Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2012 (27/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, lunes 27 de agosto de 2012

NORMAS LEGALES

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la comunicacion, TELEFONICA a traves de los servicios prestados por terceros que elija, debera establecer la forma en que recibira la llamada desde la red fija local de WINNER, la cual debera ser comunicada a la referida empresa por TELEFONICA. En caso que en el area local de origen de la comunicacion WINNER no cuente con interconexion directa con el tercer operador que elija TELEFONICA, WINNER a traves de su servicio portador de larga distancia nacional debera entregar la comunicacion en el area local en la que cuente con interconexion directa con TELEFONICA o con el tercer operador que TELEFONICA elija, para que TELEFONICA, a traves de su servicio portador de larga distancia nacional y o de un tercer operador entregue las comunicaciones en el area local de destino. En este escenario de comunicacion: a. TELEFONICA establecera la tarifa de la presente comunicacion. b. WINNER cobrara la tarifa al usuario por la presente comunicacion. c. WINNER tendra derecho a retener: (i) el cargo por originacion de llamadas en la red del servicio de telefonia fija local y (ii) el cargo por transporte conmutado de larga distancia nacional en caso WINNER no cuente con interconexion directa en el area local de origen con el tercer operador que TELEFONICA elija. d. . Adicionalmente: - Si las comunicaciones se originan en un abonado y WINNER utiliza para el cobro de las presentes comunicaciones mecanismos postpago, la empresa WINNER debera retener: (i) el cargo por facturacion y cobranza y (ii) un descuento por morosidad sobre el trafico total conciliado. - Si las comunicaciones se originan en un telefono publico, WINNER debera retener: (i) el cargo por acceso a los telefonos publicos. e. TELEFONICA tendra derecho al saldo resultante de la diferencia entre: (i) la tarifa para la presente comunicacion segun lo establecido en el literal a. del presente numeral y (ii) los descuentos y retenciones establecidos en el literal c. del presente numeral. f. TELEFONICA debera comunicar, por escrito a WINNER con una anticipacion no menor de diez (10) dias habiles, las tarifas correspondientes a ser aplicadas a la presente comunicacion. La comunicacion se realizara utilizando el formato establecido en el Anexo 4 del TUO de las Normas de Interconexion. g. De ser el caso, TELEFONICA pagara los cargos de interconexion que correspondan por los servicios prestados por terceros. NUMERAL 6.- COMUNICACIONES DESDE LA RED FIJA LOCAL DE WINNER, UBICADA EN AREA MORDAZA, CON DESTINO A LA RED DE OTRO OPERADOR, HACIENDO USO DEL SERVICIO DE TRANSPORTE CONMUTADO LOCAL Y/O TRANSPORTE CONMUTADO DE LARGA DISTANCIA NACIONAL DE TELEFONICA, EN DONDE WINNER NO ESTABLECE LA TARIFA POR DICHA COMUNICACION CUANDO TELEFONICA Y WINNER NO CUENTAN CON INTERCONEXION DIRECTA EN EL AREA LOCAL DE ORIGEN DE LA COMUNICACION. Para las comunicaciones originadas en los usuarios de la red del servicio de telefonia fija local de WINNER, ubicada en area MORDAZA, destinadas a un tercer operador, haciendo uso del servicio de transporte conmutado local y/o transporte conmutado de larga distancia nacional provisto por TELEFONICA, en donde WINNER no establece la tarifa por dicha comunicacion cuando ambos operadores no cuentan con interconexion directa en el area local de origen de la comunicacion, WINNER a traves de su servicio portador de larga distancia nacional, debera entregar las comunicaciones a la red de TELEFONICA en el punto de interconexion existente, para que TELEFONICA, a traves del servicio de transporte conmutado local y/o del servicio de transporte conmutado de larga distancia nacional, de corresponder, entregue las comunicaciones a la tercera red: a. El tercer operador establece la tarifa. b. En los casos en que WINNER cobre al usuario por este MORDAZA de comunicaciones, este tendra derecho a retener: (i) el cargo por originacion de llamadas en la

red del servicio de telefonia fija local y (ii) el cargo por transporte conmutado de larga distancia nacional. Adicionalmente: - Si las comunicaciones se originan en un abonado y WINNER utiliza para el cobro de las presentes comunicaciones mecanismos postpago, la empresa WINNER debera retener: (i) el cargo por facturacion y cobranza y (ii) un descuento por morosidad sobre el trafico total conciliado. - Si las comunicaciones se originan en un telefono publico, WINNER debera retener: (i) el cargo por acceso a los telefonos publicos. c. WINNER debera entregar a TELEFONICA el saldo resultante de la diferencia entre: (i) la tarifa para la presente comunicacion y (ii) los descuentos y retenciones establecidos en el literal b. d. TELEFONICA retiene: (i) el cargo por transporte conmutado local que corresponda y (ii) de ser el caso, el cargo por transporte conmutado de larga distancia nacional, que corresponda. e. TELEFONICA debera entregar al tercer operador el saldo resultante de la diferencia entre: (i) lo entregado por WINNER de acuerdo a lo establecido en el literal c. y (ii) los descuentos y retenciones establecidos en el literal d. f. El tercer operador tendra derecho al saldo resultante de la diferencia entre: (i) la tarifa segun lo establecido en el literal a. y (ii) las contraprestaciones percibidas por WINNER y TELEFONICA segun lo establecido en los literales b. y d. g. Lo establecido anteriormente no sera aplicable si es que WINNER ha suscrito un acuerdo de interconexion con liquidacion directa con el tercer operador. h. La aplicacion del presente escenario de comunicaciones esta sujeta a que TELEFONICA solicite al tercer operador, mediante comunicacion escrita, la aceptacion correspondiente. NUMERAL 7.- COMUNICACIONES DESDE LA RED FIJA LOCAL DEL TERCER OPERADOR CON DESTINO A LA RED DE WINNER, UBICADA EN AREA MORDAZA, HACIENDO USO DEL SERVICIO DE TRANSPORTE CONMUTADO LOCAL Y/O TRANPORTE CONMUTADO DE LARGA DISTANCIA NACIONAL DE TELEFONICA, EN DONDE EL TERCER OPERADOR ESTABLECE LA TARIFA POR DICHA COMUNICACION CUANDO TELEFONICA Y WINNER NO CUENTAN CON INTERCONEXION DIRECTA EN EL AREA LOCAL DE DESTINO DE LA COMUNICACION. Para las comunicaciones originadas en los usuarios de la red del tercer operador, destinadas a la red del servicio de telefonia fija local de WINNER, ubicada en area MORDAZA, haciendo uso del servicio de transporte conmutado local y/o transporte conmutado de larga distancia nacional provisto por TELEFONICA, en donde el tercer operador establece la tarifa por dicha comunicacion, y TELEFONICA e WINNER no cuentan con interconexion directa en el area local de destino de la comunicacion, el tercer operador entregara la llamada en el area local de origen para que TELEFONICA a traves de su servicio portador de larga distancia nacional entregue las comunicaciones a la red de WINNER en el punto de interconexion existente, para que WINNER, de corresponder, a traves del servicio de transporte conmutado de larga distancia nacional, entregue las comunicaciones al area local de destino: a. El tercer operador establece y cobra la tarifa de la comunicacion. b. El tercer operador pagara a TELEFONICA: (i) el cargo MORDAZA o rural por transporte conmutado local, (ii) el cargo MORDAZA o rural por transporte conmutado de larga distancia nacional, que corresponda. c. TELEFONICA pagara a WINNER el cargo por terminacion de llamadas en su red y de ser el caso el cargo por transporte conmutado de larga distancia nacional. d. El tercer operador asumira ante WINNER: (i) el pago del cargo por terminacion de llamadas en su red y (ii) de ser el caso, el cargo por transporte conmutado de larga distancia nacional. e. Lo establecido en el literal c. no sera aplicable si es que WINNER ha suscrito un acuerdo de interconexion con liquidacion directa con el tercer operador. f. La aplicacion del presente escenario de comunicaciones esta sujeta a que TELEFONICA solicite al tercer operador, mediante comunicacion escrita, la aceptacion correspondiente.

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