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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE AGOSTO DEL AÑO 2012 (15/08/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 15 de agosto de 2012 472707 ENERGIA Y MINAS Aprueban transferencia de bienes y activos obtenidos de la ejecución de proyectos, efectuada a favor de la Municipalidad Distrital de Chugay RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 381-2012-MEM/DM Lima, 6 de agosto de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 996, se incorpora los recursos de los programas de carácter social provenientes de los procesos de promoción de la inversión privada, en la fuente de Financiamiento, Donaciones y Transferencias, y los transfi ere a un “Fondo Social” constituido por una persona jurídica sin fi nes de lucro; Que, al amparo de lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 996, el 05 de junio del 2009 se suscribió el Convenio de Transferencia de Recursos y Otros entre la Persona Jurídica sin Fines de Lucro Asociación Civil Fondo Social Alto Chicama, como titular del Fondo Social, derivado de las actividades relacionadas con los procesos de promoción de la inversión privada; y el Estado Peruano, debidamente representado por la Agencia de Promoción de la Inversión Privada — PROINVERSION; Que, el Decreto Legislativo Nº 996 establece el régimen aplicable a la utilización de los recursos provenientes de los procesos de promoción de la inversión privada destinados a la ejecución de programas de carácter social, consistentes en proyectos de desarrollo sostenible en benefi cio de la población ubicada en la zona de infl uencia del proyecto promovido; Que, los literales a) y b) del numeral 1 del artículo 8º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 996, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2008-EF, establecen como primera prioridad del destino de los recursos del Fondo el desarrollo de capacidades humanas y provisión de servicios básicos que contribuyan a reducir los niveles de desnutrición en la población infantil, elevar los estándares de calidad de la educación y la salud, aumentar la provisión de servicios de saneamiento, entre otros, mediante a) la implementación de obras de infraestructura básica en educación, salud, energía eléctrica, agua y saneamiento; y, b) equipamiento, mantenimiento, reparación y rehabilitación de centros de salud y educativos; Que, el artículo 5º del Decreto Legislativo Nº 996, concordante con el artículo 22º del Decreto Supremo Nº 082-2008-EF, establece que concluida la ejecución del respectivo proyecto de carácter social, se procederá a su transferencia en favor de las entidades benefi ciarias públicas y privadas sin fi nes de lucro. Indica asimismo que, en tales casos, dichas entidades serán determinadas mediante Resolución Ministerial del sector al que la persona jurídica mencionada haya identifi cado que le corresponda dicha transferencia; Que, la Asociación Civil Fondo Social Alto Chicama, mediante Carta Nº 1042-2012/ACFSACH con registro de ingreso Nº 2185441 del 26 de abril de 2012, ha comunicado que el proyecto “Ampliación del Sistema de Electrifi cación de línea de redes primarias 22.9/13.2 KV, redes secundarias BT 440/220V y conexiones domiciliarias para 7 caseríos, distrito de Chugay, Sánchez Carrión - La Libertad” y “Ampliación del sistema de electrifi cación de líneas y redes primarias 13.2 KV, redes secundarias BT 440/220V y conexiones domiciliarias para 6 caseríos, distrito de Chugay, Sánchez Carrión - La Libertad” se encuentran culminados y que dichos proyectos serán transferidos en favor de la Municipalidad Distrital de Chugay, solicitando se emita la Resolución Ministerial que resuelva la aprobación de dicha transferencia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 5º del Decreto Legislativo Nº 996; Que, mediante Ofi cio Nº 28-2012-MDCH/A, la Municipalidad Distrital de Chugay ha expresado su conformidad respecto de la transferencia de los proyectos “Ampliación del Sistema de Electrifi cación de línea de redes primarias 22.9/13.2 KV, redes secundarias BT 440/220V y conexiones domiciliarias para 7 caseríos, distrito de Chugay, Sánchez Carrión- La Libertad” y “Ampliación del sistema de electrifi cación de líneas y redes primarias 13.2 KV, redes secundarias BT 440/220V y conexiones domiciliarias para 6 caseríos, distrito de Chugay, Sánchez Carrión - La Libertad”; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 996, Decreto Legislativo que aprueba el régimen aplicable a la utilización de los recursos provenientes de los procesos de promoción de la inversión privada en la ejecución de programas sociales; el Decreto Supremo Nº 082-2008-EF, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 996; el Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas y el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y sus normas modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Transferencia de Bienes y Activos Aprobar la transferencia de los bienes y activos obtenidos de la ejecución de los proyectos “Ampliación del Sistema de Electrifi cación de línea de redes primarias 22.9/13.2 KV, redes secundarias BT 440/220V y conexiones domiciliarias para 7 caseríos, distrito de Chugay, Sánchez Carrión- La Libertad” y “Ampliación del sistema de electrifi cación de líneas y redes primarias 13.2 KV, redes secundarias BT 440/220V y conexiones domiciliarias para 6 caseríos, distrito de Chugay, Sánchez Carrión - La Libertad” que efectúa la Asociación Civil Fondo Social Alto Chicama a favor de la Municipalidad Distrital de Chugay. Artículo 2º.- Del Registro Contable El valor de la transferencia será establecido conforme a los registros contables de la Asociación Civil Fondo Social Alto Chicama, el cual incluirá todos los costos y gastos atribuibles al proyecto. La referida transferencia de bienes se efectuará a título gratuito. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 826939-1 PRODUCE Aprueban el Manual de Clasificación de Cargos del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 373-2012-PRODUCE Lima, 14 de agosto de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1047 se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción determinándose su ámbito de competencia, funciones y estructura orgánica básica; Que, por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; Que, conforme lo establecido en la Septuagésima Tercera Disposición Complementaria de la Ley Nº 29812, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, se faculta al Ministerio de la Producción, aprobar mediante Resolución Ministerial sus documentos de gestión para mejorar la efi ciencia y efi cacia de sus procesos internos; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 343-2012- PRODUCE, publicada el 24 de julio de 2012 en el Diario Ofi cial El Peruano, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ministerio de la Producción; Que, el Manual de Clasifi cación de Cargos es un documento de gestión que lo aprueba la propia entidad, el cual permite compatibilizar el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) y el Manual de Organización de Funciones