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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 27 de agosto de 2012 473400 Que, a través del Ofi cio Nº 1607-2012-PRODUCE/ DGEPP, se notifi ca a la administrada nuevas observaciones efectuadas a su solicitud, el mismo que fue notifi cado el 11 de mayo de 2012, habiendo transcurrido 17 días del plazo para resolver el presente procedimiento, suspendiéndose el mismo hasta la oportunidad en que la administrada presente su escrito de subsanación; Que, con escrito de fecha 21 de mayo de 2012, la administrada presenta documentación para subsanar las observaciones efectuadas con Ofi cio Nº 1607-2012- PRODUCE/DGEPP, reanudándose el cómputo del plazo para resolver el presente procedimiento, quedando únicamente tres (03) días del plazo para resolverlo; Que, a través del Ofi cio Nº 1843-2012-PRODUCE/ DGEPP de fecha 23 de mayo de 2012, se realizan nuevas observaciones a la solicitud, las mismas que debían ser comunicadas dentro del plazo para resolver el presente procedimiento, además el plazo señalado en el numeral 24.1 del artículo 24º de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, esto es, notifi carse dentro del plazo de cinco días, contados a partir de la expedición del referido Ofi cio; Que, la notifi cación del Ofi cio Nº 1843-2012- PRODUCE/DGEPP, para que no opere el silencio administrativo positivo debió ser efectuada a más tardar el 29 de mayo de 2012, sin embargo, éste fue notifi cado el 30 de mayo de 2012. Consecuentemente, el presente procedimiento ha sido aprobado por acto fi cto en fecha 29 de mayo de 2012; Que, respecto al derecho sobre el predio, cabe mencionar que, se ha verifi cado en los antecedentes de la planta de congelado autorizada por Resolución Directoral Nº 003-2005-PRODUCE/DNEPP, corroborado con la consulta en línea efectuada a la Partida Registral Nº 02001113 (Antes Ficha Nº 40003) del Registro de Propiedad Inmueble - Ofi cina Registral de Casma, que la empresa solicitante adquirió la propiedad del predio San José, Sector Tabón Bajo, distrito de Comandante Noel, provincia de Casma, departamento de Ancash (Código Catastral Nº 8 7908950 07509), en mérito a la venta otorgada por los esposos Carlos Fidel Huamanchumo Torres y Maria Hilda Lazaro Mendiola; Que, de la evaluación realizada a la documentación presentada por la administrada en el escrito de absolución al requerimiento efectuado con Ofi cio Nº 1607-2012- PRODUCE/DGEPP-Dch, se advierte que, en el predio inscrito en la Partida Registral Nº 02001113 (Antes Ficha Nº 40003) del Registro de Propiedad Inmueble - Ofi cina Registral de Casma, con un Área Total de Ha. 1.9909, se ha aprobado la Habilitación Urbana - Industrial de la misma, con el siguiente cuadro de áreas: Manzana “A” Lote 1 con área de 18,235.75 m2, Manzana “B” Lote 1 con área de 334.20 m2, Manzana “C” Lote 1 con área de 1,179.05 m2 y Vías y acceso: 160 m2. Asimismo, se ha autorizado a la propietaria del predio (empresa ACUACULTURA Y PESCA S.A.C.) efectuar las construcciones simultáneas de la planta procesadora, así como, las obras de infraestructura. Dichos Lotes Únicos de las Manzanas A, B, y C han sido independizados en las Partidas Electrónicas Nº 11001511, 11001512 y 11001513 del mismo Registro de Propiedad Inmueble, cuyo dominio corresponde a la empresa ACUACULTURA Y PESCA S.A.C., conforme se ha verifi cado de la consulta en línea efectuada a la SUNARP; Que, con escrito del visto de fecha 13 de junio de 2012, la administrada subsana las observaciones contenidas en el Ofi cio Nº 1843-2012-PRODUCE/ DGEPP-Dch, presentando tres (03) planos, a través de los cuales, se delimita de forma exacta las nuevas áreas que encierra el inmueble registrado en la Partida Electrónica Nº 02001113, actualmente independizado en las Partidas Electrónicas Nº 11001511, 11001512 y 11001513. Asimismo, presenta el Formulario DGEPP-026 consignando los datos de publicidad registral del predio y la localización de la planta, así como, la Declaración Jurada indicando que debe darse por modifi cado el dato de publicidad registral y la ubicación de la planta en los anexos del Formulario DGEPP-026 y los documentos técnicos emitidos por la Autoridad Sanitaria y Ambiental del Sector Pesquero conforme a la siguiente ubicación: Planta ubicada en Calle “A” Mz “A” Lt. 01 Habilitación Urbana - Industrial, Predio 07509, distrito de Comandante Noel, Provincia de Casma, a la altura del Km. 383.3 de la Carretera Panamericana Norte, Distrito de Comandante Noel, Provincia de Casma, Departamento de Ancash, inscrita en la Partida Electrónica Nº 11001511 del Registro de Propiedad Inmueble - Ofi cina Registral de Casma; FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL