Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2012 (22/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 22 de agosto de 2012

la Republica de Colombia detallado a continuacion, del 22 al 24 de agosto de 2012, a fin que participen en la XII Reunion de Coordinacion Militar entre los Comandos de la Region Militar del Oriente del Ejercito del Peru y la Sexta Division del Ejercito de Colombia. 1. MORDAZA 2. MORDAZA MORDAZA 3. MORDAZA MORDAZA 4. MORDAZA MORDAZA 5. MORDAZA MORDAZA 6. Capitan de Fragata 7. Capitan de Fragata 8. Capitan 9. Capitan 10. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Amezquita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA SARACINO Boteto Fadid KAIRUZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Quintero

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el Articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 831266-1

a conflictos sociales en el departamento de MORDAZA, que obligo a cancelar expediciones de trabajo, incremento inusual en el caudal de rio Tablachaca debido a las lluvias y al aporte de las aguas que provienen de las lagunas que alimentan al mencionado rio, lo cual impidio la realizacion del estudio hidrologico, causando la demora en la elaboracion de los estudios; Que, mediante el Informe Legal Nº 036-2012-EM/DGE, las razones expuestas en el considerando precedente, al constituir eventos imprevisibles, extraordinarios e irresistibles, califican como caso fortuito o fuerza mayor, previstos en el articulo 1315 del Codigo Civil, y al tener una vinculacion directa con el incumplimiento de las obligaciones contempladas en la Resolucion Ministerial N° 214-2010-MEM/DM, justifica que la mencionada empresa quede eximida de la responsabilidad generada por dicho incumplimiento; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 00993-EM, ha emitido el Informe N° 298-2012-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley de Concesiones Electricas y el articulo 35 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la concesion temporal otorgada a favor de C.H. MORDAZA MORDAZA ENERGY S.A., mediante la Resolucion Ministerial N° 214-2010-MEM/DM, publicada el 29 de MORDAZA de 2010, para que concluya los estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Hidroelectrica MORDAZA MORDAZA 1, por un plazo adicional de un (01) ano contado a partir del vencimiento del plazo originalmente otorgado, por las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Mantener todos los derechos y obligaciones a que se encuentra sujeta la titular, conforme a la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y la Resolucion Ministerial N° 214-2010-MEM/DM. Articulo 3º.- La presente Resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, por cuenta del interesado dentro de los cinco (05) dias calendario siguientes a su expedicion, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 826920-1

ENERGIA Y MINAS
Renuevan concesion temporal otorgada a favor de C.H. MORDAZA MORDAZA Energy S.A., mediante R.M. N° 2142010-MEM/DM, para que concluya estudios relacionados con actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Hidroelectrica MORDAZA MORDAZA 1
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 382-2012-MEM/DM MORDAZA, 7 de agosto de 2012 VISTO: El Expediente N° 21190610 sobre solicitud de renovacion de concesion temporal para desarrollar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica, presentado por C.H. MORDAZA MORDAZA ENERGY S.A., persona juridica inscrita en la Partida N° 12386096 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 2142010-MEM/DM, publicada el 29 de MORDAZA de 2010, se otorgo concesion temporal a favor de C.H. MORDAZA MORDAZA ENERGY S.A., para que desarrolle los estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Hidroelectrica MORDAZA MORDAZA 1, cuya area de estudios se encuentra ubicada en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de Pallasca, departamento de MORDAZA, en la MORDAZA comprendida dentro las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, con fecha 20 de MORDAZA de 2012, mediante el documento con registro de ingreso N° 2183752, C.H. MORDAZA MORDAZA ENERGY S.A., solicito la renovacion de la concesion temporal mencionada en el considerando precedente de la presente Resolucion, para concluir los estudios referidos a la Central Hidroelectrica MORDAZA MORDAZA 1, por el plazo de un (01) ano contado a partir de la culminacion del plazo otorgado mediante la Resolucion Ministerial Nº 214-2010-MEM/DM; Que, el peticionario sustento su solicitud en razones de caso fortuito o fuerza mayor, las cuales giran en torno

INTERIOR
Autorizan viaje de personal de la Policia Nacional del Peru a Espana, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA N° 130-2012-IN MORDAZA, 21 de agosto de 2012 VISTO, los Mensajes Nº 6732 y 6787-2012-DGPNP/ OCN-INTERPOL-L-DIVIPVCS, del 6 y 8 de agosto de 2012, remitidos a la Oficina Central Nacional INTERPOL ­ MORDAZA - Espana, mediante el cual informan sobre las fechas propuestas y la entrega en extradicion a las autoridades peruanas del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA LUCANA; consecuentemente solicitaron los nombres de los funcionarios policiales que se encargaran de recibir, custodiar y trasladar al citado reclamado desde el Reino de Espana hacia nuestro pais.

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