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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 27 de agosto de 2012 473416 f. De ser el caso, TELEFÓNICA pagará los cargos de interconexión que correspondan por los servicios prestados por terceros. NUMERAL 2.- COMUNICACIONES LOCALES DESDE LA RED FIJA LOCAL DE TELEFÓNICA, UBICADA EN UN ÁREA URBANA O EN UN ÁREA RURAL O LUGAR CONSIDERADO DE PREFERENTE INTERÉS SOCIAL, HACIA LA RED FIJA LOCAL DE WINNER, UBICADA EN UN ÁREA URBANA, CUANDO AMBOS OPERADORES NO CUENTAN CON INTERCONEXIÓN DIRECTA EN EL ÁREA LOCAL DE ORIGEN DE LA COMUNICACIÓN. Para las comunicaciones locales originadas en los usuarios de la red del servicio de telefonía fi ja local, en la modalidad de abonados y de teléfonos públicos, de TELEFÓNICA, ubicados en un área urbana o en un área rural o lugar considerado de preferente interés social con destino a los usuarios de la red del servicio de telefonía fi ja local, en la modalidad de abonados y de teléfonos públicos, de WINNER, ubicados en un área urbana, cuando ambos operadores no cuentan con interconexión directa en el área local de origen de la comunicación, TELEFÓNICA a través de los servicios prestados por terceros que elija, deberá establecer la forma en que entregará la llamada a la red fi ja local de WINNER, la cual deberá ser comunicada a la referida empresa por TELEFÓNICA. En caso que en el área local de origen de la comunicación WINNER no cuente con interconexión directa con el tercer operador que elija TELEFÓNICA, WINNER deberá recibir la comunicación en el área local en la que cuente con interconexión directa con TELEFÓNICA o con el tercer operador que TELEFÓNICA elija para que a través de su servicio portador de larga distancia nacional termina la comunicación en su red fi ja. En este escenario de comunicación: a. TELEFÓNICA establecerá la tarifa de la presente comunicación. b. TELEFÓNICA cobrará la tarifa al usuario por la presente comunicación. c. TELEFÓNICA pagará a WINNER: (i) el cargo por terminación de llamadas en su red del servicio de telefonía fi ja local y (ii) el cargo por transporte conmutado de larga distancia nacional en caso WINNER no cuente con interconexión directa en el área local de origen con el tercer operador que elija TELEFÓNICA. d. TELEFÓNICA tendrá derecho al saldo resultante de la diferencia entre: (i) la tarifa según lo establecido en el literal a. y (ii) los cargos percibidos por WINNER según lo establecido en el literal c. e. De ser el caso, TELEFÓNICA pagará los cargos de interconexión que correspondan por los servicios prestados por terceros. NUMERAL 3.- COMUNICACIONES DESDE LA RED FIJA LOCAL DE WINNER, UBICADA EN UN ÁREA URBANA, CON DESTINO A LA RED DE OTRO OPERADOR, HACIENDO USO DEL SERVICIO DE TRANSPORTE CONMUTADO LOCAL DE TELEFÓNICA, EN DONDE WINNER NO ESTABLECE LA TARIFA POR DICHA COMUNICACIÓN, CUANDO TELEFÓNICA Y WINNER NO CUENTAN CON INTERCONEXIÓN DIRECTA EN EL ÁREA LOCAL DE ORIGEN DE LA COMUNICACIÓN. Para las comunicaciones originadas en los usuarios de la red del servicio de telefonía fi ja local de WINNER, en la modalidad de abonados y de teléfonos públicos, ubicados en un área urbana, destinadas a un tercer operador, haciendo uso del servicio de transporte conmutado local provisto por TELEFÓNICA, en donde WINNER no establece la tarifa por dicha comunicación, cuando ambos operadores no cuentan con interconexión directa en el área local de origen de la comunicación: a. En los casos en que WINNER cobre al usuario por este tipo de comunicaciones, éste tendrá derecho a retener: (i) el cargo por originación de llamadas en la red del servicio de telefonía fi ja local y (ii) el cargo por transporte conmutado de larga distancia nacional. Adicionalmente: - Si las comunicaciones se originan en un abonado y WINNER utiliza para el cobro de las presentes comunicaciones mecanismos postpago, la empresa WINNER deberá retener: (i) el cargo por facturación y cobranza y (ii) un descuento por morosidad sobre el tráfi co total conciliado. - Si las comunicaciones se originan en un teléfono público, WINNER deberá retener: (i) el cargo por acceso a los teléfonos públicos. b. WINNER deberá entregar a TELEFÓNICA al saldo resultante de la diferencia entre: (i) la tarifa para la presente comunicación y (ii) los descuentos y retenciones establecidos en el literal a. c. TELEFÓNICA y el tercer operador se efectuarán los pagos correspondientes. d. Lo establecido en el literal c. no será aplicable si es que WINNER ha suscrito un acuerdo de interconexión con liquidación directa con el tercer operador. e. La aplicación del presente escenario de comunicaciones está sujeta a que TELEFÓNICA solicite al tercer operador, mediante comunicación escrita, la aceptación correspondiente. NUMERAL 4.- COMUNICACIONES DESDE LA RED DE OTRO OPERADOR CON DESTINO A LA RED FIJA LOCAL DE WINNER, UBICADA EN UN ÁREA URBANA, HACIENDO USO DEL SERVICIO DE TRANSPORTE CONMUTADO LOCAL DE TELEFÓNICA, EN DONDE WINNER NO ESTABLECE LA TARIFA POR DICHA COMUNICACIÓN CUANDO TELEFÓNICA Y WINNER NO CUENTAN CON INTERCONEXIÓN DIRECTA EN EL ÁREA LOCAL DE DESTINO DE LA COMUNICACIÓN. Para las comunicaciones originadas en los usuarios de un tercer operador, y destinadas a la red del servicio de telefonía fi ja local de WINNER, ubicada en un área urbana, haciendo uso del servicio de transporte conmutado local provisto por TELEFÓNICA, en donde WINNER no establece la tarifa por dicha comunicación cuando ambos operadores no cuentan con interconexión directa en el área local de destino de la comunicación: a. TELEFÓNICA pagará a WINNER: (i) el cargo por terminación de llamadas en la red del servicio de telefonía fi ja local y (ii) el cargo por transporte conmutado de larga distancia nacional. b. En los casos en los cuales el tercer operador que origina la comunicación establece la tarifa, éste pagará a TELEFÓNICA el cargo urbano o rural por transporte conmutado local urbano según corresponda. Dicho pago deberá estar incluido en el contrato o mandato de interconexión que TELEFÓNICA suscriba con el tercer operador. c. En los casos en los cuales el tercer operador que origina la comunicación establece la tarifa, éste asumirá el pago de los cargos establecidos en el literal a. d. Lo establecido en el literal a. no será aplicable si es que WINNER ha suscrito un acuerdo de interconexión con liquidación directa con el tercer operador. e. La aplicación del presente escenario de comunicaciones está sujeta a que TELEFÓNICA solicite al tercer operador, mediante comunicación escrita, la aceptación correspondiente. 2. COMUNICACIONES DE LARGA DISTANCIA NACIONAL: NUMERAL 5.- COMUNICACIONES DE LARGA DISTANCIA NACIONAL DESDE LA RED FIJA LOCAL DE WINNER, UBICADA EN UN ÁREA URBANA, HACIA LA RED FIJA LOCAL DE TELEFÓNICA, UBICADA EN UN ÁREA RURAL O LUGAR CONSIDERADO DE PREFERENTE INTERÉS SOCIAL, UTILIZANDO LA RED DEL SERVICIO PORTADOR DE LARGA DISTANCIA DE TELEFÓNICA Y DE WINNER, CUANDO AMBOS OPERADORES NO CUENTAN CON INTERCONEXIÓN DIRECTA EN EL ÁREA LOCAL DE ORIGEN DE LA COMUNICACIÓN. Para las comunicaciones de larga distancia nacional originadas en los usuarios de la red del servicio de telefonía fi ja local, en la modalidad de abonados y de teléfonos públicos de WINNER, ubicada en un área urbana, con destino a los usuarios de la red del servicio de telefonía fi ja local, en la modalidad de abonados y teléfonos públicos, de TELEFÓNICA, ubicada en un área rural o lugar considerado de preferente interés social, utilizando el servicio portador de larga distancia nacional de TELEFÓNICA, cuando ambos operadores no cuentan con interconexión directa en el área local de origen de