Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2012 (08/12/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, sabado 8 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

480323

Nº 097-2009-CONAFU, Reglamento de Adecuacion de Universidades al Decreto Legislativo Nº 882. Articulo Segundo.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolucion para los actos administrativos correspondientes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 875116-1

Designan miembros de la Comision Organizadora de la Universidad Nacional de MORDAZA
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCION Nº 591-2012-CONAFU MORDAZA, 16 de noviembre de 2012 "UNIVERSIDAD NACIONAL DE MOQUEGUA" VISTOS: Ley Nº 26439, Ley Nº 28520, Resolucion Nº 100-2005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, Resolucion Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006, Resolucion Nº 387-2009-CONAFU de fecha 12 de agosto de 2009, las tres cartas de renuncia presentadas el 16 de noviembre de 2012, el Acuerdo 730-2012-CONAFU de fecha 16 de noviembre de 2012, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como ente rector del funcionamiento de las universidades del MORDAZA bajo su competencia; Que, en el articulo 3º del Estatuto, Resolucion Nº 1892006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006, se establece que: "Son atribuciones del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades:... f) Reconocer a las comisiones organizadoras de las Universidades Publicas y Privadas..."; asimismo, en concordancia con el articulo 10º del mismo cuerpo normativo, que establece: "Son atribuciones del Pleno del CONAFU: (...) p) Pronunciarse sobre la vacancia de los miembros de las Comisiones Organizadoras por las causales especificadas en el Reglamento de la materia..."(El subrayado es nuestro); Que, en el articulo 18º del Reglamento de Funcionamiento, Evaluacion y Certificacion Institucional de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU (En adelante el Reglamento), aprobado por Resolucion Nº 100-2005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, establece que: "Para organizar la Universidad y dar inicio a sus actividades, la Promotora propone ante el CONAFU a los integrantes de la Comision Organizadora, conformada por tres miembros: a) Un Presidente, que asume la direccion de la Comision con las funciones y responsabilidades que corresponden al Rector de la Universidad; ejerce las funciones de Representante Legal..."; Que, en el articulo 20º del Reglamento, establece que: "Para el reconocimiento por el CONAFU, los miembros propuestos para una Comision Organizadora deben cumplir los requisitos establecidos en los articulos 34º, 35º y 36º de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, la Ley Nº 26302 del 14 de MORDAZA de 1994 que sustituye los articulos 35º y 36º de la Ley Universitaria..."; Que, en el articulo 21º del Reglamento, establece que: "El cargo de miembro de Comision Organizadora exige dedicacion exclusiva y es incompatible con el desempeno de cualquier otra funcion o actividad publica o privada"; Que, la Universidad Nacional de MORDAZA es creada por Ley Nº 28520 de fecha 23 de MORDAZA de 2005, mientras que por Resolucion Nº 336-2007-CONAFU de fecha 12

de diciembre de 2007, el CONAFU expidio la resolucion de autorizacion de funcionamiento provisional, por lo que dicho centro de estudios se encuentra bajo la competencia de este colegiado. Que, en virtud al articulo 10º, inc. o) del Estatuto del CONAFU, aprobado mediante Resolucion Nº 189-2006CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006, son atribuciones del Pleno del CONAFU "... designar a las comisiones organizadoras de las universidades publicas"; Que, el articulo 5º del Reglamento aprobado mediante Resolucion Nº 387-2009-CONAFU, establece: "... Tratandose de una Universidad Publica la Promotora sera la entidad designada expresamente en su Ley de Creacion, en ausencia de esta designacion, las atribuciones y funciones de la Promotora de la Universidad, las ejerce el Ministerio de Educacion hasta la autorizacion de funcionamiento provisional"; Que, mediante documentos presentados con fecha 16 de noviembre de 2012, los integrantes de la Comision Organizadora de la Universidad Nacional de MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente Comision Organizadora, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vicepresidente Academico, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vicepresidente Administrativo, presentaron ante este Consejo Nacional su renuncia irrevocable a los cargos que venian ejerciendo en la citada MORDAZA de estudios. Que, el articulo 22 inciso a) de la Resolucion Nº 1002005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, establece la renuncia como causal de vacancia del cargo de miembro de Comision Organizadora; Que, en sesion extraordinaria de fecha 14 de noviembre y continuada el 16 de noviembre de 2012, luego de deliberar el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 730-2012-CONAFU convino por UNANIMIDAD: a) Aceptar la renuncia de los integrantes de la Comision Organizadora de la Universidad Nacional de Moquegua: Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente; Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vicepresidente Academico; Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vicepresidente Administrativo, con efectividad hasta la entrega total del cargo a los nuevos miembros de la Comision Organizadora de la Universidad Nacional de MORDAZA que este Consejo Nacional designe; b) Agradecer al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vicepresidente Academico, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por los servicios prestados; c) Declarar la vacancia de los cargos de Presidente de Comision Organizadora, Vicepresidente Academico y Vicepresidente Administrativo de la Universidad Nacional de Moquegua; d) Designar a los miembros de la Comision Organizadora de la Universidad Nacional de MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle: Dr. MORDAZA MORDAZA Manzanares MORDAZA, Presidente; Dra. MORDAZA Maritza MORDAZA MORDAZA, Vicepresidente Academica; Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vicepresidente Administrativo; En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al articulo 18º del Estatuto del CONAFU, que establece: "El Presidente del CONAFU tiene las siguientes atribuciones generales:...d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones" y de conformidad a lo dispuesto en el articulo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ACEPTAR la renuncia de los integrantes de la Comision Organizadora de la Universidad Nacional de Moquegua: Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente; Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vicepresidente Academico; Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vicepresidente Administrativo, con efectividad a la notificacion de la presente resolucion. Articulo Segundo.- AGRADECER al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por los servicios prestados. Articulo Tercero.- DECLARAR la vacancia por renuncia de los cargos de Presidente de Comision Organizadora, Vicepresidente Academico y Vicepresidente Administrativo de la Universidad Nacional de Moquegua. Articulo Cuarto.- DESIGNAR a los miembros de la Comision Organizadora de la Universidad Nacional de MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle: Dr. MORDAZA MORDAZA Manzanares MORDAZA, Presidente; Dra. MORDAZA Maritza MORDAZA MORDAZA, Vicepresidente

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.