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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de abril de 2012 465080 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Modifican el TUPA de la Municipalidad Distrital de Los Olivos DECRETO DE ALCALDÍA Nº 021-2012-MDLO/ALC Los Olivos, 25 de Abril de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTOS: El Memorandum Nº 00106-2012-MDLO/ GM y Memorándum Nº 00107-2012-MDLO/GM de la Gerencia Municipal, Informe Nº 00293-2012/MDLO/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Informe Nº 00354- 2012-MDLO/SG e Informe Nº 00356-2012-MDLO/SG de la Secretaria General, y; CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 004-2012-EF aprueba en su artículo primero los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2012, los cuales constan de catorce (14) artículos, una (01) Disposición Complementaria y seis (06) Anexos. Del mismo modo deroga en su artículo cuarto el Decreto Supremo Nº 093-2011-EF. La citada norma contempla que la Municipalidad de Los Olivos acorde al ANEXO Nº 01 fi gura con el Nº 1268 Ubigeo 150117 1 Región Lima Provincia Lima Distrito Los Olivos con clasifi cación CP A; Que el Anexo Nº 02 Metas que deben cumplir las Municipalidades al 31 de julio del año 2012 detalla que las Municipalidades de Ciudades Principales TIPO “A” en materia de procedimientos administrativos que se relacionan con el Texto único de Procedimiento Administrativos de la Municipalidad debe de cumplir, entre otro, con modifi car el Texto Único de Procedimientos de la Municipalidad en el marco de la Resolución del Consejo Directivo Nº 042-2011-SUNASS-CD, antes del 30 de abril del año 2012; Que, la Resolución De Consejo Directivo Nº 042-2011- SUNASS-CD modifi ca los artículos 13, 17, 20, 21 y 22 del “Reglamento de Calidad de la Prestación de Servicios de Saneamiento”, aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 011-2007-SUNASS-CD. Con relación al artículo 21 señala en el plazo para instalar la conexión domiciliaria: “Una vez presentado el contrato de prestación de servicios de saneamiento, debidamente suscrito por el Solicitante, dentro del plazo establecido en la presente norma, y cumplidos los requisitos del artículo 20, la EPS tendrá un plazo máximo de cinco (05) días hábiles para iniciar los trámites municipales respectivos. Una vez obtenidas las autorizaciones, la EPS tendrá un plazo máximo de quince (15) días hábiles para instalar la conexión domiciliaria solicitada, contada a partir del primer día de autorización del inicio de los trabajos.”; Que, el Art. 36º numeral 3 y Artículo 38º numeral 5 de la Ley Nº 27444 señala que las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplifi cación de los mismos, podrán aprobarse por Resolución Ministerial, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, y que una vez aprobado el TUPA, toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar Decreto de Alcaldía en el caso de los gobiernos locales; Que, la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General en sus artículos 40 numeral 1 y 44° numeral indica que las entidades están prohibidas de solicitar para el inicio, prosecución o conclusión de un procedimiento, información o la documentación que la contenga. Del mismo modo no procede establecer derechos de tramitación en los procedimientos administrativos, cuando su tramitación implique para la entidad la prestación de un servicio específi co e individualizable a favor del administrado, o en función del costo derivado de las actividades dirigidas a analizar lo solicitado; salvo en los casos en que existan tributos destinados a fi nanciar directamente las actividades de la entidad; Que, el Artículo 44º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 208-CDLO, de fecha 30 de junio de 2005 se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Los Olivos, dispositivo publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 30 de octubre de 2005, ratifi cado conforme al Acuerdo de Concejo Nº 331 de la Municipalidad Metropolitana de Lima de fecha 27 de octubre de 2005, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 15 de Noviembre de 2005; Que, en atención a los pronunciamientos técnico y legal emitidos contenidos en el Memorándum Nº 00106- 2012-MDLO/GM, Memorándum Nº 00107-2012-MDLO/ GM y Memorándum Nº 108-2012-MDLO/GM de la Gerencia Municipal, Informe Nº 00293-2012/MDLO/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Informe Nº 00354- 2012-MDLO/SG e Informe Nº 00356-2012-MDLO/SG de la Secretaria General, se solicita emitir el Decreto de Alcaldía que modifi que el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de Los Olivos, conforme se especifi ca; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 20º, inciso 6), y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- MODIFIQUESE el TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS – TUPA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS conforme al Cuadro Anexo que forma parte del presente. Artículo Segundo.- HACER DE CONOCIMIENTO de la GERENCIA MUNICIPAL y ENCARGAR a la SECRETARIA GENERAL la publicación del presente en el Diario Ofi cial El Peruano y a la OFICINA DE PRENSA E IMAGEN INSTITUCIONAL la publicación en la página web de la entidad. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu. com.pe. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL