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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 22 de agosto de 2012 473086 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 131-2012-IN Lima, 21 de agosto de 2012 VISTO, el Mensaje Nº EXPTE EEG6 /1624/ MS/70258/8, del 25 de julio de 2012, con el cual la Ofi cina Central Nacional INTERPOL – Madrid - España, comunicó a la Ofi cina Central Nacional – INTERPOL – Lima – Perú, que el Juzgado Central de Instrucción Nº 4 de la Audiencia Nacional y en la causa de la extradición 12/2007, acuerda la extradición del ciudadano Rolando Edwin CASTILLO CAMPOS; consecuentemente solicitaron los nombres de los funcionarios policiales que se encargarán de recibir, custodiar y trasladar al citado reclamado desde el Reino de España hacia nuestro país. CONSIDERANDO: Que, con Resolución Suprema Nº 141-2007-JUS del 9 de agosto de 2007, se resolvió acceder a la solicitud de extradición activa del procesado Rolando Edwin CASTILLO CAMPOS, formulada por el Sétimo Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarada procedente por la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión del Delito Contra la Salud Pública – Tráfi co Ilícito de Drogas, en agravio del Estado peruano y disponer su presentación por vía diplomática al Reino de España, de conformidad con el Tratado de Extradición vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 291-2012- DIRGEN PNP/EMP-OCNI del 7 de agosto de 2012, el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, estima conveniente que el General de Policía, Director General de la Policía Nacional del Perú, autorice el viaje al extranjero en Comisión del Servicio, del Mayor de la Policía Nacional del Perú Renzo Gustavo GALVEZ MUÑIZ y del Subofi cial Técnico de Segunda de la Policía Nacional del Perú Marco Antonio HERNANDEZ CHAVARRI, a la ciudad de Madrid – Reino de España, del 25 al 31 de agosto de 2012, a fi n de que ejecuten la extradición activa del ciudadano peruano Rolando Edwin CASTILLO CAMPOS, quien es requerido por la autoridad judicial antes mencionada, por la presunta comisión del Delito Contra la Salud Pública – Tráfi co Ilícito de Drogas, en agravio del Estado peruano; Que, con Memorándum Múltiple Nº 266-2012-DIRGEN- PNP/EMP-OCNI del 7 de agosto de 2012, el General de Policía, Director General de la Policía Nacional del Perú, dispuso la formulación del proyecto de Resolución Suprema de viaje al extranjero en comisión del servicio del Mayor de la Policía Nacional del Perú Renzo Gustavo GALVEZ MUÑIZ y del Subofi cial Técnico de Segunda de la Policía Nacional del Perú Marco Antonio HERNANDEZ CHAVARRI, a la ciudad de Madrid – Reino de España, del 25 al 31 de agosto de 2012, a fi n de que ejecuten tal extradición activa; Que, los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán sufragados por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior y los gastos correspondientes a pasajes e impuestos de viaje para el personal policial y el extraditable, serán asumidos por el Poder Judicial; Que, con Declaración Jurada Simple los funcionarios policiales designados para ejecutar la extradición antes mencionada, declararon que los gastos que ocasione su participación en el referido evento, serán asumidos por Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú y por la Gerencia de Administración del Poder Judicial, comprometiéndose a no realizar ningún trámite administrativo, ni judicial a efectos de reclamar viáticos; Que, el artículo 2° del Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprueba las Normas Reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que la Resolución de Autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, el último párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, respecto a los viajes al extranjero de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, establece que el requerimiento de excepción adicionales a las señaladas en los literales del artículo en mención, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 – Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; la Ley N° 29812 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley Nº 27238 - Ley de la Policía Nacional del Perú y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 008- 2000-IN; la Ley Nº 29334 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2012-IN. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje al extranjero en comisión del servicio del Mayor de la Policía Nacional del Perú Renzo Gustavo GALVEZ MUÑIZ y del Subofi cial Técnico de Segunda de la Policía Nacional del Perú Marco Antonio HERNANDEZ CHAVARRI, a partir del 25 al 31 de agosto de 2012, a la ciudad de Madrid – Reino de España, para que ejecuten la extradición activa del ciudadano peruano Rolando Edwin CASTILLO CAMPOS, quien es requerido por el Séptimo Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarado procedente por la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión del Delito Contra la Salud Pública – Tráfi co Ilícito de Drogas, en agravio del Estado peruano. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Mayor de la Policía Nacional del Perú Renzo Gustavo GALVEZ MUÑIZ • Viáticos (Art. 5º DS. 047-2002-PCM) 7 x S/. 681.20. S/. 4,768.40. ----------------- Total S/. 4,768.40. Subofi cial Técnico de Segunda de la Policía Nacional del Perú Marco Antonio HERNANDEZ CHAVARRI • Viáticos (Art. 5º DS. 047-2002-PCM) 7 x S/. 681.20 S/. 4,768.40. ------------------- Total S/. 4,768.40. Artículo 3º.- Dentro de los QUINCE (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial designado deberá presentar un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 4º.- Dentro de los SIETE (7) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial designado deberá presentar a la Presidencia de la República, a través de la Secretaría del Consejo de Ministros, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos de ninguna clase o denominación.