Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2012 (17/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 17 de agosto de 2012

Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la MORDAZA autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la politica interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administracion de justicia en beneficio de los justiciables; y en virtud a dicha atribucion, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designacion de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que estan en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del articulo 90° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Articulo Primero: DISPONER LA PERMANENCIA de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Titular del Setimo Juzgado de Familia de MORDAZA, como Juez Superior Provisional de la Cuarta Sala Penal para Procesos con Reos en Carcel de MORDAZA, a partir del 17 al 24 de agosto del presente ano, en reemplazo del doctor MORDAZA MORDAZA, quedando conformado el Colegiado de la siguiente manera: Cuarta Sala Penal para Procesos con Reos en Carcel de Lima: Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA Antezano Dr. MORDAZA MORDAZA Pena MORDAZA Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dra. MORDAZA MORDAZA Ynonan de Timarchi Presidente (T) (T) (P) (P) (P)

Articulo Segundo: DISPONER LA PERMANENCIA de la doctora MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez Supernumeraria del Setimo Juzgado de Familia de MORDAZA, a partir del 17 al 24 de agosto del presente ano, por la promocion de la doctora MORDAZA Alarcon. Articulo Tercero: PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Oficina de Administracion Distrital, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y de los Magistrados para los fines pertinentes. Publiquese, registrese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA LAMA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 829322-1

ORGANOS AUTONOMOS OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
Aprueban "Reglamento para el Tratamiento de las Actas Electorales para el Computo de Resultados"
RESOLUCION JEFATURAL Nº 140-2012-J/ONPE MORDAZA, 15 de agosto de 2012 VISTOS; el Memorando Nº 778-2012-GOECOR/ONPE de la Gerencia de Organizacion Electoral y Coordinacion Regional; los Memorandos Nº 0540-2012-GSIE/ONPE y 0615-2012-GSIE/ONPE de la Gerencia de Sistemas e Informatica Electoral y los Informes Nº 183 y 193-2012OGAJ/ONPE de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Jefatural Nº 186-2010-J/ONPE, publicada el 14 de noviembre de 2010 en el Diario Oficial

El Peruano, se aprobo el Reglamento para el Tratamiento de Actas Electorales para el Computo de Resultados, el cual regulaba el tratamiento de las actas electorales de los procesos electorales o consultas populares organizados por la Oficina Nacional de Procesos Electorales-ONPE, desde que ingresan a la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales-ODPE hasta su computo final; Que, con fecha 20 de MORDAZA de 2011, se publico en el Diario Oficial El Peruano, la Ley Nº 29688, la cual modifica el articulo 301º de la Ley Nº 26859, Ley Organica de Elecciones, determinando las causales de observacion de un acta electoral, lo cual ocasiona la derogacion de la resolucion jefatural mencionada en el considerando anterior; Que, por otro lado, con fecha 1 de junio de 2012, el MORDAZA Nacional de Elecciones publico en el Diario Oficial El Peruano, la Resolucion Nº 0561-2012-JNE, por la cual este organismo electoral Convoca a Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales para el dia MORDAZA 30 de setiembre de 2012; Que, conforme al articulo 182º de la Constitucion Politica, le corresponde a la Oficina Nacional de Procesos Electorales-ONPE organizar todos los procesos electorales, de referendum y otros tipos de consulta popular; Que, en este MORDAZA constitucional, la Ley Nº 26487, Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales regula en el inciso l) del articulo 5º que es funcion de la ONPE: "obtener los resultados de los procesos a su cargo y remitirlos a los jurados electorales especiales"; Que, asimismo, en el literal c) del articulo 5º MORDAZA mencionado, se senala que es funcion de la ONPE: "planificar, preparar y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo en cumplimiento estricto de la normatividad vigente"; Que, de acuerdo a las normas citadas, se otorga a la ONPE la facultad de realizar todas las acciones que considere necesarias a fin de traducir los votos contenidos en las actas electorales en resultados, entendiendose como estos a los votos que cada organizacion politica u opcion en consulta ha obtenido en los diferentes procesos electorales o consultas populares organizadas por este organismo electoral; Que, las funciones mencionadas deben realizarse respetando la competencia jurisdiccional que tienen los Jurados Electorales Especiales sobre las actas electorales que presentan: errores materiales producto de operaciones aritmeticas del escrutinio, votos impugnados, actas electorales sin datos, ilegibles u otras contingencias; Que, teniendo en consideracion los fundamentos MORDAZA expuestos, resulta necesario aprobar un reglamento para el tratamiento de actas electorales para el computo de resultados, que recoja las modificaciones legislativas producidas y actualice los supuestos de hecho a producirse en los diferentes procesos electorales y consultas populares; De conformidad con lo dispuesto en los incisos c), g) y l) del articulo 5º de la Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, Ley Nº 26487, asi como los literales d), m) y cc) del articulo 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la ONPE, aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 030-2010-J/ONPE y modificado a traves de la Resolucion Jefatural Nº 137-2010-J/ONPE; y con el visado de la Secretaria General, de la Gerencia de Sistemas e Informatica Electoral, de la Gerencia de Organizacion Electoral y Coordinacion Regional y de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el "Reglamento para el Tratamiento de las Actas Electorales para el Computo de Resultados", el cual consta de seis (6) Capitulos y quince (15) articulos, y en anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Derogar la Resolucion Jefatural Nº 186-2010-J/ONPE, emitida con fecha 12 de noviembre de 2010. Articulo Tercero.- Poner en conocimiento del MORDAZA Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el contenido de la presente resolucion y su anexo. Articulo Cuarto.- Facultese a la Gerencia de Sistemas e Informatica Electoral ­ GSIE y a la Gerencia de Organizacion Electoral y Coordinacion Regional ­

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