Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2012 (01/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, sabado 1 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

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conforme a los terminos y condiciones que rigieron el concurso publico." Que, mediante Informe N° 1371-2012-MTC/27, MORDAZA con Informe N° 1624-2012-MTC/27, la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones, opina que corresponde otorgar a favor de la empresa VIETTEL PERU S.A.C. concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) anos en el area que comprende todo el territorio de la Republica del Peru, estableciendose como primer servicio a prestar, el servicio publico de comunicaciones personales (PCS); Que, con Informe N° 2548 -2012-MTC/08, la Oficina General de Asesoria Juridica emite pronunciamiento, considerando legalmente viable, el otorgamiento de la concesion unica solicitada; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC y su modificatoria, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2007-MTC y sus modificatorias, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 0212007-MTC, y las Bases de la Licitacion Publica Especial para la ejecucion del MORDAZA de "Concesion Unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones y Asignacion de las Bandas 899-915 MHz y 944-960 MHz en la provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao y las Bandas 902-915 MHz y 947-960 MHz, en el resto del Pais"; Con la opinion favorable de la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones y la conformidad del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa VIETTEL PERU S.A.C., concesion unica para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) anos, en el area que comprende todo el territorio de la Republica del Peru, estableciendose como primer servicio a prestar, el Servicio de Comunicaciones Personales (PCS). Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con la empresa VIETTEL PERU S.A.C., para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiun (21) clausulas y nueve (9) anexos que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- Autorizar al Director General de Concesiones en Comunicaciones para que, en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el contrato de concesion que se aprueba en el articulo 2º de la presente resolucion, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la empresa VIETTEL PERU S.A.C. en la Fecha de Cierre, fijada de conformidad con las Bases de la Licitacion Publica Especial para la ejecucion del MORDAZA "Concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones y asignacion de las bandas 899-915 MHz y 944-960MHZ en la provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao y las bandas 902-915MHz y 947-960 MHz, en el resto del pais", y verificado el cumplimiento de la documentacion y requisitos establecidos en dichas bases para tal efecto. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, para conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 872962-1

Aprueban texto de Contrato de Fideicomiso de Administracion a ser suscrito por Viettel Peru S.A.C., La Fiduciaria S.A. y el Ministerio, para entregar concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones y asignacion de bandas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 694-2012-MTC/01 MORDAZA, 29 de noviembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, con fecha 14 de agosto de 2012 se adjudico a VIETTEL PERU S.A.C., la Buena Pro de la Licitacion Publica Especial para entregar "Concesion Unica para la Prestacion de Servicios Publicos de Telecomunicaciones y Asignacion de las Bandas 899 - 915 MHz y 944 - 960 MHz en la provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao y las Bandas 902 - 915 MHz y 947 - 960 MHz, en el resto del pais" (en adelante, la Licitacion); Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 1.3.59 de las Bases de la Licitacion, la Propuesta Economica estaba conformada por tres partes: i) un pago fijo en efectivo correspondiente a la Oferta Economica de cada Postor, ii) otro correspondiente a la Oferta de Inversion en Acceso Gratuito a Internet de Banda Ancha, y iii) el pago de los costos de migracion y la adopcion de las medidas necesarias para el reemplazo a los que se refiere el Numeral 1.2.3.5 de las Bases; Que, segun lo establecido en el numeral 1.2.3.5, concordado con el numeral 15 de las Bases, corresponde al adjudicatario de la Licitacion, MORDAZA de la Fecha de Cierre, constituir un fideicomiso de administracion a efectos de garantizar la disponibilidad y el uso de los recursos para solventar los costos derivados de la migracion de los equipos y/o aparatos de telecomunicaciones que operaban en las bandas 944 ­ 960 MHz en la provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao y 947 ­ 960 MHz en el resto del pais; y, la adopcion de las medidas necesarias para el reemplazo de los equipos y aparatos de telecomunicaciones que operaban en la banda 902 ­ 928 MHz MORDAZA de la entrada en vigencia del Decreto Supremo N° 015-2011-MTC; Que, segun lo dispuesto en el literal l) del numeral 4.1 de la Clausula 4 de la version final del Contrato de Concesion aprobado por el Consejo Directivo de PROINVERSION, VIETTEL PERU S.A.C., a la Fecha de Cierre, esta sujeta al cumplimiento de la entrega de una MORDAZA del Contrato de Fideicomiso al que se refiere el Numeral 15 de las Bases, donde se especifique, entre otros aspectos, que el valor del Fondo Fideicometido inicial es el establecido en el Literal a) del Numeral 15.2 de las Bases, y que el plazo del Contrato de Fideicomiso es de veinticuatro (24) meses, contados a partir de la Fecha de Cierre, pudiendo prorrogarse segun lo dispuesto en el Numeral 2.1 del Anexo N° 17 de las Bases; Que, mediante Informe N° 383-2012-MTC/26, la Direccion General de Regulacion y Asuntos Internacionales de Comunicaciones emite opinion favorable respecto del texto del Contrato de Fideicomiso a ser suscrito por VIETTEL PERU S.A.C, La Fiduciaria S.A. y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, establece en el articulo 6 y en el literal k) del articulo 7, que el Ministro de Transportes y Comunicaciones es la mas alta autoridad politica del Sector, encontrandose habilitado a delegar las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas de su cargo; Que, en consecuencia es necesario aprobar el texto del Contrato de Fideicomiso referido en la presente Resolucion Ministerial y autorizar al funcionario que lo

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