Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2012 (22/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, miercoles 22 de agosto de 2012

NORMAS LEGALES

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dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en la que se le otorgaron. Solo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca. Asimismo, establece que no procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuenten con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que, el tercer parrafo del articulo 19º del Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084, Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, establece que el cambio de titularidad solo se otorgara previo cumplimiento de los requisitos que establece el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion y siempre que las embarcaciones pesqueras se encuentren libres de cargas o gravamenes y que no MORDAZA objeto de MORDAZA judicial que impida su transferencia; salvo autorizacion expresa formulada por escrito con firmas legalizadas del acreedor titular de la carga, gravamen o accion judicial correspondiente; Que, mediante Resolucion Directoral N° 1042003-PRODUCE/DNEPP, de fecha 28 de MORDAZA de 2003, se otorga el permiso de pesca a la senora MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada BENDICION, de matricula SY-21109-CM, de arqueo neto de 21.48 y de 89.95 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta con destino para el consumo humano directo e indirecto y los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo, con uso de MORDAZA con hielo como medio de preservacion a bordo y, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ y 1 ½ pulgadas (13 mm y 38 mm) segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina y fuera de las diez (10) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos jurel y caballa; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 494-2007PRODUCE/DGEPP, de fecha 12 de noviembre de 2007, se resuelve caducar los permisos de pesca que se detallan en el anexo que forman parte de la presente resolucion, entre ellas la embarcacion pesquera BENDICION de matricula SY-21109-CM, unicamente en el extremo referido a la extraccion de los recursos jurel y caballa para el Consumo Humano Directo e Indirecto; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 129-2008PRODUCE/DGEPP, de fecha 05 de Marzo del 2008, se resuelve aprobar a favor de los conyuges MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion BENDICION, de matricula SY-21109-CM y 89.85 m3 de capacidad de bodega, con acceso al recurso anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto, y sardina unicamente con destino al consumo humano directo; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 662-2008PRODUCE/DGEPP, de fecha 28 de Octubre del 2008 se resuelve modificar la Resolucion Directoral Nº 104-2003PRODUCE/DGEPP, del 28 de MORDAZA del 2003, modificada en su titularidad por Resolucion Directoral Nº 129-2008PRODUCE/DGEPP, de fecha 05 de marzo del 2008 a traves de los cuales se otorgo permiso de pesca a favor de los senores MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera BENDICION, de matricula SY-21109-CM, unicamente en el extremo referido a la capacidad de bodega; entendiendose que actualmente la embarcacion pesquera MORDAZA citada, posee 109.42 m3 de volumen de bodega; Que, a traves de los escritos del visto, la empresa CORPORACION NESMAR S.A.C., solicita el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "BENDICION" con matricula SY-21109-CM, presentando los requisitos del Procedimiento 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0082009-PRODUCE y modificatorias;

Que, mediante Memorando Nº 1345-2011-PRODUCE/ OEC, de fecha 23 de noviembre de 2011 y el Memorando Nº 0553-PRODUCE/OEC, de fecha 17 de marzo de 2012, la Oficina de Ejecucion Coactiva, informa que a la fecha la embarcacion pesquera BENDICION de matricula SY21109-CM registra deudas, cuya ejecucion se encuentra suspendida temporalmente por haber interpuesto el obligado una demanda de revision judicial; Que, la Oficina de Asesoria Juridica ha interpretado en el tercer parrafo del articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, en el extremo del condicionamiento en caso de deuda, advirtiendo que solo procedera dicho supuesto siempre que el acto impugnado administrativo o judicialmente sea el acto administrativo sancionador, vale decir no procede otorgar el cambio de titular del permiso de pesca cuando se inicie un MORDAZA de revision judicial; Que, mediante Oficio Nº 597-2012-PRODUCE/DGEPP, se requirio a los administrados que efectuen el pago correspondiente a las multas impuestas a la embarcacion pesquera BENDICION de matricula SY-21109-CM; bajo apercibimiento de declararse improcedente la solicitud de cambio de titular del permiso de pesca; Que, pese al requerimiento realizado en el parrafo anterior, la empresa CORPORACION NESMAR S.A.C, no ha cumplido con subsanar la observacion advertida referente a deudas en revision judicial, que recaen sobre la embarcacion pesquera BENDICION de matricula SY21109-CM, las cuales fueron comunicadas mediante el oficio Nº 597--2012-PRODUCE/DGEPP, de fecha 06 de febrero de 2012, el cual que fue recepcionado el 09 de febrero del 2012; Que, toda vez que existe una deuda pendiente sobre la embarcacion pesquera BENDICION de matricula SY21109-CM, y respecto de la misma no se ha subsanado, pese al requerimiento efectuado, no es procedente otorgar el cambio de titularidad del permiso de pesca a la referida administrada; Que, estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun los Informes tecnicos Nº 1491-2011 y Nº 463-2012-PRODUCE/DGEPPDchi, e informe legal Nº 652-2012-PRODUCE/DGEPP; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y modificatorias, el Reglamento de la Ley Nº 26920 aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PE y sus modificatorias, y el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084, Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE y sus modificatorias; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modificatorias, y el literal d) del articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar improcedente la solicitud de cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera BENDICION de matricula SY21109-CM, presentada por la empresa CORPORACION NESMAR S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA GRANDA Directora General de Extraccion y Procesamiento Pesquero (e) 830112-6

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