Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2012 (01/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, sabado 1 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

479771

del aire la ruta MORDAZA ­ MORDAZA Y VV. con ochenta y cuatro (84) frecuencias semanales por cada una de las partes, asimismo, cinco puntos adicionales en cada MORDAZA, de los cuales se han definido los puntos en Chile: MORDAZA, IQUIQUE, ANTOFAGASTA, CALAMA e MORDAZA DE PASCUA; y en Peru : MORDAZA, IQUITOS, MORDAZA Y MORDAZA, encontrandose el MORDAZA punto por definirse, de lo cual se desprende que el punto TACNA no se encuentra dentro de estos alcances; Que, en aplicacion del Articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a PERUVIAN AIR LINE S.A., Permiso de Operacion por el plazo de cuatro (04) anos contados a partir del dia siguiente a la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el diario oficial "El Peruano". El presente permiso de Operacion tiene caracter administrativo. Para realizar operaciones aereas PERUVIAN AIR LINE S.A. requiere el correspondiente Certificado de Explotador, asi como las Especificaciones Tecnicas de Operacion, debiendo acreditar en estas etapas su capacidad legal, tecnica y economica-financiera, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentacion, y de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. El Permiso de Operacion esta sujeto a las siguientes caracteristicas: NATURALEZA DEL SERVICIO:

3. BOLIVIA, de conformidad con las Decision 582 de la Comision de la Comunidad MORDAZA de Naciones, se concede: CON DERECHOS DE TRAFICO DE TERCERA Y CUARTA MORDAZA DEL AIRE: - MORDAZA Y/O CUZCO ­ LA PAZ Y VV., cuatro (04) frecuencias semanales. 4. VENEZUELA, por el MORDAZA de reciprocidad, se concede: CON DERECHOS DE TRAFICO DE TERCERA Y CUARTA MORDAZA DEL AIRE: - MORDAZA ­ CARACAS Y VV., siete (07) frecuencias semanales. 5. MORDAZA, de conformidad con el "Memorando de Entendimiento entre Autoridades Aeronauticas Civiles del Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica de Cuba" del 27 de MORDAZA del 2012, ratificado mediante R.M. Nº 260-2012-MTC/02 del 24 de MORDAZA de 2012, se concede: CON DERECHOS DE TRAFICO DE TERCERA Y CUARTA MORDAZA DEL AIRE: - MORDAZA ­ LA HABANA Y VV., siete (07) frecuencias semanales. MATERIAL AERONAUTICO: - BOEING 737 - BOEING 747 - BOEING 757 - BOEING 767 - AIRBUS 318 - AIRBUS 319 - AIRBUS 320 - AIRBUS 321 - AIRBUS 340 - EMBRAER 145 - EMBRAER 175 - EMBRAER 195 BASE DE OPERACIONES:

- Aviacion Comercial: Servicio de Transporte Aereo Regular de pasajeros, carga y correo. AMBITO DEL SERVICIO: - Internacional. RUTAS, FRECUENCIAS AEROCOMERCIALES: Y DERECHOS

- Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA - Callao. SUBBASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto Internacional de Cuzco. - Aeropuerto Internacional de Piura. Articulo 2º.- Las aeronaves autorizadas a PERUVIAN AIR LINE S.A., deben estar provistas del correspondiente Certificado de Matricula vigente, expedido ­de ser el casopor el Registro Publico de Aeronaves de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; de su Certificado de Aeronavegabilidad vigente, expedido o convalidado por la Direccion General de Aeronautica Civil; y, de la Poliza o Certificado de Seguros, que cubra los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3º.- En relacion al Peru, la publicidad y la venta de servicios de transporte aereo que realice PERUVIAN AIR LINE S.A. se efectuara de conformidad a lo establecido en el articulo 197º del Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil. El incumplimiento de este articulo sera evaluado en la forma que establece el Articulo 197º del Reglamento de la Ley. Articulo 4º.- PERUVIAN AIR LINE S.A., debera presentar los datos estadisticos e informes que correspondan a su actividad aerea, de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 5º.- PERUVIAN AIR LINE S.A., esta obligada a establecer un Sistema de Radiocomunicacion entre los

1. MORDAZA, de conformidad al "Memorandum de Entendimiento entre las Autoridades Aeronauticas Civiles de la Republica del Peru y la Republica de Chile" del 07 de MORDAZA de 2011, ratificada mediante Resolucion Ministerial Nº 412-2011-MTC/02, se concede: CON DERECHOS DE TRAFICO DE TERCERA Y CUARTA MORDAZA DEL AIRE: - MORDAZA ­ IQUIQUE Y VV., cuatro (04) frecuencias semanales. 2. ECUADOR, de conformidad con las Decision 582 de la Comision de la Comunidad MORDAZA de Naciones, se concede: CON DERECHOS DE TRAFICO DE TERCERA Y CUARTA MORDAZA DEL AIRE: - MORDAZA Y/O MORDAZA ­ GUAYAQUIL Y VV., cuatro (04) frecuencias semanales.

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