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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de abril de 2012 465176 y/o los CETICOS, y de corresponder el gasto por los opcionales incorporados en la ZOFRATACNA y/o los CETICOS y el monto de la utilidad cuando exista una venta sucesiva antes de la nacionalización.” “6.3 Cuando no resulte aplicable lo señalado en los numerales anteriores para la determinación del valor en aduana, se utilizará la estimación del precio dada por un perito en la materia, independiente del comprador y vendedor. El costo del perito es asumido por el importador de conformidad con lo dispuesto en el literal c) del artículo 6° de la Resolución 1456 de la Comunidad Andina.” Artículo 2°.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA YSBEL FRASSINETTI YBARGUEN Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas (e) 783072-1 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Establecen rol para el Juzgado Penal de Turno Permanente, correspondiente al mes de mayo de 2012 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Consejo Ejecutivo Distrital RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 09- 2012-CED-CSJLI/PJ Lima, 23 de abril de 2012. VISTOS: La Resolución Administrativa Nº 08-2012-CED-CSJLI/ PJ, de fecha tres de abril del dos mil doce, emitido por el Consejo Ejecutivo Distrital; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 6) del artículo 96º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, son atribuciones del Consejo Ejecutivo Distrital fi jar los turnos de las Salas y Juzgados, así como las horas del Despacho Judicial. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 08-2012- CED-CSJLI/PJ, se programó el rol, correspondiente al mes de abril del presente año, para el Juzgado Penal de Turno Permanente; resultando pertinente, continuar con la publicación mensual del rol de turnos que viene efectuando este órgano de gestión distrital, bajo los criterios de equidad, razonabilidad y orden. Que, en uso de las atribuciones establecidas en los incisos 6) y 19) del artículo 96º de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Establecer el ROL CORRESPONDIENTE AL MES DE MAYO DEL AÑO 2012, para el Juzgado Penal de Turno Permanente, el mismo que deberá cumplirse de la siguiente manera: Mes de Mayo 2012 Juzgado Penal 1 58º Juzgado Penal 2 59º Juzgado Penal Mes de Mayo 2012 Juzgado Penal 3 01ª Juzgado Penal 4 02º Juzgado Penal 5 03º Juzgado Penal 6 04º Juzgado Penal 7 05º Juzgado Penal 8 06° Juzgado Penal 9 07º Juzgado Penal 10 08º Juzgado Penal 11 09º Juzgado Penal 12 10º Juzgado Penal 13 11º Juzgado Penal 14 12º Juzgado Penal 15 13º Juzgado Penal 16 14º Juzgado Penal 17 15º Juzgado Penal 18 16º Juzgado Penal 19 17º Juzgado Penal 20 18º Juzgado Penal 21 19º Juzgado Penal 22 20º Juzgado Penal 23 21º Juzgado Penal 24 22º Juzgado Penal 25 23º Juzgado Penal 26 24º Juzgado Penal 27 25º Juzgado Penal 28 26º Juzgado Penal 29 27º Juzgado Penal 30 28ª Juzgado Penal 31 29º Juzgado Penal Artículo Segundo.- PONER la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Fiscalía de la Nación, Ofi cina de Control de la Magistratura, Decanato Superior del Ministerio Público del Distrito Judicial de Lima, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Dirección General de la Policía Nacional del Perú, Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Prensa, Ofi cina de Protocolo y de la Administración del Juzgado Penal de Turno Permanente, para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente LUIS CARLOS ARCE CORDOVA RICARDO LUIS CALLE TAGUCHE 783073-1 Designan Juez Supernumerario del Décimo Noveno Juzgado de Familia de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 287-2012-P-CSJLI/PJ Lima, 27 de abril del 2012 VISTOS y CONSIDERANDOS: Que, mediante ingreso número 20178-2012, la doctora Juana Celia Ríos Chu, Juez Titular del Décimo Noveno Juzgado de Familia de Lima, solicita se le conceda hacer uso de sus vacaciones pendientes de goce, del 02 al 31 de mayo del presente año. Que, en atención a lo expuesto en el considerando anterior, esta Presidencia considera pertinente con el fi n de no alterar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales