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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 27 de agosto de 2012 473417 la comunicación, TELEFÓNICA a través de los servicios prestados por terceros que elija, deberá establecer la forma en que recibirá la llamada desde la red fi ja local de WINNER, la cual deberá ser comunicada a la referida empresa por TELEFÓNICA. En caso que en el área local de origen de la comunicación WINNER no cuente con interconexión directa con el tercer operador que elija TELEFÓNICA, WINNER a través de su servicio portador de larga distancia nacional deberá entregar la comunicación en el área local en la que cuente con interconexión directa con TELEFÓNICA o con el tercer operador que TELEFÓNICA elija, para que TELEFÓNICA, a través de su servicio portador de larga distancia nacional y o de un tercer operador entregue las comunicaciones en el área local de destino. En este escenario de comunicación: a. TELEFÓNICA establecerá la tarifa de la presente comunicación. b. WINNER cobrará la tarifa al usuario por la presente comunicación. c. WINNER tendrá derecho a retener: (i) el cargo por originación de llamadas en la red del servicio de telefonía fi ja local y (ii) el cargo por transporte conmutado de larga distancia nacional en caso WINNER no cuente con interconexión directa en el área local de origen con el tercer operador que TELEFÓNICA elija. d. . Adicionalmente: - Si las comunicaciones se originan en un abonado y WINNER utiliza para el cobro de las presentes comunicaciones mecanismos postpago, la empresa WINNER deberá retener: (i) el cargo por facturación y cobranza y (ii) un descuento por morosidad sobre el tráfi co total conciliado. - Si las comunicaciones se originan en un teléfono público, WINNER deberá retener: (i) el cargo por acceso a los teléfonos públicos. e. TELEFÓNICA tendrá derecho al saldo resultante de la diferencia entre: (i) la tarifa para la presente comunicación según lo establecido en el literal a. del presente numeral y (ii) los descuentos y retenciones establecidos en el literal c. del presente numeral. f. TELEFÓNICA deberá comunicar, por escrito a WINNER con una anticipación no menor de diez (10) días hábiles, las tarifas correspondientes a ser aplicadas a la presente comunicación. La comunicación se realizará utilizando el formato establecido en el Anexo 4 del TUO de las Normas de Interconexión. g. De ser el caso, TELEFÓNICA pagará los cargos de interconexión que correspondan por los servicios prestados por terceros. NUMERAL 6.- COMUNICACIONES DESDE LA RED FIJA LOCAL DE WINNER, UBICADA EN ÁREA URBANA, CON DESTINO A LA RED DE OTRO OPERADOR, HACIENDO USO DEL SERVICIO DE TRANSPORTE CONMUTADO LOCAL Y/O TRANSPORTE CONMUTADO DE LARGA DISTANCIA NACIONAL DE TELEFÓNICA, EN DONDE WINNER NO ESTABLECE LA TARIFA POR DICHA COMUNICACIÓN CUANDO TELEFÓNICA Y WINNER NO CUENTAN CON INTERCONEXIÓN DIRECTA EN EL ÁREA LOCAL DE ORIGEN DE LA COMUNICACIÓN. Para las comunicaciones originadas en los usuarios de la red del servicio de telefonía fi ja local de WINNER, ubicada en área urbana, destinadas a un tercer operador, haciendo uso del servicio de transporte conmutado local y/o transporte conmutado de larga distancia nacional provisto por TELEFÓNICA, en donde WINNER no establece la tarifa por dicha comunicación cuando ambos operadores no cuentan con interconexión directa en el área local de origen de la comunicación, WINNER a través de su servicio portador de larga distancia nacional, deberá entregar las comunicaciones a la red de TELEFÓNICA en el punto de interconexión existente, para que TELEFÓNICA, a través del servicio de transporte conmutado local y/o del servicio de transporte conmutado de larga distancia nacional, de corresponder, entregue las comunicaciones a la tercera red: a. El tercer operador establece la tarifa. b. En los casos en que WINNER cobre al usuario por este tipo de comunicaciones, éste tendrá derecho a retener: (i) el cargo por originación de llamadas en la red del servicio de telefonía fi ja local y (ii) el cargo por transporte conmutado de larga distancia nacional. Adicionalmente: - Si las comunicaciones se originan en un abonado y WINNER utiliza para el cobro de las presentes comunicaciones mecanismos postpago, la empresa WINNER deberá retener: (i) el cargo por facturación y cobranza y (ii) un descuento por morosidad sobre el tráfi co total conciliado. - Si las comunicaciones se originan en un teléfono público, WINNER deberá retener: (i) el cargo por acceso a los teléfonos públicos. c. WINNER deberá entregar a TELEFÓNICA el saldo resultante de la diferencia entre: (i) la tarifa para la presente comunicación y (ii) los descuentos y retenciones establecidos en el literal b. d. TELEFÓNICA retiene: (i) el cargo por transporte conmutado local que corresponda y (ii) de ser el caso, el cargo por transporte conmutado de larga distancia nacional, que corresponda. e. TELEFÓNICA deberá entregar al tercer operador el saldo resultante de la diferencia entre: (i) lo entregado por WINNER de acuerdo a lo establecido en el literal c. y (ii) los descuentos y retenciones establecidos en el literal d. f. El tercer operador tendrá derecho al saldo resultante de la diferencia entre: (i) la tarifa según lo establecido en el literal a. y (ii) las contraprestaciones percibidas por WINNER y TELEFÓNICA según lo establecido en los literales b. y d. g. Lo establecido anteriormente no será aplicable si es que WINNER ha suscrito un acuerdo de interconexión con liquidación directa con el tercer operador. h. La aplicación del presente escenario de comunicaciones está sujeta a que TELEFÓNICA solicite al tercer operador, mediante comunicación escrita, la aceptación correspondiente. NUMERAL 7.- COMUNICACIONES DESDE LA RED FIJA LOCAL DEL TERCER OPERADOR CON DESTINO A LA RED DE WINNER, UBICADA EN ÁREA URBANA, HACIENDO USO DEL SERVICIO DE TRANSPORTE CONMUTADO LOCAL Y/O TRANPORTE CONMUTADO DE LARGA DISTANCIA NACIONAL DE TELEFÓNICA, EN DONDE EL TERCER OPERADOR ESTABLECE LA TARIFA POR DICHA COMUNICACIÓN CUANDO TELEFÓNICA Y WINNER NO CUENTAN CON INTERCONEXIÓN DIRECTA EN EL ÁREA LOCAL DE DESTINO DE LA COMUNICACIÓN. Para las comunicaciones originadas en los usuarios de la red del tercer operador, destinadas a la red del servicio de telefonía fi ja local de WINNER, ubicada en área urbana, haciendo uso del servicio de transporte conmutado local y/o transporte conmutado de larga distancia nacional provisto por TELEFÓNICA, en donde el tercer operador establece la tarifa por dicha comunicación, y TELEFÓNICA e WINNER no cuentan con interconexión directa en el área local de destino de la comunicación, el tercer operador entregará la llamada en el área local de origen para que TELEFÓNICA a través de su servicio portador de larga distancia nacional entregue las comunicaciones a la red de WINNER en el punto de interconexión existente, para que WINNER, de corresponder, a través del servicio de transporte conmutado de larga distancia nacional, entregue las comunicaciones al área local de destino: a. El tercer operador establece y cobra la tarifa de la comunicación. b. El tercer operador pagará a TELEFÓNICA: (i) el cargo urbano o rural por transporte conmutado local, (ii) el cargo urbano o rural por transporte conmutado de larga distancia nacional, que corresponda. c. TELEFÓNICA pagará a WINNER el cargo por terminación de llamadas en su red y de ser el caso el cargo por transporte conmutado de larga distancia nacional. d. El tercer operador asumirá ante WINNER: (i) el pago del cargo por terminación de llamadas en su red y (ii) de ser el caso, el cargo por transporte conmutado de larga distancia nacional. e. Lo establecido en el literal c. no será aplicable si es que WINNER ha suscrito un acuerdo de interconexión con liquidación directa con el tercer operador. f. La aplicación del presente escenario de comunicaciones está sujeta a que TELEFÓNICA solicite al tercer operador, mediante comunicación escrita, la aceptación correspondiente.