Norma Legal Oficial del día 13 de diciembre del año 2012 (13/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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Capitulo II

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 13 de diciembre de 2012

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA.- Reglas de supletoriedad SEGUNDA.-Registro de actos administrativos TERCERA.Autoridades del Procedimiento Administrativo Sancionador REGLAMENTO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR DEL ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1°.- Del objeto El presente Reglamento regula el procedimiento administrativo sancionador conducente a investigar y determinar la existencia de infracciones administrativas en el ambito de competencia de la fiscalizacion ambiental a cargo del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental ­ OEFA, asi como la aplicacion de sanciones y la adopcion de medidas cautelares y correctivas. Articulo 2°.- Del ambito de aplicacion Las disposiciones del presente Reglamento son aplicables a toda persona natural o juridica, patrimonio MORDAZA, sociedad irregular, forma asociativa de empresa u otro MORDAZA de sujeto de derecho que desarrolla actividades economicas sujetas al ambito de fiscalizacion ambiental de competencia del OEFA, por el incumplimiento de: (i) Obligaciones contenidas en la normativa ambiental; (ii) Compromisos asumidos en los instrumentos de gestion ambiental; (iii) Medidas cautelares o correctivas, o disposiciones o mandatos emitidos por los organos competentes del OEFA; u, (iv) Otras obligaciones ambientales fiscalizables a cargo del OEFA por normativa posterior o en funcion de los procesos de transferencia de competencias al OEFA. Articulo 3°.- De los principios 3.1 El procedimiento administrativo sancionador regulado en la presente MORDAZA se rige, entre otros, por los principios de legalidad, tipicidad, debido procedimiento, razonabilidad, internalizacion de costos, proporcionalidad, responsabilidad ambiental, presuncion de licitud, causalidad, irretroactividad, concurso de infracciones, continuacion de infracciones, gradualidad, non bis in idem y prohibicion de reforma en peor. 3.2 Cuando la Autoridad Decisora tenga dudas sobre la existencia de infraccion administrativa, decidira por declarar la inexistencia de infraccion administrativa en el caso concreto. Articulo 4°.- Responsabilidad administrativa del infractor 4.1 La responsabilidad administrativa del infractor es independiente de la responsabilidad civil o penal que pudiera originarse por las acciones u omisiones que a su vez configuran la infraccion administrativa. 4.2 El MORDAZA de responsabilidad administrativa aplicable al procedimiento administrativo sancionador regulado en el presente Reglamento es objetiva, de conformidad con lo establecido en el Articulo 18° de la Ley N° 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental. 4.3 En aplicacion de la responsabilidad objetiva, una vez verificado el hecho constitutivo de la infraccion administrativa, el administrado investigado podra eximirse de responsabilidad solo si logra acreditar de manera fehaciente la ruptura de nexo causal, ya sea por caso fortuito, fuerza mayor o hecho determinante de tercero. 4.4 Cuando el incumplimiento corresponda a varios sujetos conjuntamente, responderan de forma solidaria por las infracciones cometidas. Articulo 5°.- No sustraccion de la materia sancionable El cese de la conducta que constituye infraccion administrativa no sustrae la materia sancionable. La reversion o remediacion de los efectos de dicha conducta

Acciones previas al inicio del Procedimiento Administrativo Sancionador Articulo 7°.- Del Informe Tecnico Acusatorio Articulo 8°.- Contenido del Informe Tecnico Acusatorio Articulo 9°.- De la imputacion de cargos Articulo 10°.- Solicitud de medida cautelar MORDAZA del inicio del procedimiento administrativo sancionador Capitulo III Desarrollo del Procedimiento Administrativo Sancionador Articulo 11°.- Inicio y plazo del procedimiento administrativo sancionador Articulo 12°.- Contenido de la resolucion de imputacion de cargos Articulo 13°.- MORDAZA de descargos Articulo 14°.- Variacion de la imputacion de cargos Articulo 15°.- Actuacion de pruebas Articulo 16°.- Documentos publicos Articulo 17°.- La audiencia de informe oral Articulo 18°.- Conclusion de la etapa de instruccion Articulo 19°.- De la resolucion final Capitulo IV Las Medidas Cautelares Articulo 20°.- De las medidas cautelares Articulo 21°.Medida cautelar MORDAZA del procedimiento Articulo 22°.- Acciones complementarias a la aplicacion de las medidas cautelares Articulo 23°.- Procedimiento para la aplicacion de medidas cautelares Capitulo V Los Recursos Administrativos Articulo 24°.- Impugnacion de actos administrativos Articulo 25°.- Elevacion del recurso de apelacion Articulo 26°.- Consentimiento de la resolucion final Capitulo VI El Procedimiento Recursivo de Apelacion Articulo 27°.- Plazo para resolver el recurso de apelacion Articulo 28°.- De la notificacion de la apelacion Articulo 29°.- De la actuacion de medios probatorios Articulo 30°.- Del uso de la palabra Articulo 31°.- Resolucion del Tribunal de Fiscalizacion Ambiental TITULO III SANCIONES ADMINISTRATIVAS Articulo 32°.- Tipos de sanciones Articulo 33°.- Criterios para graduar la sancion Articulo 34°.- Circunstancias agravantes especiales Articulo 35°.- Circunstancias atenuantes especiales Articulo 36°.- Incumplimiento de obligaciones contenidas en la normativa ambiental o en instrumentos de gestion ambiental Articulo 37°.- Descuento de la multa impuesta TITULO IV MEDIDAS CORRECTIVAS Articulo 38°.- Medidas correctivas Articulo 39°.Acciones complementarias y procedimiento para la aplicacion de medidas correctivas TITULO V MULTAS COERCITIVAS Articulo 40°.- De las multas coercitivas Articulo 41°.- Imposicion de multas coercitivas

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