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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE AGOSTO DEL AÑO 2012 (17/08/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 49

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 17 de agosto de 2012 472931 Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo 2013, aprobado mediante Ordenanza Nº 327-MDSMP (16.MAYO.2012), publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 22.MAYO.2012, específi camente en lo que corresponde a la presentación de perfi les que deben realizar los Agentes Participantes, quienes a su vez así lo han solicitado a la Gerencia de Participación Ciudadana, conforme a lo señalado en el Memorándum Nº 239-2012- GPC/MDSMP; Que, el Informe Nº 466-2012-GAJ/NMDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica recomienda se efectúe la modifi cación conforme a lo solicitado por las gerencias señaladas en el Considerando precedente; Que, la Primera Disposición Transitoria y Complementaria de la Ordenanza Nº 327-MDSMP faculta al titular de la Entidad modifi car el Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo 2013; Con la visación de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de Participación Ciudadana y Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; De conformidad con los artículos 20, inciso 6); 39 y 43 de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades, así como Primera Disposición Transitoria y Complementaria de la Ordenanza Nº 327-MDSMP (16.MAYO.2012); DECRETA: Artículo Único.- MODIFICAR el Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo 2013 aprobado mediante Ordenanza Nº 327-MDSMP (16.MAYO.2012), en las fechas y actividades que a continuación se detallan: FECHAS ACTIVIDADES 16 julio al 01 setiembre Presentación de Perfi les o Perfi l con Expediente Técnico 03 setiembre al 06 octubre Evaluación Técnica de los Perfi les 09 al 13 octubre Rendición de Cuentas 15 al 20 octubre Taller Presentación de los Perfi les Priorizados Elección del Comité de Vigilancia del PP 2013 Suscripción del Acta de Acuerdos y Compromisos 22 al 27 octubre Elaboración del “Documento Presupuesto Participativo 2013” 29 al 31 octubre Remisión al CCLD, el Resultado del Presupuesto Participativo 2013 Manteniendo plena vigencia y validez lo demás que contiene dicha disposición municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 828893-1 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Desconcentran funciones del procedimiento no contencioso de la separación convencional y divorcio ulterior del Programa Municipal de Apoyo a las Personas Discapacitadas (PROMAPED), Defensoría Municipal del Niño y el Adolescente (DEMUNA), concentrándolas en la Gerencia de Asesoría Jurídica ORDENANZA Nº 277-MDS Surquillo, 26 de julio de 2012. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO: Por Cuanto: Visto, el Dictamen Nº 005-2012-CAL-CM-MDS de fecha 04 de julio de 2012 emitido por la Comisión de Asuntos Legales del Concejo Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29227 se regula el procedimiento no contencioso de la separación convencional y divorcio ulterior en las municipalidades y notarías, señalándose que son competentes para llevar a cabo el procedimiento especial establecido en dicha ley, los Alcaldes distritales y provinciales, de la jurisdicción del último domicilio conyugal o de donde se celebró el matrimonio; Que, de conformidad a los artículos 74º, 194º y 195º numeral 4) de la Constitución Política del Perú y el artículo 9º, numeral 9 de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, reconocen a los gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo a la Ley Nº 29227, Ley que Regula el Procedimiento No Contencioso de la Separación Convencional y Divorcio Ulterior en las Municipalidades y Notarías, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2008-JUS, señalan que las municipalidades están facultadas a ejecutar el procedimiento no contencioso de separación convencional y el divorcio ulterior; Que, la actual gestión municipal considera indispensable la atención de las solicitudes de los vecinos que han optado por la separación convencional y el divorcio ulterior; Que, mediante el informe Nº 1000-2011-GAJ/MDS emitido por de la Gerencia de Asesoría Jurídica, se aprueba el proyecto de Ordenanza de la Municipalidad distrital de Surquillo sobre la separación convencional y el divorcio ulterior, y por el Informe Nº 232-2012-GAJ/MDS de la misma Gerencia, se sustenta la concentración de funciones para llevar a cabo estos procedimientos en la Gerencia de Asesoría Jurídica; Que, a través de los artículo 157º y 158º del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad distrital de Surquillo – ROF-, aprobado por la Ordenanza Nº 237-MDS, se denominó al programa PROMAPED; DEMUNA Y MATRIMONIOS Y DIVORCIOS NO CONTENCIOSOS, concentrando en ésta la función de llevar a cabo los procedimientos no contenciosos de la separación convencional y divorcio ulterior municipal; Que, de conformidad a las facultades establecidas en el artículo 109º de la Constitución Política del Perú y los artículos 9º numeral 8), 39) y 40) de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime de sus miembros, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE DESCONCENTRA LAS FUNCIONES DEL PROCEDIMIENTO NO CONTENCIOSO DE LA SEPARACIÒN CONVENCIONAL Y DIVORCIO ULTERIOR DEL PROGRAMA MUNICIPAL DE APOYO A LAS PERSONAS DISCAPACITADAS (PROMAPED), DEFENSORÍA MUNICIPAL DEL NIÑO Y EL ADOLESCENTE (DEMUNA) Y LA CONCENTRA EN LA GERENCIA DE ASESORÍA JURÍDICA. Artículo 1º.- MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÒN Y FUNCIONES. Incorpórese los siguientes literales, al artículo 61º y 70º del Reglamento Organización y Funciones de la Municipalidad distrital de Surquillo, aprobado por Ordenanza Nº 237-MDS, sobre las funciones correspondientes a la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Secretaría General, los mismos que quedarán redactados como sigue: a) Secretaría General: Admitir y efectuar el trámite de las solicitudes de separación convencional y divorcio