Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2012 (22/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, miercoles 22 de agosto de 2012

NORMAS LEGALES

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de la citada Direccion General, para que asista al "Curso Inicial (tierra-simulador) de la aeronave Embraer-190, que se llevara a cabo del 27 de agosto al 18 de setiembre de 2012, en la MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, Estados Unidos de America; Que, el referido curso esta destinado a habilitar al inspector en ese MORDAZA de aeronave, lo que permitira atender los chequeos de vigilancia, proficiencia o calificacion que como entidad que ejerce la autoridad aeronautica en el MORDAZA, debe efectuar en cumplimiento de sus funciones; Que, en tal sentido y dada la importancia del citado evento para los objetivos y metas sectoriales, resulta conveniente autorizar la participacion del citado profesional de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el costo del referido viaje sera financiado dentro del MORDAZA del Convenio de Administracion de Recursos PER/12/801, suscrito por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organizacion de Aviacion Civil Internacional - OACI, organismo tecnico de las Naciones Unidas, en observancia de la Ley No. 29812, de conformidad con los terminos de la Autorizacion de la Beca/Mision Int. No. 014-07-2012, suscrita por el Director General de Aeronautica Civil; De conformidad con la Ley No. 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, Ley No. 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, y a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Goytizolo, profesional de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, del 26 agosto al 19 de setiembre de 2012, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2.- Los gastos que demande el viaje seran cubiertos por el Convenio de Administracion de Recursos PER/12/801, de acuerdo a la Autorizacion de Beca/Mision Int. No. 014-07-2012 y al siguiente detalle: Pasajes aereos (incluido TUUA) US $ Viaticos US $ 2,217.63 5,280.00

Otorgan a Aeromaster del Peru S.A.C. el incremento de zonas de operacion para el transporte aereo no regular nacional de pasajeros, carga y correo
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 258-2012-MTC/12 MORDAZA, 10 de agosto del 2012 Vista la solicitud de la compania AEROMASTER DEL PERU S.A.C., sobre la Modificacion de Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Transporte Aereo No Regular Nacional de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 1492011-MTC/12 del 30 de MORDAZA del 2011 se otorgo a la compania AEROMASTER DEL PERU S.A.C. el Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Transporte Aereo No Regular Nacional de pasajeros y carga, por el plazo de cuatro (04) anos contados a partir del 22 de MORDAZA del 2011; Que, mediante Expediente Nº 2012-034111 del 11 de junio del 2012, la Compania AEROMASTER DEL PERU S.A.C., solicito la Modificacion de su Permiso de Operacion en el sentido de incrementar zonas de operacion a los ya autorizados; Que, segun los terminos del Memorando Nº 8272012-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la Direccion General de Aeronautica Civil, Memorando Nº 227-2012MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Tecnico de Certificaciones, Memorando Nº 176-2012-MTC/12.07. PEL emitido por el Coordinador Tecnico de Licencias e Informe Nº 210-2012-MTC/12.07 emitido por el Director de Certificaciones y Autorizaciones, que forman parte de la presente resolucion segun el Articulo 6.2 de la Ley 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru; su Reglamento; el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC modificado por la Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modificatorias, asi como las demas disposiciones legales vigentes; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicacion del Articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; el Reglamento vigente; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la compania AEROMASTER DEL PERU S.A.C. la Modificacion de su Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Transporte Aereo No Regular Nacional de pasajeros, carga y correo en el sentido de incrementar zonas de operacion a los ya autorizados a traves de la Resolucion Directoral Nº 1492011-MTC/12 del 30 de MORDAZA del 2011 de acuerdo al siguiente detalle: ZONAS DE OPERACION: (ademas de los ya autorizados) DEPARTAMENTO: MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, Malvinas.

Articulo 3.- Dentro de los siete (07) dias calendario siguientes de su retorno al MORDAZA, el profesional mencionado, debera presentar a la Presidencia de la Republica, a traves de la Secretaria del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje; el mencionado profesional debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje; asi como la rendicion de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 5.- La presente Resolucion Suprema no otorgara derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 831267-5

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