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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (01/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 1 de diciembre de 2012 479755 Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior 873502-7 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 183-2012-IN Lima, 30 de noviembre de 2012 VISTO, el Ofi cio RE (DGM-DSD) Nº 2-10-C/1003 de fecha 2 de agosto de 2012, suscrito por el Ministro Carlos GIL DE MONTES MOLINARI, Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú, con el cual se dirige al General de Policía, Director General de la Policía Nacional del Perú, haciendo extensiva la invitación para que un (1) representante de la División de Seguridad Contraminas de la Policía Nacional del Perú, participe en la “XII Reunión de los Estados Parte de la Convención sobre Prohibición del Empleo, Almacenamiento, Producción y Transferencia de Minas Antipersonal y su Destrucción, conocida también como Convención de Ottawa sobre Minas Antipersonal, evento a desarrollarse del 3 al 7 de diciembre de 2012, en la ciudad de Ginebra - Confederación Suiza. CONSIDERANDO: Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión N° 381- 2012-DIRGEN PNP/EMP-OCNI del 29 de octubre de 2012, el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, estima conveniente que el General de Policía, Director General de la Policía Nacional del Perú, autorice el viaje al extranjero en comisión del servicio del Coronel de la Policía Nacional del Perú Andrés MENDOZA LORA, Jefe de la División de Seguridad Contraminas de la Policía Nacional del Perú, a partir del 2 al 8 de diciembre de 2012, a fi n de que participe en la “XII Reunión de los Estados Parte de la Convención sobre Prohibición del Empleo, Almacenamiento, Producción y Transferencia de Minas Antipersonal y su Destrucción”, conocida también como Convención de Ottawa sobre Minas Antipersonal, evento a desarrollarse en la ciudad de Ginebra - Confederación Suiza; Que, mediante Memorándum N° 1463-2012- DIRGEN-PNP/EMP-OCNI del 31 de octubre de 2012, el General de Policía, Director General de la Policía Nacional del Perú, dispuso la formulación de la resolución autoritativa de viaje al extranjero en comisión del servicio del Coronel de la Policía Nacional del Perú Andrés MENDOZA LORA, Jefe de la División de Seguridad Contraminas de la Policía Nacional del Perú, a fi n de que participe en la mencionada reunión, con costo para el Estado Peruano; Que, es conveniente para el interés institucional autorizar el viaje al extranjero del referido funcionario policial, a fi n de que participe en la “XII Reunión de los Estados Parte de la Convención sobre Prohibición del Empleo, Almacenamiento, Producción y Transferencia de Minas Antipersonal y su Destrucción, conocida también como Convención de Ottawa sobre Minas Antipersonal”, por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio del orden interno y orden público dentro del ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú; Que, el último párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley N° 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, respecto a los viajes al extranjero de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, establece que el requerimiento de excepción adicionales a las señaladas en los literales del artículo en mención, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; la Ley N° 29812 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley Nº 27238 - Ley de la Policía Nacional del Perú y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2000-IN; la Ley Nº 29334 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002- 2012-IN. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje al extranjero, en comisión del servicio, del Coronel de la Policía Nacional del Perú Andrés MENDOZA LORA, Jefe de la División de Seguridad Contraminas de la Policía Nacional del Perú, a partir del 2 al 8 de diciembre de 2012, a fi n de que participe en la “XII Reunión de los Estados Parte de la Convención sobre Prohibición del Empleo, Almacenamiento, Producción y Transferencia de Minas Antipersonal y su Destrucción, conocida también como Convención de Ottawa sobre Minas Antipersonal”, evento a desarrollarse en la ciudad de Ginebra - Confederación Suiza. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos, incluyendo la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú del Pliego 007 - Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: - Viáticos (Art. 5º DS. 047-2002-PCM) 5 x S/. 672.36. S/ 3,361.80. - Pasajes Lima-Ginebra-Lima (Incluye TUUA) S/. 3,710.91. ----------------- Total S/. 7,072.71. Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el personal policial designado, deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado; así como la rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 4°.- La Presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 5°.- La Presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior 873502-8