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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE AGOSTO DEL AÑO 2012 (22/08/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 22 de agosto de 2012 473083 Artículo 10º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 831267-3 Autorizan viaje de Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 376-2012-DE/ Lima, 21 de agosto de 2012 CONSIDERANDO: Que, el Ministro de Estado en el Despacho de Defensa, viajará del 23 al 25 de agosto de 2012, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, con la fi nalidad de impulsar las relaciones bilaterales, la seguridad fronteriza binacional, así como la cooperación en el ámbito de la seguridad y defensa entre ambos países; Que, por lo expuesto, es necesario autorizar el viaje del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, como parte de la Comitiva Ofi cial y de Apoyo, que acompañará durante su viaje al señor Ministro de Estado en el Despacho de Defensa; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29605, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE/ de fecha 29 de marzo de 2011; la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en Comisión de Servicio, del señor Almirante JOSÉ ERNESTO CUETO ASERVI, Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, como parte de la Comitiva Ofi cial y de Apoyo que acompañará al señor Ministro de Estado en el Despacho de Defensa durante su viaje a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 23 al 25 de agosto de 2012. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán efectuados con cargo al Pliego Presupuestal 026: Ministerio de Defensa, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos: US$ 2,040.66 (Incluye TUUA) = US$. 2,040.66 Viáticos: US$ 200.00 x 03 días = US$. 600.00 TOTAL = US$. 2,640.66 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el Ofi cial Almirante designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 831268-4 Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de Colombia RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 940-2012-DE/SG Lima, 21 de agosto de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsímiles (DSD) Nºs. 683 y 684 del 21 de agosto de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Colombia, sin armas de guerra; Que, con Ofi cios Nºs. 21162/DIE/D-7/03.04.06 y 21163/DIE/D-7/03.04.06 ambos del 17 de agosto de 2012, el Director de Inteligencia del Ejército por encargado del Comandante General del Ejército del Perú, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de la República de Colombia; Que, el personal militar antes señalado ingresará a territorio de la República, del 22 al 24 de agosto de 2012, a fi n de participar en la XII Reunión de Coordinación Militar entre los Comandos de la Región Militar del Oriente del Ejército del Perú y la Sexta División del Ejército de Colombia; Que, el Artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el Artículo Único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por el Ejército del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, del personal militar de