informe Nº 302-2012-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoria Juridica, se emite opinion favorable respecto a la modificacion propuesta, senalandose que las modificaciones al Texto

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