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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE AGOSTO DEL AÑO 2012 (22/08/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 22 de agosto de 2012 473099 de la citada Dirección General, para que asista al “Curso Inicial (tierra-simulador) de la aeronave Embraer-190, que se llevará a cabo del 27 de agosto al 18 de setiembre de 2012, en la ciudad de Orlando, Florida, Estados Unidos de América; Que, el referido curso está destinado a habilitar al inspector en ese tipo de aeronave, lo que permitirá atender los chequeos de vigilancia, profi ciencia o califi cación que como entidad que ejerce la autoridad aeronáutica en el país, debe efectuar en cumplimiento de sus funciones; Que, en tal sentido y dada la importancia del citado evento para los objetivos y metas sectoriales, resulta conveniente autorizar la participación del citado profesional de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el costo del referido viaje será fi nanciado dentro del marco del Convenio de Administración de Recursos PER/12/801, suscrito por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organización de Aviación Civil Internacional - OACI, organismo técnico de las Naciones Unidas, en observancia de la Ley No. 29812, de conformidad con los términos de la Autorización de la Beca/Misión Int. No. 014-07-2012, suscrita por el Director General de Aeronáutica Civil; De conformidad con la Ley No. 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, Ley No. 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, y a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor José Francisco Hurtado Goytizolo, profesional de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Orlando, Florida, Estados Unidos de América, del 26 agosto al 19 de setiembre de 2012, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje serán cubiertos por el Convenio de Administración de Recursos PER/12/801, de acuerdo a la Autorización de Beca/Misión Int. No. 014-07-2012 y al siguiente detalle: Pasajes aéreos (incluido TUUA) US $ 2,217.63 Viáticos US $ 5,280.00 Artículo 3.- Dentro de los siete (07) días calendario siguientes de su retorno al país, el profesional mencionado, deberá presentar a la Presidencia de la República, a través de la Secretaría del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje; el mencionado profesional deberá presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje; así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 831267-5 Otorgan a Aeromaster del Perú S.A.C. el incremento de zonas de operación para el transporte aéreo no regular nacional de pasajeros, carga y correo RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 258-2012-MTC/12 Lima, 10 de agosto del 2012 Vista la solicitud de la compañía AEROMASTER DEL PERU S.A.C., sobre la Modifi cación de Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo No Regular Nacional de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 149- 2011-MTC/12 del 30 de mayo del 2011 se otorgó a la compañía AEROMASTER DEL PERU S.A.C. el Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo No Regular Nacional de pasajeros y carga, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 22 de julio del 2011; Que, mediante Expediente Nº 2012-034111 del 11 de junio del 2012, la Compañía AEROMASTER DEL PERU S.A.C., solicitó la Modifi cación de su Permiso de Operación en el sentido de incrementar zonas de operación a los ya autorizados; Que, según los términos del Memorando Nº 827- 2012-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la Dirección General de Aeronáutica Civil, Memorando Nº 227-2012- MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Técnico de Certifi caciones, Memorando Nº 176-2012-MTC/12.07. PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias e Informe Nº 210-2012-MTC/12.07 emitido por el Director de Certifi caciones y Autorizaciones, que forman parte de la presente resolución según el Artículo 6.2 de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC modifi cado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modifi catorias, así como las demás disposiciones legales vigentes; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo”, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; el Reglamento vigente; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la compañía AEROMASTER DEL PERU S.A.C. la Modifi cación de su Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo No Regular Nacional de pasajeros, carga y correo en el sentido de incrementar zonas de operación a los ya autorizados a través de la Resolución Directoral Nº 149- 2011-MTC/12 del 30 de mayo del 2011 de acuerdo al siguiente detalle: ZONAS DE OPERACIÓN: (además de los ya autorizados) DEPARTAMENTO: CUSCO - Nuevo Mundo, Malvinas.