Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE AGOSTO DEL AÑO 2012 (17/08/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 48

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 17 de agosto de 2012 472930 En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972. SE DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento Interno del Consejo Local de Fomento Artesanal del Distrito de San Juan de Mirafl ores – COLOFAR; que consta de 22 artículos y 2 disposiciones fi nales, documento anexo que forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Económico, y a la Sub Gerencia de Promoción Empresarial Competitividad y Empleo el cumplimiento del presente Decreto. Artículo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, públiquese y cúmplase. ADOLFO OCAMPO VARGAS Alcalde 828251-1 Prorrogan fecha de vencimiento para la presentación de declaración jurada de autoavalúo del Impuesto Predial DECRETO DE ALCALDÍA Nº 23-2012-MDSJM/A San Juan de Mirafl ores, 26 de julio del 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES VISTO: El Informe Nº 512-2012-GAJ-MDSJM, de fecha 25 de Julio del 2012, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 576-2012-GR-MDSJM de fecha 24 de julio del 2012, de Gerencia de Rentas, la Ordenanza Municipal Nº 220-2012-MDSJM de fecha 26 de marzo del 2012; y, CONSIDERANDO: Que, según lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, señala que las Municipalidades son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos que son de su competencia, siendo que esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, en concordancia con lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, al respecto, cabe resaltar que según lo establecido en el artículo 79º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) aprobado con Ordenanza Nº 211-2011- MDSJM de fecha 27 de diciembre del 2011 y publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 05 de febrero del 2012 establece que la Gerencia de Rentas, dentro de sus funciones señala literal d) “Proponer proyectos de ordenanzas, decretos, resoluciones, directivas, normas y otros documentos en el ámbito de su competencia” ; Que, según lo establecido en el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que: “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 220-2012- MDSJM, de fecha 26 de marzo del 2012 y publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 29 de abril del 2012 se aprobó la Obligación de Presentar Declaración Jurada de Autovaluo del Impuesto Predial en el Distrito de San Juan de Mirafl ores a partir del 01 de mayo al 31 de julio del 2012, y según lo establecido en la Primera Disposición Final y Transitoria señala: “Facúltese al Señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mirafl ores para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas complementarias necesarias para la reglamentación y adecuada aplicación de la presente ordenanza”; Que, mediante Memorándum Nº 576-2012-GR-MDSJM de fecha 24 de julio del 2012, la Gerencia de Rentas refi ere que es necesario la actualización de la información contenida en la Base Tributaria de esta Entidad Municipal y determinar de manera real la base imponible del Impuesto Predial respecto a los predios ubicados dentro de la jurisdicción del distrito, con el objeto de brindar mayores facilidades a los contribuyentes para que puedan cumplir con presentar la declaración jurada de autovaluo, declarar y/o regularizar la inscripción, modifi cación, aumento de valor usos y/o giros comerciales de su predio, por lo que considera necesario prorrogar el plazo para la presentación de la declaración jurada masiva de predios hasta el 29 de setiembre del 2012, por lo que remite el proyecto de Decreto de Alcaldía que prorroga hasta el 29 de setiembre del 2012 la fecha de vencimiento para presentar la declaración jurada de autovaluo del impuesto predial 2012; Que, mediante Informe Nº 512-2012-GAJ-MDSJM, de fecha 25 de julio del 2012, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que el referido Decreto de Alcaldía, es viable legalmente por lo que se deberá prorrogar la fecha de vencimiento para presentar la Declaración Jurada de Autovaluo del Impuesto Predial en el Distrito de San Juan de Mirafl ores, hasta el 29 de setiembre del 2012; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGUESE hasta el 29 de Setiembre de 2012, la fecha de vencimiento para presentar la declaración jurada de autovaluo del Impuesto Predial en el Distrito de San Juan de Mirafl ores. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas, Gerencia de Tecnología de la Información y Estadística y a la Sub Gerencia de Administración Tributaria, el cumplimiento del presente Decreto, y a la Secretaria General la publicación del Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial el Peruano. Artículo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, públiquese y cúmplase. ADOLFO OCAMPO VARGAS Alcalde 828254-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Modifican Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo 2013 aprobado mediante Ordenanza Nº 327- MDSMP DECRETO DE ALCALDÍA Nº 016-2012/MDSMP San Martín de Porres, 13 de agosto del 2012 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: El Informe Nº 87-2012-GPP/MDSMP de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, sobre modifi cación de Cronograma; y CONSIDERANDO: Que, mediante Informe de Visto la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto solicita modifi car el