Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2012 (17/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano MORDAZA, viernes 17 de agosto de 2012

NORMAS LEGALES

472931

Cronograma del MORDAZA del Presupuesto Participativo 2013, aprobado mediante Ordenanza Nº 327-MDSMP (16.MAYO.2012), publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 22.MAYO.2012, especificamente en lo que corresponde a la MORDAZA de perfiles que deben realizar los Agentes Participantes, quienes a su vez asi lo han solicitado a la Gerencia de Participacion Ciudadana, conforme a lo senalado en el Memorandum Nº 239-2012GPC/MDSMP; Que, el Informe Nº 466-2012-GAJ/NMDSMP de la Gerencia de Asesoria Juridica recomienda se efectue la modificacion conforme a lo solicitado por las gerencias senaladas en el Considerando precedente; Que, la Primera Disposicion Transitoria y Complementaria de la Ordenanza Nº 327-MDSMP faculta al titular de la Entidad modificar el Cronograma del MORDAZA del Presupuesto Participativo 2013; Con la visacion de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoria Juridica, Gerencia de Participacion Ciudadana y Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; De conformidad con los articulos 20, inciso 6); 39 y 43 de la Ley Nº 27972 ­ Organica de Municipalidades, asi como Primera Disposicion Transitoria y Complementaria de la Ordenanza Nº 327-MDSMP (16.MAYO.2012); DECRETA: Articulo Unico.- MODIFICAR el Cronograma del MORDAZA del Presupuesto Participativo 2013 aprobado mediante Ordenanza Nº 327-MDSMP (16.MAYO.2012), en las fechas y actividades que a continuacion se detallan: FECHAS 16 MORDAZA al 01 setiembre 03 setiembre al 06 octubre 09 al 13 octubre ACTIVIDADES MORDAZA de Perfiles o Perfil con Expediente Tecnico Evaluacion Tecnica de los Perfiles Rendicion de Cuentas MORDAZA de los Perfiles Priorizados Eleccion del Comite Taller Vigilancia del PP 2013 Suscripcion del Acta Acuerdos y Compromisos 22 al 27 octubre 29 al 31 octubre de de

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO: Por Cuanto: Visto, el Dictamen Nº 005-2012-CAL-CM-MDS de fecha 04 de MORDAZA de 2012 emitido por la Comision de Asuntos Legales del Concejo Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29227 se regula el procedimiento no contencioso de la separacion convencional y divorcio ulterior en las municipalidades y notarias, senalandose que son competentes para llevar a cabo el procedimiento especial establecido en dicha ley, los Alcaldes distritales y provinciales, de la jurisdiccion del ultimo domicilio conyugal o de donde se celebro el matrimonio; Que, de conformidad a los articulos 74º, 194º y 195º numeral 4) de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 9º, numeral 9 de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, reconocen a los gobiernos locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo a la Ley Nº 29227, Ley que Regula el Procedimiento No Contencioso de la Separacion Convencional y Divorcio Ulterior en las Municipalidades y Notarias, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2008-JUS, senalan que las municipalidades estan facultadas a ejecutar el procedimiento no contencioso de separacion convencional y el divorcio ulterior; Que, la actual gestion municipal considera indispensable la atencion de las solicitudes de los vecinos que han optado por la separacion convencional y el divorcio ulterior; Que, mediante el informe Nº 1000-2011-GAJ/MDS emitido por de la Gerencia de Asesoria Juridica, se aprueba el proyecto de Ordenanza de la Municipalidad distrital de Surquillo sobre la separacion convencional y el divorcio ulterior, y por el Informe Nº 232-2012-GAJ/MDS de la misma Gerencia, se sustenta la concentracion de funciones para llevar a cabo estos procedimientos en la Gerencia de Asesoria Juridica; Que, a traves de los articulo 157º y 158º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad distrital de Surquillo ­ ROF-, aprobado por la Ordenanza Nº 237-MDS, se denomino al programa PROMAPED; DEMUNA Y MATRIMONIOS Y DIVORCIOS NO CONTENCIOSOS, concentrando en esta la funcion de llevar a cabo los procedimientos no contenciosos de la separacion convencional y divorcio ulterior municipal; Que, de conformidad a las facultades establecidas en el articulo 109º de la Constitucion Politica del Peru y los articulos 9º numeral 8), 39) y 40) de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA unanime de sus miembros, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE DESCONCENTRA LAS FUNCIONES DEL PROCEDIMIENTO NO CONTENCIOSO DE LA SEPARACION CONVENCIONAL Y DIVORCIO ULTERIOR DEL PROGRAMA MUNICIPAL DE APOYO A LAS PERSONAS DISCAPACITADAS (PROMAPED), DEFENSORIA MUNICIPAL DEL MORDAZA Y EL ADOLESCENTE (DEMUNA) Y LA CONCENTRA EN LA GERENCIA DE ASESORIA JURIDICA. Articulo 1º.- MODIFICACION DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES. Incorporese los siguientes literales, al articulo 61º y 70º del Reglamento Organizacion y Funciones de la Municipalidad distrital de Surquillo, aprobado por Ordenanza Nº 237-MDS, sobre las funciones correspondientes a la Gerencia de Asesoria Juridica y la Secretaria General, los mismos que quedaran redactados como sigue: a) Secretaria General: Admitir y efectuar el tramite de las solicitudes de separacion convencional y divorcio

15 al 20 octubre

Elaboracion del "Documento Presupuesto Participativo 2013" Remision al CCLD, el Resultado del Presupuesto Participativo 2013

Manteniendo plena vigencia y validez lo demas que contiene dicha disposicion municipal. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. FREDDY S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 828893-1

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Desconcentran funciones del procedimiento no contencioso de la separacion convencional y divorcio ulterior del Programa Municipal de Apoyo a las Personas Discapacitadas (PROMAPED), Defensoria Municipal del MORDAZA y el Adolescente (DEMUNA), concentrandolas en la Gerencia de Asesoria Juridica
ORDENANZA Nº 277-MDS Surquillo, 26 de MORDAZA de 2012.

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