Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2012 (01/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, sabado 1 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

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Unidos Mexicanos, para que realicen la certificacion de Buenas Practicas de Manufactura (BPM) y Buenas Practicas de Laboratorio (BPL) del Laboratorio PFIZER S.A. DE C.V., cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente a la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados del Pliego 011 - Ministerio de Salud y que corresponde a la contrapartida del deposito efectuado por la Empresa PFIZER S.A., precisando que los pasajes aereos seran en tarifa economica; Que, la inspeccion para la certificacion de Buenas Practicas de Manufactura (BPM) y Buenas Practicas de Laboratorio (BPL), se realizara del 3 al 7 de diciembre de 2012, sin embargo dado que el Laboratorio PFIZER S.A. DE C.V., se encuentra ubicado en MORDAZA del Norte, la Oficina General de Administracion del Ministerio de Salud, ha otorgado disponibilidad presupuestal para la adquisicion de pasajes en tarifa economica, viaticos para 5 dias y 1 dia para gastos de instalacion para tres personas; Que, con Informe Nº 218-2012-ECN-ODRH-OGGRH/ MINSA, la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, emite opinion favorable respecto de la autorizacion del viaje de las Quimicos Farmaceuticos MORDAZA Melida MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Otarola, profesionales de la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas - DIGEMID, para que realicen la certificacion de Buenas Practicas de Manufactura (BPM) y Buenas Practicas de Laboratorio (BPL) del Laboratorio PFIZER S.A. DE C.V.; Que, en tal sentido considerando que la Empresa PFIZER S.A., ha cumplido con presentar los documentos referidos al pago por la certificacion de Buenas Practicas de Manufactura (BPM) y Buenas Practicas de Laboratorio (BPL), a la que hace referencia la Ley N° 29459 ­ Ley de los Productos Farmaceuticos, Dispositivos Medicos y Productos Sanitarios, es necesario autorizar el viaje de las profesionales que estaran a cargo de realizar la inspeccion al Laboratorio PFIZER S.A. DE C.V., ubicado en la MORDAZA de Toluca, Estados Unidos Mexicanos; y, De conformidad con lo dispuesto en el articulo 10° de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2012; en la Ley Nº 27619, Ley que regula los viajes al exterior de los servidores y funcionarios publicos y su modificatoria, y en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de las Quimicos Farmaceuticos MORDAZA Melida MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA OTAROLA, profesionales de la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, a la MORDAZA de Toluca, Estados Unidos Mexicanos, del 2 al 8 de diciembre de 2012, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema seran cubiertos con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados del Pliego 011 del Ministerio de Salud, conforme al siguiente detalle: - Pasajes tarifa economica (incluido TUUA c/u $ 1,247.99 para 3 personas) : $ 3,743.97 - Viaticos x 6 dias (c/u $ 1,320.00 para 3 personas) : Total : $. 3,960.00 -----------$. 7,703.97

Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneraciones o liberalizacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud 873502-5

Aprueban la NTS N° 100-MINSA/DGSP V.01 "Norma Tecnica de Salud para la Atencion Integral de Salud en la Etapa de MORDAZA Joven"
RESOLUCION MINISTERIAL N° 944-2012/MINSA MORDAZA, 28 de noviembre del 2012 Visto el expediente Nº 11-109900-001, que contiene el Informe Tecnico Nº 04-2012-DGSP-DAIS-EVAJ/MINSA de la Direccion General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, senala que la proteccion de la salud es de interes publico y por tanto es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el articulo I del Titulo Preliminar de la Ley Nº 29344, Ley de Aseguramiento Universal en Salud, senala que su objeto es establecer el MORDAZA normativo del aseguramiento universal en salud, a fin de garantizar el derecho pleno y progresivo de toda persona a seguridad social en salud, asi como normar el acceso y las funciones de regulacion, financiamiento, prestacion y supervision del aseguramiento; Que el literal b) articulo 41º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA y modificado por Decreto Supremo Nº 007-2006-SA, establece que la Direccion General de Salud de las Personas tiene a su cargo establecer las normas, supervision y evaluacion de la atencion de salud de las personas en las diferentes etapas de vida; Que, el Documento Tecnico "La Salud Integral: Compromiso de Todos-El Modelo de Atencion Integral de Salud", aprobado por Resolucion Ministerial Nº 729-2003/ MINSA-SA/DM y modificado por Resolucion Ministerial Nº 538-2009/MINSA del 14 de agosto del 2009, modifico la clasificacion de los grupos objetivos para los Programas de Atencion Integral, incluyendo el Programa de Atencion Integral de Salud de la y el Joven; Que mediante el documento del visto, la Direccion General de las Personas remite para su aprobacion el Documento Tecnico "Norma Tecnica de Atencion Integral en Salud para la Etapa de MORDAZA Joven"; cuyo objetivo es establecer las normas tecnicas y administrativas para la atencion integral a la poblacion joven de 18 anos hasta los 29 anos, 11 meses y 29 dias, en el MORDAZA del Modelo de Atencion Integral de Salud; Estando a lo propuesto por la Direccion General de Salud de las Personas; Con el visado de la Directora General de la Direccion General de Salud de las Personas y de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud;

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario posterior a su retorno los profesionales citados en el articulo 1º de la presente Resolucion Suprema deberan presentar un informe detallado dando cuenta de las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en las actividades a la que acudiran y la rendicion de cuentas debidamente documentada.

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