Norma Legal Oficial del día 08 de agosto del año 2012 (08/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 8 de agosto de 2012

Transporte Aereo Internacional No Regular de pasajeros y carga, por el plazo de cuatro (04) anos, hasta el 02 de noviembre del 2013; Que, con Documento de Registro Nº 2012-028230 del 16 de MORDAZA del 2012, AERO TRANSPORTE S.A. requiere la modificacion de su Permiso de Operacion a fin de incrementar material aeronautico; Que, segun los terminos del Memorado N° 702-2012MTC/12.LEG, Memorando Nº 203-2012-MTC/12.07.CER, Memorando Nº 150-2012-MTC/12.07.PEL e Informe Nº 193-2012-MTC/12.07, emitidos por las areas competentes de la Direccion General de Aeronautica Civil; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley N° 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; y, demas disposiciones legales vigentes; Que, AERO TRANSPORTE S.A. cuenta con el Certificado de Explotador de Servicios Aereos N° 004 y sus Especificaciones de Operacion - OPSPECS respectivas; Que, en aplicacion del Articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar - en el extremo pertinente - el Articulo 1° de la Resolucion Directoral N° 251-2009MTC/12 del 07 de octubre de 2009, modificada mediante Resolucion Directoral N° 361-2010-MTC/12 del 16 de diciembre del 2010, que otorgo a AERO TRANSPORTE S.A., Permiso de Operacion de Servicio Transporte Aereo Internacional No Regular de pasajeros y carga, bajo las siguientes caracteristicas: MATERIAL AERONAUTICO: (adicional a lo autorizado) - Gulfstream G-200. - Gulfstream G-450. Articulo 2°.- Los demas terminos de la Resolucion Directoral Nº 251-2009-MTC/12 del 7 de octubre de 2009, modificada mediante Resolucion Directoral N° 3612010-MTC/12 del 16 de diciembre del 2010, continuan vigentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil 818202-1

tecnicas complementarias, conforme lo senala el literal d) del articulo 2º del Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil del Peru, aprobado por Decreto Supremo No. 0502001-MTC; Que, conforme a la seccion 11.230 de la RAP 11 de las Regulaciones Aeronauticas del Peru - RAP, aprobada por Resolucion Directoral No. 332-2010-MTC/12, las Normas Tecnicas Complementarias son emitidas por la Direccion General de Aeronautica Civil para regular aspectos tecnicos especificos no contemplados en las Regulaciones Aeronauticas del Peru; Que, es necesario disponer la informacion precisa que se debe declarar respecto a las diferentes distancias fisicas disponibles y adecuadas para el aterrizaje y el despegue de aeronaves; Que, en cumplimiento del Decreto Supremo N° 0012009-JUS, con Resolucion Directoral N° 145-2012MTC/12 del 07 de MORDAZA de 2012 se dispuso la difusion del proyecto de MORDAZA Tecnica Complementaria "Calculo de las Distancias Declaradas" en la pagina web del MTC, difusion que fue efectuada el 25 de MORDAZA de 2012; Que, ha transcurrido el plazo de difusion del proyecto, sin haberse recibido comentarios al mismo; Que, la NTC "Calculo de las Distancias Declaradas" cuenta con opiniones favorables contenidas en el Memorando N° 368-2012-MTC/12.04, Memorando N° 7602012-MTC/12.07, Memorando N° 563-2012-MTC/12.LEG, Memorando N° 185-2012-MTC/12.08 e Informe N° 1962012-MTC/12.08, emitidos por la Direccion de Seguridad Aeronautica, la Direccion de Certificaciones y Autorizaciones, la abogada de la Direccion General de Aeronautica Civil y la Direccion de Regulacion y Promocion; Que, por lo expuesto, habiendose cumplido con el MORDAZA de elaboracion normativa que contempla la difusion del dispositivo, recepcion de comentarios y aportes de los interesados, procede la aprobacion del texto de la NTC; De conformidad con la Ley No. 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo No. 050-2001-MTC, la RAP 11; y, estando a lo opinado por la Direccion de Regulacion y Promocion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la MORDAZA Tecnica Complementaria "Calculo de las Distancias Declaradas" cuyo texto forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la MORDAZA Tecnica Complementaria aprobada en el articulo precedente, en la pagina web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones: http://www.mtc.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil 823899-1

VIVIENDA
Designan representantes del Ministerio ante la Comision Multisectorial creada por D.S. Nº 083-2012-PCM
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 162-2012-VIVIENDA MORDAZA, 6 de agosto de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 083-2012-PCM, publicada el 05 de agosto de 2012, se declaro de interes nacional y necesidad publica la elaboracion y ejecucion del "Plan de Desarrollo de Ciudades Sostenibles en Zonas de Frontera"; y se creo la Comision Multisectorial de naturaleza permanente, adscrita al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, encargada de disenar, elaborar y realizar el seguimiento de la ejecucion del mencionado Plan;

Aprueban MORDAZA Complementaria "Calculo Distancias Declaradas"
RESOLUCION DIRECTORAL N° 234-2012-MTC/12 MORDAZA, 16 de MORDAZA del 2012 CONSIDERANDO:

Tecnica de las

Que, la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es la entidad encargada de ejercer la Autoridad Aeronautica Civil del Peru siendo competente para regular aspectos de orden tecnico y operativo a traves, entre otros, de normas

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