Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE AGOSTO DEL AÑO 2012 (08/08/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 8 de agosto de 2012 472112 Transporte Aéreo Internacional No Regular de pasajeros y carga, por el plazo de cuatro (04) años, hasta el 02 de noviembre del 2013; Que, con Documento de Registro Nº 2012-028230 del 16 de mayo del 2012, AERO TRANSPORTE S.A. requiere la modifi cación de su Permiso de Operación a fi n de incrementar material aeronáutico; Que, según los términos del Memorado N° 702-2012- MTC/12.LEG, Memorando Nº 203-2012-MTC/12.07.CER, Memorando Nº 150-2012-MTC/12.07.PEL e Informe Nº 193-2012-MTC/12.07, emitidos por las áreas competentes de la Dirección General de Aeronáutica Civil; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley N° 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, su Reglamento; y, demás disposiciones legales vigentes; Que, AERO TRANSPORTE S.A. cuenta con el Certifi cado de Explotador de Servicios Aéreos N° 004 y sus Especifi caciones de Operación - OPSPECS respectivas; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender o revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo”, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verifi cando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car - en el extremo pertinente - el Artículo 1° de la Resolución Directoral N° 251-2009- MTC/12 del 07 de octubre de 2009, modifi cada mediante Resolución Directoral N° 361-2010-MTC/12 del 16 de diciembre del 2010, que otorgó a AERO TRANSPORTE S.A., Permiso de Operación de Servicio Transporte Aéreo Internacional No Regular de pasajeros y carga, bajo las siguientes características: MATERIAL AERONÁUTICO: (adicional a lo autorizado) - Gulfstream G-200. - Gulfstream G-450. Artículo 2°.- Los demás términos de la Resolución Directoral Nº 251-2009-MTC/12 del 7 de octubre de 2009, modifi cada mediante Resolución Directoral N° 361- 2010-MTC/12 del 16 de diciembre del 2010, continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAMÓN GAMARRA TRUJILLO Director General de Aeronáutica Civil 818202-1 Aprueban Norma Técnica Complementaria “Cálculo de las Distancias Declaradas” RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 234-2012-MTC/12 Lima, 16 de julio del 2012 CONSIDERANDO: Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es la entidad encargada de ejercer la Autoridad Aeronáutica Civil del Perú siendo competente para regular aspectos de orden técnico y operativo a través, entre otros, de normas técnicas complementarias, conforme lo señala el literal d) del artículo 2º del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil del Perú, aprobado por Decreto Supremo No. 050- 2001-MTC; Que, conforme a la sección 11.230 de la RAP 11 de las Regulaciones Aeronáuticas del Perú - RAP, aprobada por Resolución Directoral No. 332-2010-MTC/12, las Normas Técnicas Complementarias son emitidas por la Dirección General de Aeronáutica Civil para regular aspectos técnicos específi cos no contemplados en las Regulaciones Aeronáuticas del Perú; Que, es necesario disponer la información precisa que se debe declarar respecto a las diferentes distancias físicas disponibles y adecuadas para el aterrizaje y el despegue de aeronaves; Que, en cumplimiento del Decreto Supremo N° 001- 2009-JUS, con Resolución Directoral N° 145-2012- MTC/12 del 07 de mayo de 2012 se dispuso la difusión del proyecto de Norma Técnica Complementaria “Cálculo de las Distancias Declaradas” en la página web del MTC, difusión que fue efectuada el 25 de mayo de 2012; Que, ha transcurrido el plazo de difusión del proyecto, sin haberse recibido comentarios al mismo; Que, la NTC “Cálculo de las Distancias Declaradas” cuenta con opiniones favorables contenidas en el Memorando N° 368-2012-MTC/12.04, Memorando N° 760- 2012-MTC/12.07, Memorando N° 563-2012-MTC/12.LEG, Memorando N° 185-2012-MTC/12.08 e Informe N° 196- 2012-MTC/12.08, emitidos por la Dirección de Seguridad Aeronáutica, la Dirección de Certifi caciones y Autorizaciones, la abogada de la Dirección General de Aeronáutica Civil y la Dirección de Regulación y Promoción; Que, por lo expuesto, habiéndose cumplido con el proceso de elaboración normativa que contempla la difusión del dispositivo, recepción de comentarios y aportes de los interesados, procede la aprobación del texto de la NTC; De conformidad con la Ley No. 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo No. 050-2001-MTC, la RAP 11; y, estando a lo opinado por la Dirección de Regulación y Promoción; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Norma Técnica Complementaria “Cálculo de las Distancias Declaradas” cuyo texto forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la Norma Técnica Complementaria aprobada en el artículo precedente, en la página web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones: http://www.mtc.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAMÓN GAMARRA TRUJILLO Director General de Aeronáutica Civil 823899-1 VIVIENDA Designan representantes del Ministerio ante la Comisión Multisectorial creada por D.S. Nº 083-2012-PCM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 162-2012-VIVIENDA Lima, 6 de agosto de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 083-2012-PCM, publicada el 05 de agosto de 2012, se declaró de interés nacional y necesidad pública la elaboración y ejecución del “Plan de Desarrollo de Ciudades Sostenibles en Zonas de Frontera”; y se creó la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente, adscrita al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, encargada de diseñar, elaborar y realizar el seguimiento de la ejecución del mencionado Plan;